Common use of Formalidades y entrega Clause in Contracts

Formalidades y entrega. El contrato, sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizados por escrito en idioma español y lo acreditará la póliza respectiva. El asegurador está obligado a entregar a la persona asegurada la póliza o sus adiciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la aceptación del riesgo o la modificación de la póliza. Cuando el asegurador acepte un riesgo que revista una especial complejidad podrá entregar la póliza en un plazo mayor, previamente convenido con la persona asegurada, siempre y cuando entregue un documento provisional de cobertura dentro de los diez días hábiles indicados. Si el asegurador no entrega la póliza a la persona asegurada será prueba suficiente, para demostrar la existencia del contrato, el recibo de pago de la prima o el documento provisional de cobertura. De igual manera, se tendrán como condiciones generales acordadas las contenidas en los modelos de póliza registrados por el asegurador en la Superintendencia para el mismo ramo, cobertura y modalidad del contrato, según la prima que se haya pagado. Si hubiera varias pólizas de ese asegurador a las que esa prima sea aplicable se entenderá que el contrato corresponde a la que sea más favorable para la persona asegurada. El asegurador tendrá la obligación de expedir, a solicitud y por cuenta de la persona asegurada, en forma inmediata el duplicado de la póliza, así como las declaraciones hechas en la propuesta o solicitud de seguro.

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Samples: Contrato De Seguros, www.medicos.cr, Contrato De Seguros

Formalidades y entrega. El contrato, sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizados por escrito en idioma español y lo acreditará la póliza respectiva. El asegurador está obligado a entregar a la persona asegurada la póliza o sus adiciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la aceptación del riesgo o la modificación de la póliza. Cuando el asegurador acepte un riesgo que revista una especial complejidad podrá entregar la póliza en un plazo mayor, previamente convenido con la persona asegurada, siempre y cuando entregue un documento provisional de cobertura dentro de los diez días hábiles indicados. Si el asegurador no entrega la póliza a la persona asegurada será prueba suficiente, para demostrar la existencia del contrato, el recibo de pago de la prima o el documento provisional de cobertura. De igual manera, se tendrán como condiciones generales acordadas las contenidas en los modelos de póliza registrados por el asegurador en la Superintendencia para Superintendenciapara el mismo ramo, cobertura y modalidad del contrato, según la prima que se haya pagado. Si hubiera varias pólizas de ese asegurador a las que esa prima sea aplicable se entenderá que el contrato corresponde a la que sea más favorable para la persona asegurada. El asegurador tendrá la obligación de expedir, a solicitud y por cuenta de la persona asegurada, en forma inmediata el duplicado de la póliza, así como las declaraciones hechas en la propuesta o solicitud de seguro.

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Samples: www.grupoins.com

Formalidades y entrega. El contrato, sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizados por escrito en idioma español y lo acreditará la póliza respectiva. El asegurador está obligado a entregar a la persona asegurada al asegurado la póliza o sus adiciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la aceptación del riesgo o la modificación de la póliza. Cuando el asegurador acepte un riesgo que revista una especial complejidad podrá entregar la póliza en un plazo mayor, previamente convenido con la persona aseguradael asegurado, siempre y cuando entregue un documento provisional de cobertura dentro de los diez días hábiles indicados. Si el asegurador no entrega entregare la póliza a la persona asegurada al asegurado será prueba suficiente, para demostrar la existencia del contrato, el recibo de pago de la prima o el documento provisional de cobertura. De igual manera, se tendrán como condiciones generales acordadas las aquellas contenidas en los modelos de póliza registrados por el asegurador en la Superintendencia para el mismo ramo, cobertura y modalidad del contrato, según la prima que se haya pagado. Si hubiera hubiese varias pólizas de ese asegurador a las que esa prima sea aplicable se entenderá que el contrato corresponde a la que sea más favorable para la persona aseguradael asegurado. El asegurador tendrá la obligación de expedir, a solicitud y por cuenta de la persona aseguradadel asegurado, en forma inmediata el duplicado de la póliza, póliza así como las declaraciones hechas en la propuesta o solicitud de seguro. En caso de que la póliza sea a la orden o al portador el asegurado deberá rendir una garantía al asegurador según las regulaciones que para tal efecto emita la Superintendencia.

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Samples: media.lockelord.com