INFRACCIONES. Las infracciones en que pueda incurrir el contratista en la prestación de los servicios, se calificarán como leves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: Se considerarán infracciones muy graves: a) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. b) La paralización o interrupción de la prestación de los servicios por más de veinticuatro horas, salvo causas de fuerza mayor que lo justifiquen. c) La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, sin existencia de causas externas a la contrata o a los trabajadores. d) Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria en el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio, cuando los mismos estén motivados por falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresa. e) La falta de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio. f) La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente. g) El incumplimiento repetido de los horarios y/o frecuencias. h) La no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación de los mismos. i) La desobediencia reiterada a las órdenes escritas transmitidas por el Ayuntamiento.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
INFRACCIONES. Las infracciones en Infracciones que pueda incurrir cometa el contratista adjudicatario en la prestación ejecución de los servicios, se calificarán como levesclasificarán en muy graves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: leves:
A) Se considerarán infracciones muy gravesInfracciones Muy Graves:
a) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
b) La paralización o interrupción de la prestación de los servicios por más de veinticuatro horas, salvo causas de fuerza mayor que lo justifiquen.
c) 1.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, sin existencia con incumplimiento de causas externas a la contrata o a los trabajadoreslas condiciones establecidas.
d) Los incidentes del personal afecto a 2.- Retraso sistemático en la empresa adjudicataria reparación de averías o en el vecindariola realización de las inspecciones periódicas, tanto por trato incorrectofraudes en las formas de prestación, como por deficiencia de la prestación del servicio, cuando los mismos estén motivados por falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresa.
e) La falta de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
f) La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
g) El incumplimiento repetido de los horarios y/o frecuencias.
h) La no utilización de los medios mecánicos establecidos exigidos o el mal estado de conservación o decoro de los mismos.
i3.- Cesión, subarriendo o traspaso total o parcial de los servicios, sin autorización expresa del Ayuntamiento.
B) La desobediencia reiterada Tendrán la consideración de Infracciones Graves:
1.- El retraso reiterado en la reparación de xxxxxxx.
2.- Irregularidades inadmisibles en la prestación de los servicios, con arreglo a las órdenes escritas transmitidas por condiciones fijadas en el AyuntamientoPresente Pliego.
3.- La reiteración en la Comisión de tres faltas leves anuales.
C) Se considerarán Infracciones Leves todas las demás no previstas anteriormente y que conculquen de algún modo las condiciones establecidas en este Pliego de Condiciones en perjuicio leve de los servicios.
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Samples: Service Agreement
INFRACCIONES. Las infracciones por incumplimiento de las prescripciones de este Pliego o de normas de carácter general aplicables al presente contrato se clasificarán en que pueda incurrir el contratista en la prestación de los servicios, se calificarán como leves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: Se considerarán .
I. Son infracciones muy gravesleves:
aA) El incumplimiento de las condiciones especiales tareas mínimas exigibles de ejecuciónacuerdo con lo establecido en la Memoria Descriptiva
B) No cumplimiento con los plazos de ejecución establecidos para los distintos tipos de ordenes de trabajo.
bC) La paralización Incumplimiento o interrupción no aplicación de las técnicas establecidas en la prestación memoria descriptiva o que no se ajusten al “estado del arte” al uso en el momento en que se realicen los trabajos a saber:
D) Rajado de los servicios corteza o duramen por más de veinticuatro horas, salvo causas de fuerza mayor que lo justifiquenxxxxxx xx xxxx mal realizados.
cE) La prestación manifiestamente defectuosa o irregular Utilización de los servicios, sin existencia de causas externas a la contrata o a los trabajadores.
d) Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria maquinaria y herramientas en el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio, cuando los mismos estén motivados por falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresa.
e) La falta de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
f) La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
g) El incumplimiento repetido de los horarios y/o frecuencias.
h) La no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación o funcionamiento y/o inadecuadas: no utilizar motosierra profesional para trabajos en altura cuando se utiliza la técnica de trepa o escalado de arboles (se trabaja en la copa del árbol, utilizando únicamente a este como soporte en ultima instancia).
F) Omisión del deber de comunicar de inmediato carencias, ausencias o despidos de personal que puedan afectar el rendimiento y el cumplimiento de las Obras.
