FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. Dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, la Municipalidad de Quepos comunicará al adjudicatario el día en que deberá presentarse a suscribir la formalización contractual, previo rendimiento satisfactorio de la garantía de cumplimiento y la cancelación del 0.25% del valor del contrato en timbres fiscales.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. El contrato entre PETROPERÚ y el postor ganador de la Buena Pro se formaliza con la suscripción del correspondiente documento contractual, o con la notificación de la Orden de Compra u Orden de Trabajo a Terceros conforme a las formalidades y plazos estipulados en las Bases. Cuando el postor ganador de la Buena Pro no presente la documentación requerida para la formalización contractual, no se presente a suscribir el contrato dentro del plazo otorgado o rechace la notificación de la Orden de Compra u Orden de Trabajo a Terceros, perderá automáticamente la Buena Pro. En tal caso, XXXXXXXXX podrá citar al postor que ocupó el siguiente lugar en el orden de prelación correspondiente, y de resultar necesario, a los demás postores que se encuentren habilitados, solicitándoles la mejora de su oferta económica de acuerdo con lo indicado en el artículo 56 del Reglamento, respetando los plazos y formalidades establecidos en las Bases. Si luego de llamar a todos los postores en el orden de prelación del proceso sin que se haya logrado formalizar el contrato, PETROPERÚ declarará desierto el proceso y actuará conforme a lo señalado en el artículo 58 del presente Reglamento. En caso de Consorcios, para la formalización del contrato, el consorcio adjudicatario deberá presentar el contrato de consorcio respectivo, formalizado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común. El postor con el que se suscriba el Contrato o documento respectivo deberá contar con inscripción vigente en la BDPC y deberá presentar la documentación que haya sido requerida en las Bases. Cuando se requiera la presentación de Carta Fianza como garantía de Fiel Cumplimiento, ésta deberá ser presentada de manera previa a la formalización del contrato; de manera excepcional PETROPERÚ podrá autorizar que la Carta Fianza correspondiente sea presentada luego de formalizado el contrato o documento respectivo, en este supuesto el plazo no podrá exceder de quince (15) días hábiles de dicha formalización. Este último plazo solo podrá ser ampliado previa justificación del Originador. En caso de no presentarse la respectiva Carta Fianza dentro del plazo fijado, el contrato no podrá formalizarse o será resuelto, según corresponda, registrando este incumplimiento en la BDPC. En las Adjudicaciones para Acuerdo Marco, no será necesaria la presentación de garantías por parte del(os) gana...
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. Artículo 49 - Registro
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. El Ejecutor solicitará al proveedor identificado la documentación necesaria para la formalización contractual en los plazos establecidos por PETROPERÚ. A excepción de la causal i), cuando se haya producido la afectación, el Originador deberá solicitar dicha documentación al proveedor identificado.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. 10.2.1. Reglas generales
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. (SI NO HAY RECURSOS) 31/05/2021 Previa coordinación Oficina de Asesoría Legal IPSA 17.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. 2. El Pedido solo tiene la consideración de oferta para llegar a un acuerdo con independencia de si el Pedido ha sido facilitado como respuesta a la oferta de un proveedor. Un contrato de compra de bienes o servicios (en adelante “El contrato”) solo se considerará como tal después de que sea recibida una confirmación del Pedido por escrito del proveedor o hayan sido entregados los bienes o servicios.
3. Si cualquiera de los términos contenidos en la confirmación escrita del Pedido del proveedor son adicionales o diferentes del Pedido en cuestión, esta confirmación escrita será considerada como una nueva oferta. En este caso, el contrato entrará en vigor solo después de la confirmación escrita del comprador.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. Asumirá(n) el pago de los derechos, tasas, honorarios y demás gastos que permitan la formalización del presente documento, de acuerdo a lo establecido en el Tarifario de Operaciones de Crédito Indirecto vigente a la fecha.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. En la Sede Central a cargo de la Gerencia Regional de Administración con la asistencia de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, Área Funcional de Personal, quienes verificarán la validez de la propuesta recibida, elaborarán el proyecto de resolución, tramitarán visación y suscripción correspondiente en un plazo que no supere los 03 días calendarios. Estará a cargo de los Directores y/o Gerentes y la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, quienes verificarán la validez de la propuesta recibida, elaborarán el proyecto de resolución, tramitarán la visación y suscripción correspondiente en un plazo que no supere los 03 días calendario. Estará a cargo de la Oficina de Recursos Humanos, consistirá en la verificación aleatoria de los expedientes de contratación para corroborar la veracidad de la información presentada por el personal contratado.
FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL. La Junta definirá si es necesaria la elaboración de un contrato en documento específico. En todo caso formarán parte integral y complementaria de la contratación: la Orden de Compra, el cartel de licitación, especificaciones técnicas, la oferta, el acto de adjudica- ción, aclaraciones al cartel y demás documentos relacionados con el presente concurso, según la jerarquía legal procedente, como instrumento idóneo en que se sustenta, para ejercer la fiscaliza- ción, ejecución contractual y pago respectivo, con base en lo que indica el penúltimo párrafo del artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.