Common use of INFRACCIONES Clause in Contracts

INFRACCIONES. ⮚ Faltas Leves: ▪ La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio de la empresa concesionaria. ▪ El retraso o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Local. ▪ La omisión de datos y la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Local. ⮚ Faltas Graves: ▪ El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación del servicio. ▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipal. ▪ El incumplimiento de los horarios, la no utilización de los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado de conservación de los mismos. ▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias con el personal propio. ▪ Cualesquiera otras negligencias de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar. ⮚ Faltas Muy Graves: ▪ La demora en el comienzo de prestación de los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo causa de fuerza mayor, así co- mo cualquier incumplimiento de las obligaciones del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicas. ▪ Los actos y omisiones que puedan se motivo de peligro par ala seguridad pú- blica, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes de la Ins- pección Municipal. ▪ Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las instalaciones que integran el Servicio. ▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su caso. ▪ Incumplimiento de los criterios que han sido decisivos para la adjudicación. ▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés público.

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Samples: Pliego De Condiciones Tecnicas, Juridicas Y Economico Administrativas Que Ha De Regir en La Contratacion Por Procedimiento Abierto De La Gestión Del Servicio Público De “ Retirada, Traslado, Depósito Y Custodia De Vehículos en La Vía Pública

INFRACCIONES. Faltas Leves: ▪ La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio de la empresa concesionaria. ▪ El retraso o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Local. ▪ La omisión de datos y la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Local. ⮚ Faltas Graves: ▪ El incumplimiento de cualquiera de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación del serviciocondiciones contenidas en los Pliegos y que no constituyan infracción grave o muy grave. ▪ La ocultaciónInterferencia con otros materiales ya instalados, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipalsin causar daños a los mismos. ▪ El incumplimiento Pérdidas de los horarioshoras de trabajo del personal municipal como consecuencia de deficiencias o retrasos en la instalación o servicios, la de hasta un día. ▪ Errores subsanables en el material suministrado y efectivamente subsanados en plazo no utilización de los medios superior a 15 días. ▪ Interferencia con otros materiales ofertados o autorizadosya instalados, así como el mal estado de conservación de produciendo daños a los mismos. ▪ Pérdida de horas de trabajo del personal municipal como consecuencia de deficiencias o retrasos en la instalación o servicios, superior a un día e inferior a una semana. ▪ Errores subsanables en el material suministrado y efectivamente subsanados en plazo superior a 15 días e inferior a 30 días. ▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias impuestas al adjudicatario del contrato en el art. 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el personal propiola subcontratación. ▪ Cualesquiera otras negligencias El incumplimiento de carácter gravelas instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones. ▪ La entrega de elementos distintos a los ofertados, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condicióntengan características diferentes, atendiendo a las consecuencias que no se adecúen al uso destinado o que supongan una menor calidad en alguno de las mis- mas se pudieran derivarsus componenetes o piezas, o en su totalidad. ⮚ Faltas Muy Graves: ▪ La demora injustificada en la entrega o instalación o puesta en servicio de elementos sobre el plazo previsto, cuando supongan perjuicios para la puesta en marcha o funcionamiento del Centro. ▪ Interferencia con otros productos ya instalados, produciendo destrucción en los mismos. ▪ Pérdida de horas de trabajo del personal municipal como consecuencia de deficiencias o retrasos en la instalación o servicios, superior a una semana. ▪ Errores subsanables en el comienzo material suministrado y nosubsanados en plazo de prestación 30 días. ▪ El incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo causa Pliegos de fuerza mayor, así co- mo cualquier Condiciones ▪ El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicas. ▪ Los actos y omisiones que puedan se motivo de peligro par ala seguridad pú- blica, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes de la Ins- pección Municipal. ▪ Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las instalaciones que integran el Servicio. ▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su caso. ▪ Incumplimiento de los criterios que han sido decisivos para la adjudicación. ▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del “Suministro

