Garantías sindicales. a) Xxxxxx trabajador miembro de una Sección Sindical podrá ser discriminado ni trasladado de su puesto de trabajo por causa de su afiliación o actividad sindical. b) Todo miembro de una Sección Sindical, tendrá derecho a ejercer libremente el cargo o la representación sindical para el que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamiento. c) Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo. d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales. e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados. f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón. g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo de 36 horas de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representación. h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical a los trabajadores que lo soliciten por escrito.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Garantías sindicales. a) 1. Xxxxxx trabajador miembro del Comité de una Sección Sindical Empresa o Delegado/a de Personal podrá ser discriminado despedido o sancionado durante el ejercicio de sus funciones, ni trasladado dentro del año siguiente a su cese, salvo que éste se produzca por revocación o dimisión, y siempre que, el despido o la sanción se basen en la actuación del trabajador en el ejercicio legal de su puesto representación. Si el despido o cualquier otra sanción por supuestas faltas graves o muy graves obedecieran a otras causas, deberá tramitarse expediente contradictorio, en el que serán oídos, aparte del interesado, el Comité de trabajo Empresa o restantes Delegados/as de Personal y el Delegado/a del Sindica- to al que pertenezca, en el supuesto de que se hallara reconoci- do como tal en la empresa. Poseerá prioridad de permanencia en la Empresa o centro de trabajo, respecto de los demás trabajadores en los supuestos de suspensión o extinción por causa causas tecnológicas, organizativas, de producción o económicas. No podrán ser discriminados en su promoción económica o profesional.
2. Expresar, colegiadamente si se trata del Comité con libertad sus opiniones en las materias concernientes a la esfera de su afiliación re- presentación, pudiendo publicar y distribuir, sin perturbar el nor- mal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés la- boral o actividad sindicalsocial, comunicándolo a la Empresa.
b) Todo miembro de una Sección Sindical, tendrá derecho a ejercer libremente el cargo o la representación sindical para el que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamiento.
c) Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos de carácter sindical3. Asimismo podrán fijarse todo tipo de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar A los/las cotizaciones de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral representantes de los trabajadores laborales dentro de las empre- sas afectadas por el presente Convenio se les reconocen las ga- rantías y derechos que la vigente legislación en esta materia les otorga. Cada miembro del Ayuntamiento Comité de Mazarrón.
g) Los trabajadores tendrán derecho Empresa o Delegado/a de Personal dispondrá de un crédito de horas mensuales retribuidas para desarrollar las funciones propias de su cargo Sindical, inclui- das convocatorias de las Centrales Sindicales, de acuerdo con la siguiente escala: - De 6 a 29 trabajadores: 25 horas. - De 30 a 49 trabajadores: 30 horas. - A partir de 50 trabajadores: 40 horas. Estas horas serán acumulables entre los Delegados de Perso- nal y miembros del Comité de Empresa. No se computarán den- tro del máximo legal de 36 horas de reuniones anuales horas, el exceso que sobre el mismo se produzca por trabajador dentro motivos de la jornada designación de trabajo, (Ley tales trabajadores co- mo componentes de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representacióncomisión negociadora del Convenio Colecti- vo.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical a los trabajadores que lo soliciten por escrito.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Comercio De Córdoba
Garantías sindicales. a) Como complemento a lo dispuesto a la Ley Orgánica 11/1985, de 23 xx xxxxxx, de libertad sindical y por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, se establecen en este convenio las garantías siguientes.
1.– Xxxxxx trabajador miembro de una Sección Sindical podrá ser discriminado ni trasladado de su puesto de trabajo discriminado, sancionado o despedido, por causa de su afiliación pertenecer a un sindicato o actividad sindicalparticipar en las actividades del mismo.
b) Todo miembro 2.– El trabajador que ejerza o sea llamado a desempeñar un cargo sindical en los órganos de una Sección SindicalGobierno, provinciales o nacionales de un sindicato, tendrá derecho a ejercer libremente excedencia forzosa, por el cargo o tiempo que dure su cargo. El reingreso será automático y ocupará una plaza de la representación sindical para el misma catego- ría que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamientoostentaba antes de su excedencia.
c) 3.– Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones empresas notificarán a los delegados de personal o comité de empresa, las sanciones graves o muy graves que puedan aplicarse a cualquier trabajador, previamente a la comunicación al interesado.
4.– Los delegados de personal o comité de empresa ejercerán las funciones establecidas por la legislación vigente. En cualquier caso, serán informados e informarán a su vez respecto a expe- dientes de regulación de empleo y avisos materias de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo clasificación profesional.
