Hecho imponible Cláusulas de Ejemplo
Hecho imponible. Por la comercialización, organización, realización, circulación o difusión de juegos ▇▇ ▇▇▇▇ o de eventos en los que se adjudiquen premios por procesos aleatorios, que se efectúen en el territorio de la Provincia, se pagará el impuesto cuya alícuota fije la Ley Impositiva Anual y deberán ser autorizados conforme a la normativa y naturaleza que establezca la Lotería de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ S.E., la cual es Autoridad de Aplicación y de recaudación de este impuesto, conforme los agrupamientos que se detallan:
Hecho imponible. Definición. Habitualidad.
Hecho imponible. Inmuebles Comprendidos.
Hecho imponible. La materia imponible está constituida por la colocación de avisos y tableros que se utilizan como propaganda o identificación de una actividad o establecimiento público dentro de la jurisdicción del municipio de Puerto ▇▇▇▇▇▇▇.
Hecho imponible. Constituye el hecho imponible la utilización privativa o el aprovechamiento especial de las vías o terrenos públicos derivada de:
a) La entrada o pase de vehículos de motor a edificios o fincas, garajes individuales/comunitarios, o a garajes y locales públicos o comerciales en régimen de abonados o en régimen rotativo, aunque de modo habitual o accidental no entren vehículos, e independientemente de que sea o no posible el estacionamiento irregular en el acceso.
b) La entrada o pase de vehículos de motor en locales para la venta, exposición, reparación de vehículos, para la prestación de los servicios de engrase, lavado, petroleado, repostaje de carburantes y cualquier otro servicio, aunque de modo habitual o accidental no entren vehículos, e independientemente de que sea o no posible el estacionamiento irregular en el acceso.
c) La entrada o pase de vehículos de motor a locales comerciales o industriales para la carga y descarga de mercancías, aunque de modo habitual o accidental no entren vehículos, e independientemente de que sea o no posible el estacionamiento irregular en el acceso.
d) La reserva de espacios en las vías y terrenos de uso público para carga y descarga de mercancías materiales frente a obras de construcción, de reformas o derribos de inmuebles a solicitud de empresas o particulares.
e) La reserva de espacios en las vías y terrenos de uso público para aparcamiento exclusivo, o prohibición de estacionamiento, concedidos a hoteles, entidades o particulares.
f) La obtención de cualquier clase de autorización municipal en los términos establecidos en la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA LICENCIA ▇▇ ▇▇▇▇▇ Y RESERVA DE ESPACIO EN EL TÉRMINO DE ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇”, aprobada por este Ayuntamiento.
Hecho imponible. 2.3. Sujetos pasivos, base imponible y tipo de gravamen. 2.4. Obligación de presentar el impuesto, devengo y prescripción. 2.5. Deslinde de la imposición sobre transmisiones onerosas y de la imposición sobre el IVA. 2.6. Comprobación de valores. 2.7. Autoliquidación del impuesto. UNIDAD DIDÁCTICA 3. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.): LEY Y REGLAMENTO. CONTENIDOS TEÓRICOS: 10 HORAS CONTENIDOS PRÁCTICOS: 4 HORAS 3.1. Hecho imponible. No sujeción y exenciones.
Hecho imponible. 2.1.- Constituye el hecho imponible de la tasa fiscal por vertido de RCDs:
a) La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a gestionar el vertido de residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores en el Punto de Acopio Municipal.
Hecho imponible. 1. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales de cualquier tipo, así como de los establecimientos donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.
2. A tal efecto, se consideran basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos los restos y desperdicios de alimentación o detritus procedentes de la limpieza normal de locales o viviendas, y se excluyen de tal concepto los residuos de tipo industrial, escombros de obras, detritus humanos, cadáveres de animales, materias y materiales contaminados, corrosivos, peligrosos o cuya recogida o vertido exija la adopción de especiales medidas higiénicas, profilácticas o de seguridad.
3. No está sujeta a la tasa la prestación, de carácter voluntario y a instancia de parte de los siguientes servicios:
a) Recogida de basuras y residuos no calificados de domiciliarios y urbanos de industrias hospitales y laboratorios. Número 78 Lunes 25 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016
Hecho imponible. Está constituido por la actividad municipal desarrollada con mo- tivo de la distribución de agua potable a domicilio, el enganche de líneas a la red general y la colocación y utilización de contadores, así como el consumo de agua de cada contador.
Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa, la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si las edificaciones ejecutadas sin la preceptiva licencia municipal o contraviniendo la misma, en el término municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇ de la Frontera, reúnen los requisitos legalmente exigibles para poder ser declaradas en situación de asimilado a fuera de ordenación, a que se refiere el artículo 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 60/2010, de 16 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.