INFRACCIONES. ⮚ Faltas Leves: ▪ El Ayuntamiento de Calera y Chozas podrá exigir responsabilidad al adjudicatario por infracción de sus deberes, con independencia de lo procedente respecto a la resolución del contrato. Las infracciones se tipificaran en leves, graves y muy graves. • El retraso injustificado hasta 1 mes en las obligaciones contraídas por el adjudicatario. • La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio desobediencia ocasional a las órdenes de la empresa concesionariaAlcaldía, sobre control e inspección de las instalaciones. • El cierre de las instalaciones de hasta quince días sin causa justificada. • El retraso o en el pago del canon por plazo no superior a quince días. • No atender al público con la tardanza de minutos debida diligencia. • El retraso injustificado superior a 1 mes e inferior a 2 meses en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos las obligaciones contraídas por el adjudicatario. • La desatención sistemática del adjudicatario a las observaciones y disposiciones que realice por la Policía LocalAlcaldía. La omisión actuación del adjudicatario que dé lugar a la depreciación de datos y las instalaciones. • La negativa o resistencia a facilitar la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados información requerida por la Policía LocalAlcaldía para el cumplimiento de los fines de inspección. ⮚ Faltas Graves: ▪ El incumplimiento ejercicio de una actividad sobre las instalaciones que no sea la que tiene por objeto el contrato. • El cierre de las órdenes dictadas instalaciones por el Ayuntamiento relativas a la prestación del serviciomás de quince días y hasta un mes sin causa justificada. ▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipal. ▪ El incumplimiento de los horarios, la no utilización de los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado de conservación de los mismos. ▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias con el personal propio. ▪ Cualesquiera otras negligencias de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar. ⮚ Faltas Muy Graves: ▪ La demora retraso en el comienzo pago del canon por periodo superior a quince días e inferior a un mes. • Hacer uso de prestación instrumentos musicales, aparatos reproductores de los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestaciónsonido, salvo causa de fuerza mayormegafonía, así co- mo cualquier incumplimiento de las obligaciones radios, televisión y similares por encima del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicas. ▪ Los actos y omisiones que puedan se motivo de peligro par ala seguridad pú- blicanivel legalmente permitido, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes alteración de la Ins- pección Municipaltranquilidad de los vecinos por los usuarios del Bar. • El no mantener las instalaciones en condiciones óptimas de limpieza y conservación. • Transgredir la zona y horarios establecidos para el ejercicio de la actividad. • Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave actuación que ponga en peligro el cumplimiento del objeto de la adjudicación. • Sobrepasar el horario de apertura y cierre establecido por el Ayuntamiento. • Aquellas actuaciones del concesionario que constituyan una reiteración de supuesto de hecho calificados como infracciones graves. • No prestar la debida diligencia y cuidado en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente conservación de las instalaciones que integran en su día revertirán al Ayuntamiento. • La realización de obras de ampliación de las instalaciones incluidas las de carácter provisional o desmontable, sin el Servicioprevio consentimiento de este Ayuntamiento. ▪ Alteración • La falta de pago del canon por periodo superior a un mes. • Ceder o traspasar la explotación de las instalaciones a terceros sin autorización previa de este Ayuntamiento o mantener el cierre de las instalaciones por periodo superior a un mes sin causa justificada. • La falta de constitución del seguro de responsabilidad civil o impago de las primas. • No respetar los precios aprobados por el Ayuntamiento. - El cierre de las instalaciones por más de un mes sin causa justificada. Independientemente de las sanciones, cuando se produjeren daños al terreno o a las instalaciones y no cobro injustificado sean consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, la Administración podrá exigir la restauración de los elementos dañados. La comisión de infracciones dará lugar a la imposición de sanciones con arreglo a las siguientes cuantías: • Las infracciones leves con multa de hasta 30 euros y cierre de las instalaciones por periodo xxxxxx xx xxxx días. Estas sanciones se podrán aplicar de forma conjunta o separada. • Las infracciones graves se sancionaran con multa de hasta 60 euros y el cierre de las instalaciones por periodo no superior a veinte días. Estas sanciones se podrán aplicar de forma conjunta o separada. • Las infracciones muy graves se sancionaran con multa de hasta 1500 euros y el cierre de las instalaciones por plazo de hasta un mes. Estas sanciones se podrán aplicar de forma conjunta o separada. En caso de reincidencia o reiteración en la recaudación comisión de infracciones graves o muy graves podrá ser declarada la extinción del contrato sin derecho a indemnización, e independientemente de la adopción de cualquier otra medida que legalmente proceda. La cuantía de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondientesanciones podrá ser actualizada durante la vigencia de la concesión, en su caso. ▪ Incumplimiento sin rebasar los porcentajes derivados del índice del I.P.C. Las sanciones se impondrán por acuerdo del órgano de los criterios que han sido decisivos para contratación previa audiencia a la adjudicación. ▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés públicoempresa concesionaria.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Gestión Del Bar Del Hogar Del Pensionista Por Procedimiento Abierto