5.– Los delegados de personal o comité de empresa dispondrán de un tablón de anuncios para divulgar notas y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón.
g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo de 36 horas de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representación.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical comunicados a los trabajadores y trabajadoras de la empresa, siendo responsa- bles del uso correcto de este medio de comunicación.
6.– Los miembros del comité de empresa o delegados de personal dispondrán de 40 horas laborables al mes, para asistencia a congresos, asambleas, consejos, juntas u otras reuniones a las que lo soliciten fuera convocado por escritoel sindicato al que pertenece. Dado que en el sector existe una mayo- ría de personal cuya jornada no alcanza una jornada completa, a la hora de la utilización de las horas sindicales, se procurará en cada centro de trabajo el sistema u organización que sin impedir el uso del crédito horario, no afecte al desarrollo de la labor en el centro educativo, es decir, se pretende que por el uso del crédito horario no se quede el centro sin ningún tipo de personal.
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Samples: Convenio Colectivo
Garantías sindicales. a) Como complemento a lo dispuesto de la Ley Orgánica 11/1985 del 2 xx xxxxxx –de Libertad Sindical- y por el Real Decreto Legislativo 1/1995 del 24 xx xxxxx -Estatuto de losTrabajadores-, se establecen en este convenio las garantías siguientes:
1. Xxxxxx trabajador miembro de una Sección Sindical trabajador/a podrá ser discriminado discriminado, ni trasladado de su puesto de trabajo despedido o sancionado por causa de su afiliación pertenecer a un Sindicato o actividad sindicalparticipar en las actividades del mismo.
b) Todo miembro 2. El trabajador/a que ejerza o sea llamado a desempeñar un cargo sindical en los Órganos del Gobierno, Provinciales o Nacional, de una Sección Sindicalun Sindicato, tendrá derecho a ejercer libremente excedencia por el cargo o tiempo que dure su cargo. El reingreso será automático y ocupará una plaza de la representación sindical para el misma ca- tegoría que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamientoostentaba antes de su excedencia.
c) 3. Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos empresas notificarán a los Delegados de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo Personal o al Comité de anuncios y comunicaciones del mismo carácter Empresa y, en los tablones su caso, al Delegado Sindical, las sanciones graves o muy graves que puedan aplicarse a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajocualquier trabajador, previamente a la comunicación a éste.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar 4. Los Delegados de Personal o Comité de Empresa ejercerán las cotizaciones funciones establecidas por la legislación vigente. En cualquier caso, serán informados e informarán a su vez respecto a expedientes de sus afiliadosregulación de empleo y de clasificación profesional.
5. Los Delegados de Personal o el Comité de Empresa, así como cualquier otro tipo los Delegados Sindicales, dispondrán de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información un tablón de anuncios para divulgar notas y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón.
g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo de 36 horas de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representación.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical comunicados a los trabajadores y trabajadoras de la empresa, siendo responsables del uso correcto de este medio de comu- nicación.
6. Los miembros del Comité de Empresa o Delegados de Personal dispondrán de 30 horas laborales al mes para asistencia a congresos, asambleas, consejos, juntas u otras reuniones a las que lo soliciten fueran convocados por escritoel Sindicato al que pertenezcan, dicho crédito horario podrá acumularse y transferirse entre los delegados electos de una misma Central Sindical. Estas ausencias retribuidas, deberán justificarse ante la empresa mediante el oportuno certificado del Sindicato, en el que constará el día, hora, asunto y el tiempo de ausencia de la empresa. Dicha certificación habrá de presentarse a la empresa con una antelación mínima de 24 horas, siempre que ello sea posible.
7. Cuando los Delegados de Personal y miembros de Comité de Empresa pasen a depender en su jornada laboral de más de una empresa, por aplicación del artículo 36 de este convenio, seguirá ostentando su condición en todas ellas, si siguen trabajando en la empresa en la que originariamente hubiesen sido elegidos, la mitad o más de su jornada.
