Gastos Operacionales Cláusulas de Ejemplo

Gastos Operacionales. Los gastos incurridos en la obtención de los documentos necesarios para la aplicación del Programa, como por ejemplo: copia del contrato tipo de arrendamiento firmado ante notario; copia del certificado de recepción munic ipal; certificado de dominio vigente y el de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones, será de responsabilidad de quien preste la asesoría.
Gastos Operacionales. 3.3. Gastos Administrativos 4.
Gastos Operacionales. Los gastos operacionales en los períodos del 31 xx xxxxx consisten en: 2007 2006 Por negociación de instrumentos financieros ¢ 0 0 Gastos administrativos 354.510 313.867 Pérdida por fluctuación cambiaria 1.320 ¢ 355.830 313.867 Al 31 xx xxxxx, las cuentas de orden del Fondo presentan el valor nominal de los títulos valores y cupones Valor nominal de los títulos valores depositados en ¢ custodia 211.637.614 204.650.000 Valor nominal de los cupones en custodia 339.135.538 367.470.062 ¢ 550.773.153 572.120.062 Al 31 xx xxxxx del 2007 y 2006, no se presentan hechos relevantes y subsecuentes que requieran ser revelados. ¢ 8.823.314 3.277.457 Las NIIF requieren la conciliación entre el efectivo y equivalentes de efectivo al final del período revelados en el estado de flujos de efectivo y los saldos en el balance de situación: Saldo en caja y bancos El Conassif ha establecido la adopción en forma parcial de las NIIF. Esta situación se aparta xxx xxxxxxxx de la NIC 1 que requiere que se cumplan todas las normas y sus interpretaciones si se adoptan las NIIF. Supen establecido que en los fondos de inversiones los instrumentos financieros se clasifiquen como disponibles para la venta independientemente de la intención de su tenencia. El Conassif ha establecido cuáles políticas contables deben ser utilizada en los casos en que las normas incluyen tratamientos alternativos. El Conassif mantiene el término y condiciones contables de lo antes denominado errores fundamentales. Eso fue variado y actualmente solo incluye errores que obliga a restablecer los estados financieros donde existieron. NIIF 7 Instrumentos financieros: Revelaciones El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad emitió en agosto del 2005 la NIIF7 Instrumentos financieros: Revelaciones, aplicable a partir del 1 de enero del 2007 y que al mismo tiempo deroga la NIC 30 Informaciones a revelar en los estados financieros de bancos e instituciones financieras similares. Los cambios se relacionan sobre todo con revelaciones en las notas a los estados financieros y no se prevé un impacto derivado de la aplicación de esa norma en los estados financieros.
Gastos Operacionales. El siguiente es el detalle de los gastos operacionales, por el período de un año terminado el 31 de diciembre de 2019 y 2018: 2019 2018 Hurtos y atentados (1) $ 257,687,023 $ 153,321,982 Gastos laborales (2) 50,255,623 38,630,629 Convenios de seguridad física (3) 48,117,579 33,368,347 Comisiones, honorarios y servicios 38,426,013 25,288,972 Impuesto de industria y comercio 23,408,393 21,978,516 Gestión social transporte 22,674,620 9,420,423 Gastos generales 18,344,475 9,113,477 Amortización derecho de uso - emergencias 14,531,937 – Iva mayor valor del gasto 11,452,689 9,622,607 2019 2018 Gravamen a los movimientos financieros 11,327,289 10,372,990 Seguros 7,143,673 4,848,537 Amortización derecho de uso 4,287,899 – Cuota de fiscalización 3,868,820 4,680,696 Arrendamiento 2,575,139 4,319,236 Depreciación – 26,890 $ 514,101,172 $ 324,993,302

Related to Gastos Operacionales

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.