GASTOS Y COMISIONES Cláusulas de Ejemplo

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuido. El Cliente se obliga a satisfacer a ING DIRECT en concepto de retribución por los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los intereses, dividendos y demás modalidades de rendimiento, comisiones y gastos correspondientes a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta de liquidación asociada a la cuenta de valores. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. ING DIRECT informará al cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles. En cualquier caso, dicha comunicación deberá ser escrita y el Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecido, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazo, sin perjuicio de las comisiones que resultasen de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificación. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido en la realización de las operaciones, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente los gastos de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contrato.
GASTOS Y COMISIONES. EL CLIENTE está de acuerdo en que los gastos y las comisiones, que se generen por cualquier servicio que se use y por la “Transferencia Electrónica de Fondos” que se preste a EL CLIENTE, le serán cargados en su “Cuenta de Origen”.
GASTOS Y COMISIONES. COMISIONES ASUMIDAS POR EL PARTICIPE COMISIONES ASUMIDAS POR EL FONDO • Comisión de SuscripciónComisión de Rescate • Comisión de Trasferencia • Comisión de Traspaso • Gastos por transferencias interbancarias Las comisiones incluyen los impuestos respectivos. • La Comisión Unificada del FONDO MUTUO, que incluye la remuneración de LA ADMINISTRADORA y otros gastos, con excepción de las comisiones propias de las operaciones de inversión del FONDO MUTUO. • Las comisiones propias de las operaciones de inversión, las cuales incluirán los gastos por los mecanismos centralizados de negociación, los agentes de intermediación, las instituciones compensación y liquidación de valores, mantenimiento de cuentas, comisiones por transferencias interbancarias y otras de similar naturaleza que sean establecidas en el anexo del Reglamento de Participación. • Tributos aplicables por ley, los cuales incluyen la tasa de contribución mensual de la SMV.
GASTOS Y COMISIONES. Son de cuenta del TITULAR las comisiones y/o gastos que se originen por los distintos servicios y operaciones que se realicen, de acuerdo con lo establecido en la tarifa de comisiones y gastos vigentes conforme a lo previsto en la Condición General 2ª.
GASTOS Y COMISIONES. EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a debitar en cualquiera de sus cuentas de ahorro en LA CAJA, los importes de las transacciones económicas que suscriba mediante el uso de LA TARJETA, comisiones, gastos. LA CAJA se reserva el derecho de modificar o crear nuevas comisiones y gastos, conforme al artículo 3.12 las condiciones generales del presente contrato. La negativa del cliente a la incorporación de servicios que no se encuentren directamente relacionados al producto o Servicio contrato, no implicará la resolución del contrato.
GASTOS Y COMISIONES. Se establece la aplicación conjunta de las siguientes comisiones: Comisión sobre efectivo: Comisión sobre revalorización: Se advierte expresamente al CLIENTE de la posibilidad de que surjan otros costes para el mismo, incluido el pago de impuestos, como consecuencia de transacciones vinculadas al servicio de gestión de carteras (especialmente los relacionados con la ejecución y custodia de instrumentos financieros), que no sean pagados a través de Ibercaja ni sean estipulados por ella. Serán de cuenta del CLIENTE todo gasto o tributo que dimane del cumplimiento del presente contrato o de las transacciones que deriven del mismo o del cumplimiento de otras estipulaciones legales a las que el CLIENTE esté obligado. Aportación mínima requerida Para la contratación de este servicio se requiere un importe de aportaciones de efectivo o valores o instrumentos financieros para su gestión por una cuantía igual o superior a la cifra de aportación mínima requerida (patrimonio aportado mínimo requerido). La cifra de aportación mínima requerida en la cartera gestionada ha de mantenerse durante toda la vigencia del contrato, por lo que en caso de que el CLIENTE retire efectivo o valores o instrumentos financieros de las cuentas asociadas al contrato de gestión, deberá realizar nuevas aportaciones hasta alcanzar la cifra de aportación mínima requerida. No obstante lo anterior, Ibercaja no exigirá la realización de aportaciones adicionales por parte del CLIENTE para cubrir pérdidas de la cartera gestionada. El CLIENTE, pone a disposición de IBERCAJA los valores, instrumentos financieros y efectivo identificados en este apartado para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
GASTOS Y COMISIONES. 7.1. Gastos de administración y gestión
GASTOS Y COMISIONES. 7.1. Gastos de administración y de adquisición o comercialización.
GASTOS Y COMISIONES. Usted autoriza al Banco a debitar en la Cuenta el costo de a Tarjeta, comisiones, costos por conceptos de renovación de la Tarjeta, expedición de duplicado de la Tarjeta, recarga y/o cualquier otro costo aplicable. Adicionalmente, las comisiones, gastos y/o tarifas generadas por el uso y no uso de la Tarjeta serán deducidas del saldo disponible en la Tarjeta. El Banco se reserva el derecho de modificar o crear nuevas comisiones y gastos cuando estime que las condiciones xx xxxxxxx, crediticias o de riesgo de Usted, así lo ameriten; para lo cual utilizará el mecanismo de comunicación establecido en el respectivo Contrato de Operaciones y Servicios Bancarios suscrito por Usted. Usted se compromete a mantener en la Cuenta saldos acreedores de libre disposición. Usted autoriza al Banco a cargar los importes de los débitos a cualquier otra cuenta de la que sea titular o centralizar en una sola cuenta el saldo que pudiera tener en otras cuentas establecidas en el Banco; esta autorización comprende la facultad de compensar y/o consolidar los saldos acreedores y deudores que pueda tener por cualquier concepto, considerándose inclusive los depósitos en general, certificados, valores y cualquier bien que el Banco tiene o pudiera tener, los que garantizan cualquier deuda o crédito. De no cancelar el saldo deudor Usted acepta que el Banco le gire a su cargo una letra a la vista que tendrá mérito ejecutivo si se protesta por la falta de pago. Asimismo se compromete a suscribir pagarés a favor del Banco o aceptar letras de cambio giradas por esta cantidad igual a la suma que adeuda por razón de este documento. La deuda podrá ser reconocida por instrumento público, asumiendo Usted los gastos e impuestos.
GASTOS Y COMISIONES. COMISIONES ASUMIDAS POR EL PARTICIPE COMISIONES ASUMIDAS POR EL FONDO