Incumplimientos graves Cláusulas de Ejemplo

Incumplimientos graves. Constituyen incumplimientos graves:
Incumplimientos graves. Adicionalmente a los ítems definidos en el punto 15.5 de estas Condiciones Generales de Contratación, se considerarán Incumplimientos Graves los ítems de la planilla IPAL con nivel de consecuencia 10<C<50 y corresponderá una multa de 250 litros de Gas Oíl Grado 2.
Incumplimientos graves. Se considerarán incumplimientos graves los siguientes:
Incumplimientos graves. Serán incumplimientos graves en el desarrollo de la prestación: - El incumplimiento de las obligaciones exigibles al contratista que no tenga la consideración de incumplimiento leve o muy grave.
Incumplimientos graves. -La falta de pago de las rentas correspondientes en los períodos establecidos en los Pliegos, así como la falta de inicio de la actividad en los períodos establecidos en los Pliegos siempre que no dé lugar a una falta muy grave. -Incumplir las directrices que se reserva el Ayuntamiento en el cumplimiento del contrato, impedir que éste pueda desempeñar las funciones de fiscalización y control que le son propios. -El incumplimiento de la obligación de mantener y conservar las instalaciones en condiciones adecuadas de acuerdo a los Pliegos y la propuesta presentada por el contratista. -No remitir la documentación requerida por el Ayuntamiento. -La vulneración de las órdenes recibidas de conformidad con el pliego. -La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves
Incumplimientos graves. Son los Incumplimientos que pueden llegar a impedir o impiden la ejecución contractual, donde se puede evidenciar una posible dificultad en la ejecución cabal del contrato, afectando gravemente los fines instituciones, así pudiendo retomar la necesidad por parte de FONTUR para poder ejecutar con un contratista diferente. El incumplimiento grave se puede llevar a cabo sin haber realizado alguno de los procedimientos previos contenidos en el numeral 9.1 del presente Manual, o si se adelantaron, si estos no lograron normalizar la ejecución contractual. También se puede generar dentro del plazo de ejecución, o con posterioridad a este, donde se busca es la afectación de la cláusula contractual respectiva y la reclamación del seguro contractual, conforme al perjuicio demostrado.
Incumplimientos graves. De forma general, serán consideradas como incumplimiento grave haber sido sancionado con tres incumplimientos leves en el periodo de un año. Y en particular:  El incumplimiento de las características y especificaciones de los elementos software y hardware incluidos en el presente contrato.  La incorrecta ejecución, retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de las funciones y tareas establecidas en el PPT.  El maltrato de las instalaciones, mobiliario o enseres por parte del personal del adjudicatario.  La sustracción de materiales.  La simulación, engaño u ocultación de información o incidencias durante la prestación del servicio.  La falta de respeto y consideración para con los gestores y usuarios de la Plataforma, compañeros, subordinados, superiores o funcionarios municipales por parte del personal de la empresa contratada.  La pérdida de materiales o de información, cuya propiedad corresponda al Ayuntamiento xx Xxxxxxx, durante la prestación de los servicios contratados.  El incumplimiento de las obligaciones que en materia de protección de datos, seguridad y confidencialidad se fijan el PPT que no tengan la consideración de muy grave o sean causa de resolución de contrato.
Incumplimientos graves. Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: 8u4PLtn1WrD6koazWisk Firmado por XXXXXXX XXXXXX XXXXXX el 08/11/2022 07:57:40 Firmado por Alcaldesa Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx el 08/11/2022 08:40:36 El documento consta de 53 página/s. Página 47 de 53 Se considerarán incumplimientos graves aquellos que, implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas para el contratista en el presente pliego, no merezcan la calificación de muy graves y que por su naturaleza no deban de ser comprendidas como leves. Y en todo caso las que se establecen a continuación: Realización de acciones u omisiones que afecten a la seguridad de los ciudadanos. Incumplimiento de las normas, reglamentos o de las medidas incluidas en la evaluación de riesgos del Proyecto y/o del Plan de Seguridad y Salud (siempre que no afecten gravemente la seguridad de los trabajadores). No cumplir los compromisos ofertados en la licitación. La prestación defectuosa o incorrecta del trabajo. No gestionar correctamente los residuos. Incumplimiento en la obligación de que un responsable de la empresa adjudicataria esté localizable las 24 horas del día, mientras el contrato esté ejecutándose, de conformidad con el apartado 2.1.3ª de la cláusula DECIMO NOVENA de este PCAP. El incumplimiento y/o demora superior al plazo establecido en la ejecución de las órdenes de trabajo dadas por el Ayuntamiento con carácter de urgencia. El incumplimiento del horario de trabajo señalado. Tener el material en defectuoso estado de conservación y funcionamiento que impida la eficaz ejecución de la obra, o pueda producir daños a las personas o bienes. Faltas de respeto al público, a la dirección facultativa, a inspectores y a los técnicos municipales y agentes de la autoridad. La negativa o resistencia a permitir la inspección del Ayuntamiento. Generación de suciedad en la vía pública y en otras superficies del municipio, originar ruidos, realizar vertidos, levantar polvo y en general ocasionar molestias innecesarias al vecindario. Incumplimiento de la obligación de la condición especial de ejecución del contrato dispuesta en la cláusula 19.2.4 del presente pliego de cláusulas administrativas. La falta de acatamiento de las instrucciones que se diesen por parte del Director de las Obras, el Coordinador de Seguridad y Salud o el Técnico Municipal, siempre que no implique riesgo directo para la vida de los trabajadores o usuarios. Incumplimientos muy graves. No comenzar la prestación del presente contra...
Incumplimientos graves. Se considerará Incumplimiento Grave a todos efectos de lo previsto en el presente CONVENIO, sin perjuicio de otros que pudieran calificar como INCUMPLIMIENTO GRAVE, los siguientes:
Incumplimientos graves. Toda aquella violación de las obligaciones asumidas por el Contratista en virtud del presente Termino de Referencia, que afecten la Ejecución de la Obra.