IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".
IMPUESTOS Y DERECHOS. 17.1 En el caso de Bienes fabricados fuera del país del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares impuestos fuera del país del Comprador.
17.2 En el caso de Bienes fabricados en el país del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, comisiones por licencias, y otros cargos similares incurridos hasta la entrega de los Bienes contratados con el Comprador.
17.3 El Comprador interpondrá sus mejores oficios para que el Proveedor se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al Proveedor en el país del Comprador.
IMPUESTOS Y DERECHOS. EL PROVEEDOR" se obliga a pagar por su cuenta todos los impuestos, cargos, derechos y gastos que por ley le correspondan en el país de origen de los bienes para el cumplimiento de este contrato. "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado que corresponda.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Cualquier impuesto o derecho que se cause con motivo del otorgamiento o de ejecución de este CONTRATO será a cargo de la parte que deba cubrirlo de acuerdo con las leyes fiscales aplicables, sin perjuicio de la obligación de retención que, en su caso, incumban a la API.
IMPUESTOS Y DERECHOS. El pago de todos los impuestos, derechos de licencia, etc. que graven los bienes objeto de la Orden de Compra hasta el momento de la entrega será a cargo del Proveedor.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación del servicio objeto de la presente licitación, serán pagados por el proveedor conforme a la legislación aplicable en la materia. El Instituto sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Todo impuesto y/o derecho causado por la entrega de los equipos, será a cargo del(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s). Incluidos los impuestos correspondientes a los trámites de importación y su respectivo trámite aduanal. COMIMSA cubrirá únicamente al(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s) el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado por las partidas que le hayan sido adjudicadas.
IMPUESTOS Y DERECHOS. El Consultor, el Subconsultor y el Personal pagarán los impuestos indirectos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable según se indica en las CEC, cuyo monto se estima que ha sido incluido en el Precio del Contrato.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el licitante, a excepción del pago del Impuesto al Valor Agregado, el cual será cubierto por la Convocante en los términos que señalen los ordenamientos fiscales.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Todos los impuestos y derechos derivados de los servicios adquiridos, serán a cuenta del prestador del servicio a excepción del IVA, el cual será pagado por la convocante.