Fecha de Vencimiento Cláusulas de Ejemplo

Fecha de Vencimiento. Su Cuenta vencerá después del término indicado en la página separada titulada "Suplemento de Divulgación de la Tasa de la Cuenta".
Fecha de Vencimiento. Se considerará, sin que deba mediar requerimiento, que el Comprador ha in- currido en xxxx si no efectúa el pago a su vencimiento, a menos que demuestre sin demora que no es respon- sable del retraso en el pago.
Fecha de Vencimiento. Toda reclamación legal presentada contra el asegurador vencerá 5 años después de la fecha en que venció la póliza del asegurado.
Fecha de Vencimiento. Su Cuenta vencerá el 1 xx xxxx de cada año, momento en el que Su saldo será transferido de acuerdo con las instrucciones que Nos proporcione.
Fecha de Vencimiento. Su Cuenta vencerá el 1 de noviembre de cada año, momento en el que Su saldo será transferido de acuerdo con las instrucciones que Nos proporcione.
Fecha de Vencimiento. 00 xx xxxxx xx 2025 (la “Fecha de Vencimiento”).
Fecha de Vencimiento. Será la primera fecha en la que se produzca cualquiera de las circunstancias enumeradas de (i) a (iv) para la extinción del Fondo conforme a lo establecido en el apartado 4.4.4 del Documento de Registro. Si en una Fecha de Pago el Fondo (Parte A) no dispusiera de liquidez suficiente para efectuar el pago de la totalidad de la cantidad neta que, en su caso, le correspondiera satisfacer a la Parte B, la parte de esta cantidad no satisfecha será liquidada en la siguiente Fecha de Pago siempre que el Fondo disponga de liquidez suficiente de acuerdo con el Orden de Prelación de Pagos. Si esta situación de impago se produjera en dos Fechas de Pago consecutivas, la Parte B podrá optar por resolver el Contrato de Permuta Financiera (Fijo/Variable). En caso de resolución, el Fondo (Parte A) asumirá la obligación del pago de la cantidad liquidativa prevista en los términos del Contrato de Permuta Financiera (Fijo/Variable), y todo ello de conformidad con el Orden de Prelación de Pagos, salvo que el pago de la cantidad liquidativa correspondiera a la Parte B, en cuyo caso la parte B asumirá la obligación de Pago. Si en una Fecha de Pago la Parte B no efectuara el pago de la totalidad de la cantidad que le correspondiera satisfacer a la Parte A, la Sociedad Gestora, en nombre del Fondo, podrá optar por resolver el Contrato de Permuta Financiera (Fijo/Variable). En caso de resolución, la Parte B asumirá la obligación del pago de la cantidad liquidativa prevista en los términos del Contrato de Permuta Financiera (Fijo/Variable), salvo que el pago de la cantidad liquidativa correspondiera a la Parte A, que lo atenderá con sujeción al Orden de Prelación de Pagos. Sin perjuicio de lo anterior, salvo en una situación permanente de alteración del equilibrio financiero del Fondo, la Sociedad Gestora, en representación y por cuenta del Fondo, tratará de contratar un nuevo contrato de Permuta Financiera (Fijo/Variable).
Fecha de Vencimiento. La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables será a los 7 (siete) años contados desde la Fecha de Emisión conforme se indique en el Aviso de Resultados.
Fecha de Vencimiento. La fecha en que debe ser pagada la prima del seguro por el período correspondiente. Al momento del vencimiento finalizan todos los beneficios de acuerdo con las condiciones detalladas en este documento.