Common use of Horario Clause in Contracts

Horario. El horario será fijado por el empresario por escrito, pudiendo ser modificado cuando existan probadas razones técnicas, organizativas o productivas; en el supuesto de no ser aceptada la modificación por los representantes legales de los trabajadores/as, habrá de ser aprobada por la Jurisdicción Social. Las horas ordinarias a trabajar no podrán exceder de siete al día para el personal directivo y docente, de ocho para el personal no docente. Se entenderá por jornada partida aquella en la que haya un descanso ininterrumpido de una hora como mínimo y tres como máximo. Cuando se desarrolle el trabajo en jornada partida, las clases estarán agrupadas en dos bloques como máximo, homogéneos. En caso de desarrollarse la jornada de manera continuada en un sólo bloque los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a treinta minutos de descanso retribuido. Las horas empleadas por los trabajadores y trabajadoras en los exámenes de los alumnos, están comprendidas dentro de su jornada laboral, si se cubren las siete horas de trabajo con los exámenes, se entenderá finalizada su jornada laboral ordinaria. Si el examen requiere menos tiempo real de presencia del Profesor o Profesora, éste deberá hacerse cargo de lecciones hasta completar su jornada diaria y siempre dentro de su horario habitual. Estas horas no serán consideradas como extraordinarias, si estas, no sobrepasan de las horas ordinarias diarias de la jornada laboral. La jornada diaria, sin menoscabo de lo anteriormente dispuesto, comenzará a regir desde la salida de la autoescuela o garaje para desplazarse a zonas de prácticas, examen o similares y finalizar a la llegada a la autoescuela.

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Samples: www.cig-ensino.gal, www.fespugt.es

Horario. El horario será fijado por el empresario por escrito, pudiendo ser modificado cuando existan probadas razones técnicas, organizativas o productivas; en el supuesto de no ser aceptada la modificación por los representantes legales de los trabajadores/as, habrá de ser aprobada por la Jurisdicción Social. Las horas ordinarias a trabajar no podrán exceder de siete al día para el personal directivo y docente, de ocho para el personal no docente. Se entenderá por jornada partida aquella en la que haya un descanso ininterrumpido de una hora como mínimo y tres como máximo. Cuando se desarrolle el trabajo en jornada partida, las clases estarán agrupadas en dos bloques como máximo, homogéneos. En caso de desarrollarse la jornada de manera continuada en un sólo bloque los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a treinta minutos de descanso retribuido. Las las horas empleadas por los trabajadores y trabajadoras en los exámenes de los alumnos, están comprendidas dentro de su jornada laboral, si se cubren las siete horas de trabajo con los exámenes, se entenderá finalizada su jornada laboral ordinaria. Si el examen requiere menos tiempo real de presencia del Profesor o Profesora, éste deberá hacerse cargo de lecciones hasta completar su jornada diaria y siempre dentro de su horario habitual. Estas horas no serán consideradas como extraordinarias, si estas, no sobrepasan de las horas ordinarias diarias de la jornada laboral. La jornada diaria, sin menoscabo de lo anteriormente dispuesto, comenzará a regir desde la salida de la autoescuela o garaje para desplazarse a zonas de prácticas, examen o similares y finalizar a la llegada a la autoescuela.

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Samples: www2.pv.ccoo.es

Horario. El régimen de horario a cumplir será fijado el propuesto por el empresario por escritoContratista de común acuerdo con ANCAP, pudiendo ser modificado cuando existan probadas razones técnicas, organizativas o productivas; considerando las características propias de los lugares donde se desarrollarán los trabajos y de los horarios y exigencias de ANCAP en cuanto a seguridad y a su presencia de personal. Salvo lo expresamente indicado en el supuesto pliego, no se generarán más costos para ANCAP y se encontrarán incluidos dentro del valor cotizado para cada ítem el pago de todas las compensaciones extraordinarias o cualquier tipo de beneficio que el contratista tuviere que retribuirle a su personal dentro del horario indicado. Independientemente de lo anterior, es obligación del Contratista cumplir con las compensaciones extraordinarias o cualquier tipo de beneficio que el contratista tuviere que retribuirle a su personal de acuerdo a los convenios y normativa vigente. En todos los caso los materiales suministrados por el contratista serán nuevos y de primera calidad, debiendo cumplir con las normas que correspondan. Serán provistos por el Contratista e incluidos en el precio cotizado los materiales e insumos necesarios para las fabricaciones y construcciones a su cargo, los de aporte y consumibles para fabricación y montaje y, en general, todos los no ser aceptada la modificación por los representantes legales detallados como de los trabajadores/as, habrá de ser aprobada suministro por la Jurisdicción SocialAdministración y que resulten necesarios para la concreción de las tareas en cumplimiento de su finalidad. Las horas ordinarias Para los caños, accesorios, espárragos, aportes de soldadura y juntas se deberá de presentar “certificados de materiales” conforme a trabajar no podrán exceder norma aplicable, los cuales deberán ser aprobados por ANCAP antes de siete al día para el personal directivo y docente, la instalación o uso de ocho para el personal no docentedichos elementos. Se entenderá reconocerán solamente los días perdidos por lluvias que efectivamente interrumpan las tareas programadas durante toda la jornada partida aquella en la o turno de trabajo y siempre que haya un descanso ininterrumpido de una hora como mínimo y tres como máximo. Cuando los trabajos afectados se desarrolle el trabajo en jornada partida, las clases estarán agrupadas en dos bloques como máximo, homogéneosencuentren dentro del “camino crítico”. En caso de desarrollarse iniciarse la jornada lluvia durante o promediando la jornada, se considerará medio día perdido. Lluvias intermitentes ó aisladas que acumulen menos de manera continuada en un sólo bloque 5 mm de agua caída, no serán considerados días perdidos por lluvia, aunque se trate de trabajos de soldaduras, pues el Contratista deberá proteger a su costo el área a soldar y al personal actuante, a fin de no afectar los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a treinta minutos de descanso retribuidoplazos estipulados. Las horas empleadas Para que los días perdidos por los trabajadores y trabajadoras en los exámenes lluvia puedan ser contabilizados, el contratista deberá notificar al Director dentro de los alumnos, están comprendidas dentro de su jornada laboral, si se cubren las siete horas de trabajo con los exámenes, se entenderá finalizada su jornada laboral ordinaria3 días hábiles siguientes. Si el examen requiere menos correspondiere reconocer interrupciones por lluvia, dicho reconocimiento solo implica la extensión del plazo en tiempo real directamente proporcional a la detención ocurrida. Salvo lo anterior este tipo de presencia del Profesor o Profesora, éste deberá hacerse cargo de lecciones hasta completar su jornada diaria y siempre dentro de su horario habitualdetenciones no tendrá ningún costo para ANCAP. Estas horas no serán consideradas como extraordinarias, si estas, no sobrepasan Esto es sin perjuicio de las horas ordinarias diarias obligaciones que el adjudicatario debiera cumplir respecto de sus trabajadores, de conformidad con la jornada laboral. La jornada diaria, sin menoscabo normativa aplicable al respectivo sector de lo anteriormente dispuesto, comenzará a regir desde la salida de la autoescuela o garaje para desplazarse a zonas de prácticas, examen o similares y finalizar a la llegada a la autoescuelaactividad.

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Samples: Bases De Condiciones (De Acuerdo Al Art