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Samples: Convenio Colectivo
Garantías sindicales. a) Xxxxxx trabajador miembro La Dirección, se compromete a garantizar el libre ejercicio de una Sección Sindical podrá ser discriminado ni trasladado los derechos sindicales que ejerce el Comité de Empresa, siempre que éstos no hayan sido o sean en el futuro modificados por la Ley. Por ello, la Dirección reconoce al Comité de Empresa, como órgano de representación colectiva y unitaria de toda la plantilla de la Empresa, que tiene como misión la negociación y representación de todas/os las/os trabajadoras/os ante la Dirección, y, en su caso, ante la Administración del Estado. Las garantías son las siguientes: - Se informará al Comité, sobre la contratación de las nuevas incorporaciones, antes de su puesto contratación. - La negociación colectiva. - Siempre que exista un cambio en las condiciones de trabajo que afecte al personal de Xxxxxxxx, se informará al Comité. - Se informará al Comité, de cualquier cambio existente en la titularidad de la Empresa. - Expediente de crisis. - Local del Comité - Comunicación de las medidas disciplinarias. - Seguridad e Higiene: las/os delegadas/os de Prevención y el Servicio Médico se reunirán quincenalmente para investigar los accidentes ocurridos en dicho período. - Información trimestral de la marcha general de la Empresa. - Derecho de reunión del Comité de Empresa. - Derecho de información, comunicación y publicación de la plantilla. - El Comité, recibirá información mensual de las horas extras y de los horarios realizados por causa la plantilla. El Comité establece unos horarios de su afiliación o actividad consulta para la plantilla: - martes de 12:00h. a 13:00h. - jueves de 15:30h. a 16:30h. En todas las demás garantías y funciones, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley orgánica de libertad sindical.
b) Todo miembro de una Sección Sindical, tendrá derecho a ejercer libremente el cargo o la representación sindical para el que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamiento.
c) Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón.
g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo de 36 horas de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representación.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical a los trabajadores que lo soliciten por escrito.
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Samples: Convenio Colectivo
Garantías sindicales. a) Xxxxxx trabajador miembro Las personas trabajadoras afectadas por el presente convenio gozarán de una Sección Sindical los derechos establecidos en el convenio número 135 de la O.I.T., de 23 xx xxxxx de 1971, ratificado por España en 8 de noviembre de 1972, y en el Estatuto de los Trabajadores, sobre protección y facilidades a RLPT de la empresa. A este efecto la expresión representantes de los/as trabajadores/as comprende las personas libremente elegidos, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, o cualquier otra disposición que pueda promulgarse sobre la materia. Verificable en xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxx CSV: BOPV-2023/00075 Los RLPT podrán convocar asambleas en locales de la empresa a las personas trabajadoras de la misma, y notificando la celebración a ésta con 48 horas de antelación. Si se celebraron dentro del horario de jornada laboral su tiempo será considerado como trabajado - cuando las convoquen los RLPT - y para todo el personal. La convocatoria será en la última hora de la jornada y como máximo dos veces al mes. Xxxxxxx persona trabajadora, como consecuencia de su actuación sindical podrá ser discriminado ni trasladado objeto de discriminación alguna en el seno de la empresa. El principio de respeto máximo a la condición de las personas trabajadoras exige la prohibición de cualquier medida empresarial discriminatoria, vejatoria o denigrante. El uso de las cuarenta horas laborales al mes a que los RLPT tienen derecho para llevar a cabo las actividades propias de su puesto de trabajo por causa de su afiliación o actividad sindical.
b) Todo miembro de una Sección Sindical, tendrá derecho a ejercer libremente el cargo o la representación sindical para el que sea elegidocargo, tanto fuera como dentro como fuera del Ayuntamiento.
c) de la empresa, deberá ser notificado a ésta con 24 horas de antelación y debidamente justificado en cada caso. Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones empresas permitirán la acumulación de las horas sindicales de los RLPT, a favor de uno por cada sección sindical con un límite máximo de 60 horas por persona y avisos de carácter sindicalmes. Asimismo podrán fijarse todo tipo de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones de sus afiliadosLos RLPT, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicales, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la utilizar el correo electrónico de su terminal, para el intercambio de información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón.
g) su sindicato. Los trabajadores documentos intercambiados por los/as Delegados/as con su sindicato serán confidenciales e inviolables. También tendrán derecho a la utilización de un máximo terminal para dirigirse a las personas trabajadoras en el ejercicio de 36 horas sus funciones de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representaciónrepresentación.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente la cuota sindical a los trabajadores que lo soliciten por escrito.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Garantías sindicales. a) Xxxxxx trabajador miembro a).- Los miembros del Comité de Empresa, tendrán derecho a 30 horas mensuales retribuidas por el Servicio para acción sindical y podrán ser acumuladas trimestralmente en cualquiera de sus miembros. Dichas licencias se solicitarán con una Sección Sindical podrá ser discriminado ni trasladado antelación de su puesto de trabajo por causa de su afiliación o actividad sindical48 horas, salvo urgencias justificadas.
