HORARIO DE SERVICIO. EL BANCO determinará el horario en el cual prestará este servicio. Las transacciones solicitadas a través del mismo serán efectivas de acuerdo con los horarios establecidos para el cierre de operaciones de cada una de ellas.
HORARIO DE SERVICIO. EL BANCO procurará que los servicios estén disponibles para EL CLIENTE en el horario que se haya aprobado de acuerdo con los criterios de seguridad, lineamientos de EL BANCO, y las políticas determinadas para tal fin. Sin embargo EL BANCO se reserva el derecho a interrumpir o suspender el servicio por dificultades técnicas, así como por problemas ocasionados por cortes en los servicios de teléfono, problemas técnicos con el Proveedor de Servicios de Internet, cortes de energía o por sucesos derivados de rebelión, sedición, asonada, mitin, huelga o acontecimientos similares, por servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, y cuando así lo considere por razones de seguridad o instrucciones de autoridad competente. La información suministrada al CLIENTE a través del servicio corresponderá a la del mes en curso y hasta de dos (2) meses atrás, así como la información del día de la consulta para la(s) cuenta(s) corriente(s) de ahorros, afiliadas o de terceros. EL CLIENTE exonera al EL BANCO de cualquier responsabilidad que se pueda derivar con ocasión xx xxxxxx en el sistema interno del BANCO o interrupciones del servicio que impidan procesar y realizar los pagos a que haya lugar en las fechas establecidas por EL CLIENTE, salvo culpa grave o dolo del BANCO. Las operaciones realizadas con posterioridad al horario bancario colombiano, se considerarán realizadas el día hábil siguiente a menos que expresamente el BANCO indique lo contrario.
HORARIO DE SERVICIO. Los cajeros automáticos estarán abiertos las veinticuatro (24) horas del día y durante los 365 días del año, salvo motivos de caso fortuito o de fuerza mayor. EL BANCO no asume responsabilidad alguna por pérdidas, robos, hurtos de que pueda ser víctima EL CLIENTE por parte de personas ajenas EL BANCO, a la Red de Cajeros Xxxxx o a la Red Interactiva, durante las operaciones realizadas en el Cajero Automático.
HORARIO DE SERVICIO. El horario de funcionamiento de los servicios será el que indique EL BANCO para este canal, entendiéndose que los mismos serán atendidos por:
HORARIO DE SERVICIO. El prestador del servicio deberá estar disponible:
HORARIO DE SERVICIO. El BANCO procurará que las facilidades ofrecidas al CLIENTE mediante este Contrato de Servicio de Banca por Internet estén disponible a el CLIENTE las veinticuatro horas, todos los días. La información ofrecida por el Servicio de Banca por Internet al CLIENTE será en línea con el Sistema Central de Computación del BANCO y en tiempo real. El BANCO se reserva el derecho de suspender o interrumpir el Servicio de Banca por Internet por dificultades técnicas; por razones de seguridad; por cortes o fallas en el fluido eléctrico; por cortes o fallas en los servicios de teléfonos u otros medios de acceso al Servicio de Banca por Internet, o por cualquier otra razón, aun cuando sea imputable al BANCO.
HORARIO DE SERVICIO. El horario de realización de este servicio se efectuará de acuerdo con las directrices que se marquen por el Ayuntamiento, y a título orientativo dará comienzo cuando la jornada de trabajo en las Dependencias finalice. De todas formas, podrá fijarse la prestación del servicio de limpieza a unas horas determinadas.
HORARIO DE SERVICIO. El horario de servicio contratados es de: ● Lunes a viernes : 9:00 am - 7:00 pm, de acuerdo a la zona horaria de Perú y México.
HORARIO DE SERVICIO. El oferente deberá tomar en consideración para efectos de la operacionalidad del Centro que este debe concebirse como un lugar que ofrece un servicio integral que satisfaga las múltiples necesidades de los niños y niñas y las expectativas de los padres de los menores, siendo éste el aspecto que debe considerarse clave. La oferta del servicio debe responder a las necesidades de los padres y madres, estimándose necesario un horario de 07:00 de la mañana y 05:00 pm, los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes. Servicio de comedor propio, incluyendo la oferta de dietas blandas y dietas especiales para menores convalecientes, alérgicos o con necesidades nutritivas específicas; para lo cual la nutricionista debe certificar de manera diferenciada según sea el caso y quede certificado en el expediente de la persona menor de edad. Mismo que podrá ser variado con supervisión y recomendación de la profesional en nutrición. Deben acatarse las cantidades recomendadas para los niños y niñas. El menú que brindara el servicio de comedor, deberá ser elaborado por un profesional en nutrición y así debe de ser constatado. Este servicio de comedor debe brindar obligatoriamente los siguientes 4 tiempos de alimentación durante el día: Desayuno Merienda Almuerzo Merienda Oferta de un proyecto educativo integral que contemple las necesidades formativas de los menores de entre 0 y 7 años de edad, así como las de sus padres dependiendo de cada situación familiar, donde los niños y niñas tengan un desarrollo infantil de calidad de acuerdo a sus necesidades y facultades. La empresa o persona oferente deberá garantizar un programa de estimulación temprana enriquecido con lecciones de educación física y artística (llámese danza, idiomas, música, entre otros) que fortalezca las diferentes habilidades de los niños y niñas. Igualmente deberá coordinar con Instituciones estatales cursos que fortalezcan la personalidad de los niños y niñas, cursos de valores entre otros. Todo, de conformidad con los parámetros de operación mínimos exigidos en el Reglamento de Operación del CECUDI, los lineamientos de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y el Plan del Ciclo Materno Infantil del Ministerio de Educación Pública. Es preciso cuidar la higiene, las comidas y el trato que reciben los niños y niñas en el desarrollo de las actividades anteriormente expuestas, para transmitir una imagen de confianza a los padres y de estabilidad a los niños y niñas que asisten al CE...
HORARIO DE SERVICIO. 1. La prestación de los servicios en general se realizará primariamente de manera remota, de Lunes a Viernes entre las 7:30 y 16 horas, salvo en casos excepcionales, en los cuales se identifique el incidente con nivel de Urgencia Crítica, el horario podrá ampliarse inclusive a días no hábiles. Para el efecto, es importante que el proveedor presente una metodología de trabajo clara para el proceso.