HORARIO DE SERVICIO. EL BANCO determinará el horario en el cual prestará este servicio. Las transacciones solicitadas a través del mismo serán efectivas de acuerdo con los horarios establecidos para el cierre de operaciones de cada una de ellas.
HORARIO DE SERVICIO. EL BANCO procurará que los servicios estén disponibles para EL CLIENTE en el horario que se haya aprobado de acuerdo con los criterios de seguridad, lineamientos de EL BANCO, y las políticas determinadas para tal fin. Sin embargo EL BANCO se reserva el derecho a interrumpir o suspender el servicio por dificultades técnicas, así como por problemas ocasionados por cortes en los servicios de teléfono, problemas técnicos con el Proveedor de Servicios de Internet, cortes de energía o por sucesos derivados de rebelión, sedición, asonada, mitin, huelga o acontecimientos similares, por servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, y cuando así lo considere por razones de seguridad o instrucciones de autoridad competente. La información suministrada al CLIENTE a través del servicio corresponderá a la del mes en curso y hasta de dos (2) meses atrás, así como la información del día de la consulta para la(s) cuenta(s) corriente(s) de ahorros, afiliadas o de terceros. EL CLIENTE exonera al EL BANCO de cualquier responsabilidad que se pueda derivar con ocasión xx xxxxxx en el sistema interno del BANCO o interrupciones del servicio que impidan procesar y realizar los pagos a que haya lugar en las fechas establecidas por EL CLIENTE, salvo culpa grave o dolo del BANCO. Las operaciones realizadas con posterioridad al horario bancario colombiano, se considerarán realizadas el día hábil siguiente a menos que expresamente el BANCO indique lo contrario.
HORARIO DE SERVICIO. El BANCO procurará que las facilidades ofrecidas al CLIENTE mediante este Contrato de Servicio de Banca por Internet estén disponible a el CLIENTE las veinticuatro horas, todos los días. La información ofrecida por el Servicio de Banca por Internet al CLIENTE será en línea con el Sistema Central de Computación del BANCO y en tiempo real. El BANCO se reserva el derecho de suspender o interrumpir el Servicio de Banca por Internet por dificultades técnicas; por razones de seguridad; por cortes o fallas en el fluido eléctrico; por cortes o fallas en los servicios de teléfonos u otros medios de acceso al Servicio de Banca por Internet, o por cualquier otra razón, aun cuando sea imputable al BANCO.
HORARIO DE SERVICIO. El oferente deberá tomar en consideración para efectos de la operacionalidad del Centro que este debe concebirse como un lugar que ofrece un servicio integral que satisfaga las múltiples necesidades de los niños y niñas y las expectativas de los padres de los menores, siendo éste el aspecto que debe considerarse clave. La oferta del servicio debe responder a las necesidades de los padres y madres, estimándose necesario un horario de 07:00 de la mañana y 05:00 pm, los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes. Servicio de comedor propio, incluyendo la oferta de dietas blandas y dietas especiales para menores convalecientes, alérgicos o con necesidades nutritivas específicas; para lo cual la nutricionista debe certificar de manera diferenciada según sea el caso y quede certificado en el expediente de la persona menor de edad. Mismo que podrá ser variado con supervisión y recomendación de la profesional en nutrición. Deben acatarse las cantidades recomendadas para los niños y niñas. El menú que brindara el servicio de comedor, deberá ser elaborado por un profesional en nutrición y así debe de ser constatado. Este servicio de comedor debe brindar obligatoriamente los siguientes 4 tiempos de alimentación durante el día: Desayuno Merienda Almuerzo Merienda
5.2.1 Servicio de estimulación oportuna y educación inicial
5.2.2 Servicio de Atención Médica
5.2.3 Servicio de Nutrición
5.2.4 Servicio de Información
HORARIO DE SERVICIO. El horario de realización de este servicio se efectuará de acuerdo con las directrices que se marquen por el Ayuntamiento, y a título orientativo dará comienzo cuando la jornada de trabajo en las Dependencias finalice. De todas formas, podrá fijarse la prestación del servicio de limpieza a unas horas determinadas.
HORARIO DE SERVICIO. El prestador del servicio deberá estar disponible:
A) En su domicilio de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 20:30 horas;
B) En las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y otras autoridades, dentro de la Ciudad de México y en toda la República Mexicana que correspondan en los horarios de atención que se establezcan en cada una de las instancias referidas, y
C) Vía telefónica fija o móvil y por correo electrónico de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 20:30 horas. Los horarios antes establecidos podrán extenderse; para atender algún caso de urgencia por la CONDUSEF.
HORARIO DE SERVICIO. El horario de servicio contratados es de: ● Lunes a viernes : 9:00 am - 7:00 pm, de acuerdo a la zona horaria de Perú y México.
HORARIO DE SERVICIO. Los cajeros automáticos estarán abiertos las veinticuatro (24) horas del día y durante los 365 días del año, salvo motivos de caso fortuito o de fuerza mayor. EL BANCO no asume responsabilidad alguna por pérdidas, robos, hurtos de que pueda ser víctima EL CLIENTE por parte de personas ajenas EL BANCO, a la Red de Cajeros Xxxxx o a la Red Interactiva, durante las operaciones realizadas en el Cajero Automático.
HORARIO DE SERVICIO. El horario de funcionamiento de los servicios será el que indique EL BANCO para este canal, entendiéndose que los mismos serán atendidos por:
a) Un contestador automático IVR o llamado comúnmente robot, el cual realizará cierto tipo de consultas y/o transacciones predefinidas por EL BANCO.
HORARIO DE SERVICIO. Personal Este apartado solo aplica para el personal marcado con el tipo de servicio En sitio y realizará estas labores en las instalaciones de la API DE VERACRUZ lugar Centro Médico Portuario de acuerdo al siguiente horario corrido de lunes x xxxxxxx de 08:00 a 08:00 durante los 365 días del año. El PROVEEDOR deberá considerar el vehículo, equipo médico y suministro de consumo necesario para prestar el servicio, por lo que deberá presentar al inicio del servicio la relación del vehículo, equipo médico y suministro a utilizar, así como el reporte mensual de materiales de consumo utilizados para la prestación del servicio. El PROVEEDOR estará obligado a petición de la API DE VERACRUZ a reemplazar el vehículo y equipo cuando estos no cumplan su función con la efectividad que el servicio requiere y tendrán un plazo no mayor a 1 hora para realizar el reemplazo. Se aclara que el vehículo y equipo médico serán propiedad del PROVEEDOR y cuando se concluya la vigencia del CONTRATO serán retirados por el mismo.