INFRACCIONES. Faltas Leves: ▪ La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio de la empresa concesionaria. ▪ El retraso o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Local. ▪ La omisión de datos y la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Local. Faltas Graves: ▪ El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación del servicio. ▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipal. ▪ El incumplimiento de los horarios, la no utilización de los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado de conservación de los mismos. ▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias con el personal propio. ▪ Cualesquiera otras negligencias de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar. Faltas Muy Graves: ▪ La demora en el comienzo de prestación de los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo causa de fuerza mayor, así co- mo cualquier incumplimiento de las obligaciones del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicas. ▪ Los actos y omisiones que puedan se motivo de peligro par ala seguridad pú- blica, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes de la Ins- pección Municipal. ▪ Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las instalaciones que integran el Servicio. ▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su caso. ▪ Incumplimiento de los criterios que han sido decisivos para la adjudicación. ▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés público.

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Samples: Pliego De Condiciones Tecnicas, Juridicas Y Economico Administrativas Que Ha De Regir en La Contratacion Por Procedimiento Abierto De La Gestión Del Servicio Público De “ Retirada, Traslado, Depósito Y Custodia De Vehículos en La Vía Pública

INFRACCIONES. Faltas Leves: ▪ La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio de la empresa concesionaria. ▪ El retraso o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Local. ▪ La omisión de datos y la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Local. ⮚ Faltas Graves: ▪ El incumplimiento de las órdenes dictadas por la obligación contenida en la cláusula 17.6 de aportar, con anterioridad al vencimiento de la validez de los certificados inicialmente presentados y hasta la finalización del contrato, así como en caso de prórroga del mismo, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en el Ayuntamiento relativas a cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la prestación del servicio. ▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección MunicipalSeguridad Social. ▪ El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en los horarios, Pliegos y que no constituyan infracción grave o muy grave. ▪ Demora inferior a dos días en la no utilización puesta en servicio de fotocopiadora o en el plazo de reparación mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada. ▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo superior a dos días e inferior a cinco días. ▪ Demora superior a dos días e inferior a cuatro en la reparación de fotocopiadoras o en el plazo de entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa justificada. ▪ Errores subsanables en el material entregado y efectivamente subsanados en plazo superior a dos días e inferior a cinco días. ▪ El incumplimiento de las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado Pliegos de conservación de los mismosCondiciones. ▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias impuestas al adjudicatario del contrato en el art. 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el personal propiola subcontratación. ▪ Cualesquiera otras negligencias Demora superior a cuatro días en la reparación de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar. ⮚ Faltas Muy Graves: ▪ La demora fotocopiadoras o fax o en el comienzo plazo de prestación de los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo entrega mejorado ofertado por el adjudicatario sin causa de fuerza mayor, así co- mo cualquier incumplimiento de las obligaciones del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicasjustificada. ▪ Los actos Errores subsanables en el material entregado y omisiones que puedan se motivo no subsanados en el plazo de peligro par ala seguridad pú- blica, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes de la Ins- pección Municipal. ▪ Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las instalaciones que integran el Servicio. ▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su casocinco días. ▪ Incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social vigente. ▪ Interrupción del servicio durante dos días consecutivos por causa imputable al adjudicatario. ▪ Incumplimiento reiterado de las instrucciones emanadas del responsable del contrato. ▪ El incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los criterios Pliegos de Condiciones. ▪ El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitador y que han hayan sido decisivos objeto de valoración para la su adjudicación. ▪ Cualquier otro El incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés públicocualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación

