Excedencia voluntaria. El trabajador/a con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: www.ccoo-servicios.es, www.ccoo-servicios.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Excedencia por cuidado de hijo y cuidado de un familiar.
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Samples: www.ugtcatalunya.cat, www.ugtcatalunya.cat
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador o trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador o trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. El personal excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De, Convenio Colectivo Estatal De
Excedencia voluntaria. El trabajador/a La persona trabajadora con al menos una un año de antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a la misma persona trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Durante los primeros seis meses tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
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Excedencia voluntaria. 1. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo Para Las Industrias Siderometalúrgicas De La Provincia De Ávila
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.. EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR:
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Samples: www.fespugtaragon.es
Excedencia voluntaria. El El/La trabajador/a con al menos una antigüedad en la empresa el Organis- mo de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido transcurri- do cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: ugtspcordoba.org
Excedencia voluntaria. El trabajador/a con al menos una un año de antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a la misma persona si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: www.ccoo-servicios.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a personal con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador o trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. El personal excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador o trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa entidad de un año tiene derecho dere- cho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador o trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. El personal excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la entidad.
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Samples: Convenio Colectivo Preámbulo
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Excedencia maternal, paternal y para el cuidado de un familiar.
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Samples: www.convenioscolectivos.net
Excedencia voluntaria. El trabajador/a La persona trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa mínima de un año tiene en la empresa, tendrá derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no 4 meses, ni mayor a cinco años. Este derecho sólo La persona trabajadora que haya disfrutado de esta excedencia no podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a si han transcurrido solicitarla de nuevo hasta transcurridos cuatro años desde el final de la anterior excedenciasu incorporación al trabajo, agotada aquélla.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De La Industria Metalgráfica Y De Fabricación De Envases Metálicos
Excedencia voluntaria. El trabajador/a 1. La persona trabajadora, con al menos una antigüedad en la empresa de un año año, tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo la persona trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedenciaexcedencia voluntaria.
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Samples: www.convenioscolectivos.net
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a de cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por , todo ello de conformidad a lo prevenido en el mismo/a trabajador/a si han transcurrido cuatro años desde el final artículo 46 del Estatuto de la anterior excedencialos Trabajadores.
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Samples: optometristas.org
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador o la trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro 4 meses y no mayor a cinco 5 años. Este derecho sólo solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro 4 años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo Del Sector De Campings Y Ciudades De Vacaciones De Barcelona
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro tres años desde el final de la anterior excedencia. No contará a efectos de antigüedad y habrá de solicitarse con un mes de antelación. No podrá ser solicitada al mismo tiempo por más del 3 % de los trabajadores de la plantilla.
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Samples: doe.juntaex.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a 1. La persona trabajadora, con al menos una antigüedad en la empresa de un año año, tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a de cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a la misma persona si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Tejas, Ladrillos Y Piezas Especiales
Excedencia voluntaria. 1. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses dos años y no mayor a cinco añoscinco. Este derecho dere- cho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo Para Las Industrias Siderometalúrgicas De La Provincia De Ávila
Excedencia voluntaria. 1.- El trabajador/a trabajador o trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador o trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo De Centros Y Servicios Veterinarios De La Provincia De Alicante
Excedencia voluntaria. El trabajador/a la persona trabajadora con al menos una un año de antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a la misma persona trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Durante los primeros seis meses tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
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Samples: www.fundacio.urv.cat
Excedencia voluntaria. El trabajador/a personal, con al menos una antigüedad en la empresa de un año año, tiene derecho a que se le reconozca re- conozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a de cuatro meses y no mayor a de cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez ejercido por el mismo/a trabajador/a la misma persona si han transcurrido cuatro trans- currido tres años desde el final de la anterior excedencia. El trabajador/trabajadora deberá solicitar su reincorporación en un plazo de 30 días de antelación quedando esta supeditada a la existencia de vacantes en la empresa.
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Samples: www.dipsegovia.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a La persona trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a persona trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: www.ccoo-servicios.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a con al menos una un año de antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia, debiendo solicitarlo con al menos un mes antes de la finalización de su excedencia.
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Samples: www.fetico.es
Excedencia voluntaria. El trabajador/a trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le les reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no ni mayor a cinco años. Este derecho sólo solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo De Aplicacion Al Personal Laboral Del Ayuntamiento De Gallur 2018 2020
Excedencia voluntaria. El trabajador/a La persona trabajadora con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. El trabajador/a excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal
Excedencia voluntaria. El trabajador/a con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo/a trabajador/a si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Hostelería Y Actividades Turísticas De La