b) Todo miembro b).- En cuanto a los derechos y deberes se estará a lo dispuesto en la legislación vigente (LOLS y
c).- SECCIONES SINDICALES.- Reconocimiento del Delegado Sindical y Sección sindical cuando se acredite poseer más de una Sección Sindicalun 10% de representación dentro del Servicio. La sección sindical reconocida en el ámbito del Servicio, tendrá derecho a ejercer libremente 30 horas mensuales retribuidas para actividades sindicales relacionadas con el cargo o la representación sindical para Servicio. El número máximo de miembros por Sección Sindical (incluido el que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamiento.
cdelegado) Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajo.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicales.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicalesdisfrute de las jornadas es de TRES, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación a la que fuesen convocados.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento cuales solamente uno por cada sindicato podrá coincidir, en el uso de Mazarrón.
g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo estas licencias, con el Comité de 36 horas Empresa. Dichas licencias se solicitarán con una antelación de reuniones anuales por trabajador dentro 48 horas, salvo urgencias justificadas. Se descontará de la jornada de trabajonómina, (Ley de Libertad Sindical previa autorización del afiliado y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicales. - 18 horas que podrán convocar los Órganos de Representación.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente Sección Sindical la cuota sindical correspondiente al Sindicato a los trabajadores que lo soliciten pertenezca. Se establecerá un modelo de comunicación al Servicio de las actividades desarrolladas durante las horas sindicales retribuidas por escritoel Servicio.
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Samples: Convenio Colectivo
Garantías sindicales. —Los delegados de personal y miembros del comité de empresa, dispondrán de las siguientes garantías:
a) Xxxxxx trabajador miembro Apertura de una Sección Sindical podrá ser discriminado ni trasladado expediente contradictorio en el supuesto de su puesto de trabajo sanciones por causa de su afiliación faltas gra- ves o actividad sindicalmuy graves.
b) Todo miembro Prioridad de una Sección Sindical, tendrá derecho a ejercer libremente el cargo permanencia en la empresa o la representación sindical para el que sea elegido, tanto dentro como fuera del Ayuntamientocentro de trabajo en los supuestos de ex- tinción o suspensión de contratos por causas tecnológicas o económicas.
c) Las Secciones Sindicales podrán difundir libremente publicaciones y avisos No ser despedido ni sancionado durante su mandato en el año siguiente a la expira- ción del mismo, en virtud de carácter sindical. Asimismo podrán fijarse todo tipo hechos derivados del lícito ejercicio de anuncios y comunicaciones del mismo carácter en los tablones que a tal efecto deberán establecerse en todos los lugares de trabajosus funcio- nes sindicales.
d) Las Secciones Sindicales podrán recaudar las cotizaciones No ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón del de- sempeño de sus afiliados, así como cualquier otro tipo de aportaciones con fines sindicalessu representación.
e) Las Secciones Sindicales tendrán derecho al libre acceso a los asesores sindicalesExpresar libremente su opinión, tanto a sus reuniones como a cualquier reunión o negociación que será colegiada en el caso del Comité en las materias concernientes a la que fuesen convocadosesfera de su representación.
f) Las Secciones Sindicales tendrán derecho Publicar y distribuir sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las pu- blicaciones de interés laboral o social, comunicándolo a recibir del Ayuntamiento toda la información y datos estadísticos que soliciten sobre temas relacionados con la vida laboral de los trabajadores laborales dentro del Ayuntamiento de Mazarrón.empresa. JUEVES 00 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 16
g) Los trabajadores tendrán derecho a un máximo Disponer del crédito legal de 36 horas de reuniones anuales por trabajador dentro de la jornada de trabajo, (Ley de Libertad Sindical y art. 42 de la Ley de Órganos de Representación), distribuidas: - 18 horas que podrán convocar las Secciones Sindicalesfija el Art. - 18 68 del Estatuto de los Trabaja- dores, para el ejercicio de sus funciones de representación, aumentando en la si- guiente extensión:
1. Empresas con un Delegado de Personal: tres horas que podrán convocar los Órganos de Representaciónmás.
h) El Ayuntamiento descontará mensualmente 2. Empresas con tres Delegados de Personal: cada uno de ellos dispondrán de tres horas más, igualmente al mes.
3. Empresas con Comité: cada miembro dispondrá de dos horas más mensual- mente. Previa comunicación a la cuota sindical empresa y según el Art. 68 del Estatuto de los Trabajadores, los Delegados de Personal o miembros del Comité, podrán acordar la acumulación xx xx- ras de crédito atribuidas en conjunto en uno o varios de los representantes sin rebasar el máximo. Se reduce el tiempo de antigüedad de permanencia en plantilla para presentarse a los trabajadores que lo soliciten por escritode- legado de personal o miembro del comité de empresa, de seis a tres meses.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Industria De La Madera