Facultad disciplinaria Cláusulas de Ejemplo

Facultad disciplinaria. Los trabajadores podrán ser sancionados por la Dirección de la Empresa, de acuerdo con la graduación xx xxxxxx y sanciones que se establecen en los artículos siguientes:
Facultad disciplinaria. 1. La facultad disciplinaria del personal incluido en este Convenio Colectivo corresponde en exclusiva a cada una de las entidades y/o sociedades que integran el Grupo Aena, que la ejercerá de acuerdo con lo establecido en este Capítulo. 2. La merma de la capacidad operativa del trabajador, sobrevenida por causas ajenas a su voluntad, no será en ningún caso motivo de medidas disciplinarias.
Facultad disciplinaria. La facultad disciplinaria corresponde en exclusiva a AENA, que la ejercerá de acuerdo con lo establecido en este Capítulo.
Facultad disciplinaria. Es facultad de la empresa el ejercicio del poder disciplinario conforme al régimen xx xxxxxx y sanciones establecido en este capítulo. La facultad disciplinaria se podrá ejercer respecto de la totalidad del personal incluido en el ámbito de aplicación de este convenio.
Facultad disciplinaria. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de la empresa, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación xx xxxxxx y sanciones establecidas en el presente capítulo.
Facultad disciplinaria cve: BOE-A-2023-534e Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Los trabajadores podrán ser sancionados por la Dirección de la Empresa en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación xx xxxxxx y sanciones establecidas en el presente capítulo.
Facultad disciplinaria. Es facultad de la empresa ejercer la potestad disciplinaria respecto del personal afectado por el ámbito de este convenio, de acuerdo con el régimen jurídico previsto en el mismo y, en su defecto, en el ET.
Facultad disciplinaria. Los trabajadores podrán ser sancionados por la Dirección de la Cooperativa de acuerdo con la graduación de las faltas y sanciones que se establecen en los artículos siguientes.
Facultad disciplinaria. Es facultad de la empresa ejercer la potestad disciplinaria respecto del personal afectado por el ámbito de este convenio, de acuerdo con el régimen jurídico previsto en el mismo y, en su defecto, en el Estatuto de los Trabajadores. En el régimen disciplinario regulado en el presente Título se deberá tener también en cuenta y resulta de obligado cumplimiento lo dispuesto en el “Protocolo contra el Acoso” que se recoge en Anexo a este convenio.
Facultad disciplinaria. –Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de la empresa en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación xx xxxxxx y sanciones establecidas en el presente capítulo.