Imposición de multas Cláusulas de Ejemplo

Imposición de multas. 37.1 Si el Contratista incumple cualquiera de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades que le han sido asignados en el presente contrato o incurre en xxxx en el cumplimiento de los mismos, METRO CALI S.A. podrá imponer multas al Contratista de acuerdo con lo previsto en la presente cláusula mediante resolución motivada, a partir de la fecha en que cada obligación se haya hecho exigible, sin subordinación ni sujeta a condición alguna diferente de la ocurrencia de los supuestos fácticos que dan lugar al nacimiento de la multa y sin requerirse declaración alguna de parte de otra autoridad judicial o extrajudicial de cualquier naturaleza. 37.2 Las multas se impondrán de manera sucesiva hasta cuando se restituya el cumplimiento del Contrato, según el parámetro, requisito, obligación o responsabilidad exigidos o cuando se haya alcanzado el tope máximo de la multa de acuerdo con lo previsto en la presente cláusula, lo que ocurra primero. 37.3 Las multas deberán tener correlación con el daño sufrido y no podrán estar en desproporción con éste. 37.4 Los plazos señalados en el presente contrato, en los pliegos de condiciones y en el anexo especial - alcances que hacen parte del mismo para el cumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes son improrrogables. Si quien incumpliere las obligaciones fuere el Contratista, pagará a METRO CALI S.A., previo informe del supervisor del contrato designado por METRO CALI S.A., multas sucesivas de la siguiente manera: 37.4.1 Por cada día calendario de retraso en el cumplimiento de la presentación de la información correspondiente al interventor, establecida en los pliegos de condiciones, el Anexo Especial – Alcances y el presente Contrato, dentro de los plazos establecidos, el Contratista pagará el uno por mil (1/1000) del valor del Contrato. 37.4.2 Por cada día calendario de retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en obra, por las cuales se genere retraso en la ejecución de la obra, previstas en el presente Contrato, los pliegos de condiciones y el Anexo Especial - Alcances, el Contratista pagará el uno por mil (1/1000) del valor del Contrato por cada día calendario de incumplimiento. 37.4.3 Por cada día calendario de retraso en el cumplimiento de la entrega de los informes, a los cuales se hace referencia en el Anexo Especial – Alcances, el Contratista pagará el uno por mil (1/1000) del valor de Contrato. 37.4.4 Si el Contratista cambia alguno de los profesionales aprobados ...
Imposición de multas. De conformidad con el literal h) del artículo 12 de la ley 182 de 1995, el incumplimiento a lo previsto en el Acuerdo, dará lugar a la imposición de multa hasta de quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de imposición de la sanción, de conformidad con el procedimiento contenido en el Código Contencioso Administrativo. Para la imposición de sanciones, la Junta Directiva tendrá en cuenta la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia en su comisión.
Imposición de multas. 13 Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007: “
Imposición de multas. Régimen de infracciones (Art. 23.2 RLGIT) Imposición de multas Régimen de infracciones
Imposición de multas. Según determine la Autoridad de Aplicación competente en cada caso, las multas serán progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del CONTRATO. A fin de no afectar el derecho de defensa del CONTRATISTA, la Autoridad de Aplicación lo intimará previamente a fin de que dé cumplimiento a la obligación pendiente de cumplimiento.
Imposición de multas. En caso que el Contratista no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en estas Especificaciones, en el Manual Ambiental y Social, en el PMA y con lo estipulado por las normas ambientales municipales, provinciales y nacionales vigentes y/u otra especificación ambiental, será advertido la primera vez por la Inspección de Obra, la que dará un plazo para su corrección. Si el Contratista no cumple con lo solicitado dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al CERO COMA TRES POR MIL (0,3 ‰) del monto contractual actualizado por cada día que se verifique el atraso.
Imposición de multas. Cuando durante el desarrollo de un contrato se observen incumplimientos parciales en su ejecución o demoras en el cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, a instancias del interventor y/o la persona encargada de seguimiento y control, se seguirá el siguiente procedimiento: Paso Responsable Dependencia Actividad Tiempos 1. Interventor Realiza con copia a la Oficina Jurídica, hasta dos (2) requerimientos al contratista para que corrija las falencias y proceda a dar estricto cumplimiento al contrato. Si fuere posible debe precisarse el plazo o condiciones en las cuales se deben hacer los correctivos que fueren necesarios y retomar la programación que rige el respectivo contrato

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  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISIÓN DE BIENES Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, en la siguiente dirección;

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO A los efectos exigidos en el articulo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, son la realización del transporte, montaje y desmontaje de obras de arte de las exposiciones municipales de la Delegación de cultura en la Sala Municipal de Exposiciones, el Museo de la Ciudad, el edificio de Las Atarazanas, el Almudín, la Galería el Tossal y la Casa Museo Xxxxxxxxx, al objeto de permitir afrontar una programación exigente con unos criterios de eficacia y calidad que requieren la manipulación de dichas obras por parte de personal especializado. El contrato a realizar se califica como contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Categoría del contrato (Anexo II del TRLCSP): 2 “Servicios de transporte por vía terrestre, incluido los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto el transporte de correo”. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas: - Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante RPLCSP. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en todo lo que no haya derogado y en tanto en cuanto no se oponga al TRLCSP y al RPLCSP. - Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana, así como por la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan al TRLCSP y al RPLCSP. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - El documento en que se formalice el contrato. Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.

  • Plazo y lugar de ejecución El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de “actividad”, en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, y su plazo de ejecución se haya establecido a fecha fija, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente programada, tendrá como efecto una reducción del plazo de ejecución, y en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio así como del importe de la garantía definitiva. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado 4 del Anexo I de este pliego.