Garantías Limitadas Cláusulas de Ejemplo

Garantías Limitadas. XXXXX garantiza que los Servicios prestados en virtud del presente contrato se llevarán a cabo de forma correcta y profesional, bajo las normas generales aceptadas en el sector, con el nivel de cuidado, destreza, conocimientos y juicio que se requiere o se espera razonablemente de las compañías o personas que prestan servicios comparables, y en estricta conformidad con el presente contrato. XXXXX garantiza, además, que cualquier equipo suministrado en virtud del presente contrato cumplirá con las descripciones, especificaciones y requisitos especificados en el mismo. Las garantías establecidas anteriormente no se aplicarán a las reclamaciones de garantía en la medida en que sean causadas por las Exclusiones de la Garantía o se deriven de ellas. A efectos de claridad y para evitar dudas, dichas garantías seguirán aplicándose a todas y cada una de las partes de los Servicios y Equipos que no se vean afectadas por las Exclusiones de Garantía. Si la Compañía descubre algún defecto de la garantía y lo notifica x XXXXX por escrito durante el periodo de garantía aplicable. XXXXX deberá, a su elección, corregir o volver a prestar cualquier Servicio o parte del mismo, y/o reparar o sustituir cualquier Equipo o parte del mismo, que no cumpla con las garantías establecidas anteriormente durante el periodo de garantía aplicable. La compañía informará x XXXXX por escrito, sin demora, de cualquier defecto de garantía descubierto en los Servicios que se haya producido durante el periodo de garantía, pero a más tardar cinco (5) días después de tener conocimiento de dicho defecto, tanto si es evidente como si está oculto. Con respecto a los Servicios, el periodo de garantía comenzará con la entrega del Reporte de Inspección Final para el Objeto de Inspección en cuestión y terminará doce (12) meses después. Debido a la naturaleza progresiva del crecimiento de la corrosión, en caso de corrosión la garantía se limitará a seis (6) meses.
Garantías Limitadas. (a) La siguiente Garantía Limitada se aplica a todos las Mercancías que no sean tuberías y conexiones de CPVC CTS FlowGuard Gold:
Garantías Limitadas. 7.1 El Banco empleará todos los recursos razonablemente posibles para asegurar que los Canales Electrónicos se desempeñarán conforme a la descripción de los mismos en este Contrato. Hasta donde lo permite la ley, esta es la única garantía que el Banco se compromete en cuanto al desempeño de los Canales Electrónicos y los Servicios. El Banco no tendrá responsabilidad alguna por la violación de alguno de los términos implícitos, incluyendo pero sin limitar, a aquellos referentes a una calidad satisfactoria, comerciabilidad o aptitud para algún propósito particular de los Canales Electrónicos o de los Servicios.
Garantías Limitadas. 7.1 Intergraph le garantiza durante un periodo de treinta (30) días desde la fecha de envío que los medios de entrega del PRODUCTO DE SOFTWARE estarán libres de defecto de materiales o mano de obra, siempre que el PRODUCTO DE SOFTWARE se utilice en condiciones normales, estrictamente conforme a los términos y condiciones de este CLUF. Usted se compromete a comunicar inmediatamente a Intergraph todos los usos, reparaciones o modificaciones no autorizados, o uso abusivo del PRODUCTO DE SOFTWARE, así como cualquier presunto defecto en los medios de entrega del PRODUCTO DE SOFTWARE.
Garantías Limitadas. En la máxima medida permitida por la ley aplicable, el SOFTWARE se proporciona “en el estado en que se encuentra” y “según la disponibilidad”, con todas las fallas y sin garantía de ningún tipo. No obstante lo dispuesto anteriormente en este término, la LICENCIANTE no garantiza que las funciones contenidas en el SOFTWARE satisfagan las necesidades del LICENCIATARIO, que la operación del SOFTWARE será ininterrumpida o libre de errores, que cualquier servicio permanezca disponible, que los defectos en el SOFTWARE sean corregidos o que el SOFTWARE sea compatible o funcione con cualquier SOFTWARE, aplicaciones o servicios de terceros. El SOFTWARE no deberá ser utilizado o no es adecuado para ser utilizado en situaciones o entornos en los cuales la falla o retrasos de los errores o inexactitudes de contenido, datos o información proporcionados por el SOFTWARE puedan llevar a la muerte, lesiones personales, o daños físicos o ambientales graves, incluyendo, mas no limitándose, al funcionamiento de instalaciones nucleares, sistemas de navegación o de comunicación aérea, control de tráfico aéreo, sistemas de soporte vital o de armas.
Garantías Limitadas. La determinación de que el Producto o Productos suministrados conforme al presente son apropiados para los usos y aplicaciones contemplados por el Comprador y terceros será responsabilidad exclusiva del Comprador, que se está apoyando en su propia experiencia y criterio para seleccionar el Producto o Productos y para la determinación de la eficacia y efectos del Producto o Productos en 6. LIMITED WARRANTIES. Determination of the suitability of the Product(s) supplied hereunder for the uses and applications contemplated by Xxxxx and others shall be the sole responsibility of Buyer, which is relying on its own skill and judgment in the selection of the Product(s) and for the determination of the efficacy and effect of the Product(s) in Buyer’s products, processes, usage and applications. All warranties by Seller pertaining productos, procesos, uso y aplicaciones del Comprador. Todas las garantías por parte del Vendedor pertenecientes al Producto o Productos se manifiestan en el presente inciso. to the Product(s) are expressed in this paragraph.
Garantías Limitadas. Los Dispositivos están cubiertos por la garantía del hardware, que encontrará actualmente en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxxxxx-xxxxxxxx (o cualquier otra ubicación que le suceda o esté relacionada con la misma, según lo determinemos), y modificaciones en cada momento. El Software está garantizado según lo señalado en el EULA. Los Servicios de Soporte se llevarán a cabo según lo señalado en el Plan de Servicios. En aras de la claridad, las garantías limitadas de los Dispositivos y Software no incluyen todos los Servicios de Soporte descritos en el Plan de Servicios. EXCEPTO POR LO DISPUESTO EN LA PRESENTE CLÁUSULA 10, AWS ELEMENTAL ENTREGA LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS “TAL CUAL” SIN MANIFESTACIÓN NI GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, EXPRESA, IMPLÍCITA, LEGAL O DE OTRO TIPO, RELATIVAS A LAS OFERTAS DE SERVICIOS O EL CONTENIDO DE TERCEROS, Y EXCLUYE CUALQUIER OTRA GARANTÍA, INCLUIDAS GARANTÍAS EXPRESAS O IMPLÍCITAS (A) DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD SATISFACTORIA, IDONEIDAD PARA UN FIN CONCRETO, AUSENCIA DE INCUMPLIMIENTO X XXXXXXXX DISFRUTE, (B) DERIVADA DE NEGOCIACIONES O USOS MERCANTILES, (C) EN EL SENTIDO DE QUE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS NO SE VERÁN INTERRUMPIDOS, ESTARÁN LIBRES DE ERROR O COMPONENTES DAÑINOS O (D) EN EL SENTIDO DE QUE SU CONTENIDO ESTARÁ SEGURO Y NO SUFRIRÁ PÉRDIDA O DAÑO.
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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.