INFRACCIONES. Faltas Leves: ▪ La falta o deficiencias en la uniformidad del personal, limpieza o estado de atención y consideración al usuariolos equipos, por personal al servicio de la empresa concesionaria. ▪ El retraso útiles o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Localherramientas. ▪ La omisión no existencia de datos materiales para aseos personales, cuartos de baño y similares, indicada más de una vez por semana. ▪ La no prestación del servicio con las debidas garantías de seguridad e higiene. ▪ La no aportación de la tardanza documentación requerida por el Ayuntamiento en plazo y forma. ▪ Cualquier anomalía por incumplimiento de horas las condiciones señaladas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Localel pre- sente Pliego y oferta presentada y que a juicio del Ayuntamiento merezcan tal ca- lificación. Faltas Graves: ▪ El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación municipales sobre modificaciones del servicio. ▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipalno impliquen mayor gasto. ▪ El incumplimiento de los horarios, la no utilización de los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado de conservación de los mismosservicios extraordinarios solicitados. ▪ El La no prestación del servicio de limpieza en alguna dependencia, si n causa justi- ficada. ▪ Causa voluntaria de daños materiales en los locales o inmuebles. ▪ Haber sido requerido el adjudicatario por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social por falta de pago de las cuotas del personal adscrito al Servicio o por la Inspección de Trabajo por infracción grave en materia de Seguridad e Higiene. ▪ Cualquier incumplimiento de las obligaciones reglamentarias condiciones del contrato no contempladas ante- riormente y catalogadas como tales por el Ayuntamiento. ▪ Contravenir lo dispuesto en la cláusula 1.4.4. de las Condiciones Técnicas anexas al presente Pliego, referente a la utilización excepcional de Empresas de Trabajo Temporal. ▪ Incumplimiento de las instrucciones que, de acuerdo con el personal propioPliego de Condicio- nes, imparta el Responsable del Contrato. ▪ Cualesquiera otras negligencias de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar. ⮚ Faltas Muy Graves: ▪ La demora Ceder, subarrendar o traspasar todo o parte del servicio contratado, bajo cualquier modalidad o tributo sin la previa autorización municipal. ▪ Fraude en el comienzo la forma de prestación de los servicios sobre la prevista servicios, no utilizando los medios ade- cuados o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo causa de fuerza mayor, así co- mo cualquier elementos esenciales. ▪ Cualquier incumplimiento de las obligaciones condiciones del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicascontrato no contemplados ante- riormente y catalogados como tales por el Ayuntamiento. ▪ Los actos y omisiones que puedan Incumplimiento reiterado de las instrucciones que, de acuerdo con el Pliego de Condiciones, imparta el Responsable del Contrato. En aquellas infracciones no tipificadas entre las anteriores se motivo de peligro par ala seguridad pú- blicaestará a su gravedad, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx. ▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes bienes, trascendencia social del hecho objeto de la Ins- pección Municipal. ▪ Cualquier práctica defraudatoria infracción o irregularidad grave en benefi- cio ilícito del adjudicatario, pudiéndose llegar a la forma xx xxxxxx- ción resolución del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto. ▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente contrato si conlleva un incumplimiento de las instalaciones que integran el Servicio. ▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas. ▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su caso. ▪ Incumplimiento de los criterios que han sido decisivos para la adjudicación. ▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés públicocondiciones del presente Pliego.

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Samples: Pliego De Condiciones Tecnicas, Juridicas Y Economico Administrativas Que Ha De Regir en La Contratacion Por Procedimiento Abierto Del “Servicio De Limpieza De Inmue Bles Y Edificios Municipales