G) No cumplimiento de los mismosplazos establecidos en el cedulón que notifica la no culminación o realización adecuada de un tratamiento.
iH) La desobediencia reiterada a las órdenes escritas transmitidas por acumulación de tres notificaciones mediante cedulón en un mes.
I) Las riñas o peleas entre operarios durante el Ayuntamientodesempeño del servicio.
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Samples: Licitación Abreviada
INFRACCIONES. Las infracciones en que pueda incurrir cometer el contratista adjudicatario en la prestación de los servicios, ejecución del contrato se calificarán clasificarán como levesmuy graves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: Se considerarán infracciones muy graves:
a) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
b) La paralización leves. Paralización o interrupción de la prestación de los servicios del servicio por más de veinticuatro 24 horas, salvo causas causa de fuerza mayor que lo justifiquen.
c) La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, sin existencia de causas externas a la contrata o a los trabajadores.
d) Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria en el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio, cuando los mismos estén motivados por falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresa.
e) La falta de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
f) mayor. La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
g) urgente del adjudicatario. La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio. El incumplimiento repetido de retraso sistemático en los horarios y/de apertura y cierre del establecimiento, o frecuencias.
h) La no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación de los mismos.
i) La desobediencia reiterada las instalaciones, maquinaria, mobiliario. Desobediencia a las órdenes escritas transmitidas dictadas por el Ayuntamiento. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente pliego sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. El retraso, no sistemático, en la prestación de los servicios. Los incidentes del personal afecto al adjudicatario entre ellos o con los usuarios, tanto en el trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. No presentar puntualmente los partes y sus deficiencias en cuanto a veracidad y falta de información. Cobrar las consumiciones por importe superior al aprobado por el Ayuntamiento para los socios-usuarios. La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. Todas las demás no previstas anteriormente y que, de algún modo, signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este pliego, con perjuicio no grave para el servicio a que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados o elementos.
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Samples: Contract for Services
INFRACCIONES. Las infracciones en que pueda incurrir el contratista en la prestación de los servicios, se calificarán como leves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: Se considerarán infracciones muy graves:
a) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
b) La paralización o interrupción de la prestación de los servicios por más de veinticuatro horas, salvo causas de fuerza mayor que lo justifiquen.
cb) La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, sin existencia de causas externas a la contrata o a los trabajadores.
dc) Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria en el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio, cuando los mismos estén motivados por falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresa.
ed) La falta de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
fe) La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
gf) El incumplimiento repetido de los horarios y/o frecuencias.
hg) La no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación de los mismos.
ih) La desobediencia reiterada a las órdenes escritas transmitidas por el Ayuntamiento.
i) La reiteración en la comisión xx xxxxxx graves.
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Samples: Contract for the Conservation and Maintenance of Green Areas
INFRACCIONES. Las infracciones en que pueda incurrir el contratista en la prestación de los servicios, se calificarán como leves, graves y muy graves, según la tipificación de las mismas que se detalla seguidamente, así como la establecidas a lo largo del presente pliego de condiciones y demás documentación contractual: Se considerarán infracciones muy graves:
a) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
b) La paralización 1.- Paralización o interrupción de la prestación de los servicios por más de veinticuatro horascontratados, salvo causas de fuerza mayor que lo justifiquenmayor.
c) 2.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, sin existencia así como un rendimiento claramente insuficiente en la realización de causas externas a la contrata o a los trabajadorestrabajos.
d) 3.- Incumplimiento de las condiciones indicadas en este pliego.
4.- Reiteración en la comisión de tres faltas graves:
a).- El retraso, sistemático, en la prestación de los servicios.
b).- Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria en el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio.
c).- El no cumplimiento injustificadamente de la planificación establecida, cuando la no presentación puntualmente de los mismos estén motivados por partes mensuales y sus deficiencias en cuanto a veracidad y falta de medios, organización u otras causas imputables a la empresainformación.
e) d).- La falta reiteración en la comisión de elementos tres faltas leves: se considerarán como infracciones leves, todas las demás no previstas anteriormente y que de seguridad necesarios para la prestación del servicio.
f) La algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
g) El incumplimiento repetido grave de los horarios y/servicios a que den lugar las deficiencias en el aspecto del personal o frecuencias.
h) La no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación de los mismosutilizados.
i) La desobediencia reiterada a las órdenes escritas transmitidas por el Ayuntamiento.
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Samples: Licitación