Importe de las dietas Cláusulas de Ejemplo

Importe de las dietas. El importe de las dietas acordadas en este Convenio colectivo serán los siguientes. Importe de dietas 2017 Euros Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad . . . . . . . . . . . 9,42 Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad . . . . . . . . . . 17,38 Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,93 Importe de dietas 2017 Euros Importe de dietas 2018 Euros Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad . . . . . . . . . . . 9,61 Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad . . . . . . . . . . 17,73 Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16,25 Importe de dietas 2019 Euros Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad. . . . . . . . . . . 9,80 Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad. . . . . . . . . . 18,08 Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16,58 Importe de dietas 2020 Euros Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad. . . . . . . . . . . 10,00 Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad. . . . . . . . . . 18,44 Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16,91 Cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas.. . 33,82
Importe de las dietas. El importe de las dietas acordadas en este convenio colectivo será: - 8,00 euros cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad. - 16,00 euros cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad. - 35,00 euros cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar. - 42,00 euros cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas.
Importe de las dietas. El importe de las dietas será desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de Diciembre de 2018 de: Si el desplazamiento fuera superior a siete días, el importe de la dieta completa será de 25,32 € a partir del octavo día. Estas cantidades no experimentarán incremento económico alguno durante el periodo de vigencia de este Convenio.
Importe de las dietas. VOLVER AL INDICE‌‌‌‌ Los trabajadores sujetos al traslado de centro de trabajo que exija su cambio de residencia, según lo previsto en el 40.1 del Estatuto de los Trabajadores, tendrán derecho a percibir una compensa- ción equivalente a 6 días de dieta por cada uno de los miembros de la unidad familiar que, junto al trabajador, se vean obligados al cambio de residencia.
Importe de las dietas. Dado el ámbito territorial del presente convenio que abarca todo el territorio nacional y la disparidad de precios de los servicios de transporte, restauración o alojamiento existentes entre unas regiones y otras se establece, para el caso en que los trabajadores/ as deban desplazarse de acuerdo con lo estipulado en el artículo 19, que percibirán en concepto de dietas y desplazamiento la cantidad que se establezca en cada situación, garantizándose en todo caso la compensación de los gastos originados por estos desplazamientos.
Importe de las dietas. El importe de las dietas acordadas en este Convenio Colectivo será: - 10,00 EUR cuando el trabajador tenga que hacer una comida en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituye su residencia. - 30,00 EUR cuando el trabajador tenga que pernoctar y/o desayunar en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituye su residencia o por razones de servicio que le impidan acceder a su vivienda habitual, previa autorización de su inmediato superior.
Importe de las dietas. Importe de las dietas para los años 2015 y 2016
Importe de las dietas. Los trabajadores que por necesidades de la empresa tengan que efectuar viajes o desplazamientos a centros o lugares de trabajo fuera de los límites territoriales referidos en el artículo 27 del Convenio, percibirán durante la vigencia del mismo, en concepto de dietas, las cantidades brutas siguientes: – Siete euros (7,00 €) cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad. – Quince euros (15,00 €) cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad. – Treinta y tres euros (33,00 €) cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar fuera de su localidad. – Cuarenta euros (40,00 €) cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas fuera de su localidad.
Importe de las dietas. 2022 2023 2024