IMPUESTOS Y DERECHOS Cláusulas de Ejemplo

IMPUESTOS Y DERECHOS. 17.1 En el caso de Bienes fabricados fuera del país del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares impuestos fuera del país del Comprador.
IMPUESTOS Y DERECHOS. LA SFP ACEPTARÁ CUBRIR LOS IMPUESTOS QUE LE CORRESPONDAN, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTEN DESGLOSADOS EN LOS CFDI CORRESPONDIENTES.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".
IMPUESTOS Y DERECHOS. Todo impuesto y/o derecho causado por la entrega de los equipos, será a cargo del(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s). Incluidos los impuestos correspondientes a los trámites de importación y su respectivo trámite aduanal. COMIMSA cubrirá únicamente al(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s) el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado por las partidas que le hayan sido adjudicadas.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el licitante, a excepción del pago del Impuesto al Valor Agregado, el cual será cubierto por la Convocante en los términos que señalen los ordenamientos fiscales.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Cualquier impuesto o derecho que se cause con motivo del otorgamiento o de ejecución de este CONTRATO será a cargo de la parte que deba cubrirlo de acuerdo con las leyes fiscales aplicables, sin perjuicio de la obligación de retención que, en su caso, incumban a la API.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Todos los impuestos y derechos derivados de los servicios adquiridos, serán a cuenta del prestador del servicio a excepción del IVA, el cual será pagado por la convocante.
IMPUESTOS Y DERECHOS. El pago de todos los impuestos, derechos de licencia, etc. que graven los bienes objeto de la Orden de Compra hasta el momento de la entrega será a cargo del Proveedor.
IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación del servicio objeto de la presente licitación, serán pagados por el proveedor conforme a la legislación aplicable en la materia. El Instituto sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
IMPUESTOS Y DERECHOS. El Consultor, el Subconsultor y el Personal pagarán los impuestos indirectos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable según se indica en las CEC, cuyo monto se estima que ha sido incluido en el Precio del Contrato.