INSPECCIÓN Y CONTROL Cláusulas de Ejemplo

INSPECCIÓN Y CONTROL. Cód. Validación: AR2S6GWMKKRF9NCCCY33GSTJ4 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 30 El control de calidad tanto de materiales como, en el caso de los suministros de fabricación, de los métodos de fabricación de los bienes, se desarrollará por el adjudicatario de acuerdo con su propio sistema interno de control de calidad, sin perjuicio de la potestad de Ayuntamiento de verificar en cualquier momento la realización por parte de adjudicatario de dichos controles de calidad. Los materiales que suministrar han de ser de primera calidad, teniendo que aportar certificado de garantía y marcado CE cuando así se precise y estarán amparados en el reglamento europeo de control de materiales I.S.O. El adjudicatario estará obligado a la corrección inmediata de los defectos o irregularidades que se detecten en esas inspecciones, sin derecho a indemnización por ello. Todos aquellos materiales y productos dentro del presente pliego de prescripciones técnicas como parte del suministro serán de marcas de calidad y cumplirán la normativa aplicable UNE, EN, CEI, CE, AENOR, CPR, etc. Y dispondrán de documentación que lo acredite. Sus características se ajustarán a la normativa vigente. El responsable del contrato podrá solicitar los certificados de calidad, ensayos y pruebas de laboratorios, rechazando, retirando y solicitando su reemplazo, aunque Servicio de Ingeniería e Infraestructuras página 28 hayan sido servidos previamente, y que a su parecer perjudiquen en cualquier grado el aspecto, seguridad o bondad del elemento. Además, para cada elemento nuevo que no haya sido previamente servido, se deberá aportar junto con los materiales, las indicaciones técnicas necesarias para su correcto uso, debiendo marcarse con las siguientes indicaciones mínimas: − Identificación del fabricante − Marca y modelo − Cualquier otra indicación referente al uso específico del material, asignado al fabricante.
INSPECCIÓN Y CONTROL. El adjudicatario vendrá obligado a establecer la organización del personal necesaria, disponiendo los correspondientes mandos intermedios, para garantizar el correcto control y cumplimiento de los servicios incluidos dentro del contrato. Así mismo, el adjudicatario, dentro del precio del contrato, deberá establecer un sistema de control informatizado que permita a los responsables municipales conocer en todo momento las posibles incidencias surgidas en cada uno de los centros, tareas programadas, modificaciones previstas, asistencia del personal, dedicación en cada uno de los centros etc… estableciendo cuantas medidas o sistemas adicionales sean necesarios para poder llevar a cabo dichos controles. La aplicación deberá garantizar la inalterabilidad de la misma con el objeto de que no se factible alterar los datos de la misma por parte de los responsables de la empresa o municipales. Esta aplicación deberá contar con un acceso via web de tal modo que pueda consultarse, con los parámetros de seguridad necesarios, por los responsables municipales, con el fin de evaluar el cumplimiento del contrato. Por otra parte, el Ayuntamiento, independientemente del control que realice el adjudicatario, podrá inspeccionar en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios por parte del adjudicatario. Las funciones de los responsables municipales que ejerzan el control del contrato, serán: - Controlar que las tareas se efectúen correctamente y en la forma estipulada por el personal establecido. - Comprobar si los equipos, maquinarias y herramientas que hayan de utilizarse en la realización de las tareas, satisfacen las condiciones del presente pliego. - Vigilar si el aseo, vestuario, competencia y número del personal afecto a la plantilla del adjudicatario reúne las condiciones establecidas. - Obligatoriamente esta inspección se realizará con la presencia del responsable designado por el adjudicatario, de la cual se deberá dejar constancia mediante acta. Por parte de los centros se procederá a comunicar al Negociado de Educación del Ayuntamiento cuantas incidencias detecten en el servicio y de las que se dará traslado a los responsables municipales El Ayuntamiento, dadas las limitaciones de medios y personal, así como la diferencia de horarios laborales municipales y los previstos en el encontrado, con el objeto de mejorar la calidad del servicio prestado por el adjudicatario, así como para disponer de un mayor número de datos, en base a la oferta realizada...
INSPECCIÓN Y CONTROL. SELAE tendrá el derecho a comprobar la calidad y características de toda índole del Servicio objeto del contrato, pudiendo recabar del adjudicatario cuanta información estime necesaria. Asimismo, durante la ejecución del contrato, SELAE mantendrá la supervisión permanente del mismo pudiendo participar directamente en las negociaciones que se realicen ante terceros, contando siempre con el asesoramiento continuo del adjudicatario.
INSPECCIÓN Y CONTROL. Coordinador del servicio: Encargado del servicio:
INSPECCIÓN Y CONTROL. El beneficiario/a de las subvenciones deberá:
INSPECCIÓN Y CONTROL. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se reserva todas las facultades para inspeccionar, vigilar y controlar la ejecución de los trabajos objeto de la presente licitación. RENFE Viajeros S.M.E., S.A., como destinataria de los trabajos, supervisará las tareas para lograr los objetivos de los trabajos en base las Especificaciones Técnicas y a la propia oferta del licitador. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. también puede proponer las modificaciones que convenga introducir, y, en su caso, la suspensión de los trabajos si existe causa motivada. A estos efectos, el adjudicatario dará a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. las máximas facilidades para que puedan ejercitarse las mencionadas facultades de inspección y control sobre el objeto de la presente licitación, suministrando al personal inspector que ésta designe, cuantos datos se le solicite. Por su parte, el adjudicatario efectuará un riguroso control sobre la calidad de los trabajos prestado, para constatar la perfecta realización de las operaciones programadas o atendidas. De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario asume, bajo su exclusiva responsabilidad, cualquier defecto en las operaciones realizadas. Caso de que los trabajos inspeccionados no reunieran las condiciones exigidas, se indicará al adjudicatario que corrija los defectos que hubiese.
INSPECCIÓN Y CONTROL. El concesionario deberá cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones sin perjuicio de las facultades de inspección y control que corresponden a la Administración, cuyos representantes podrán visitar el Centro en cualquier momento para constatar que tanto sus instalaciones como la dotación del personal y la prestación de servicios, se ajusta a lo estipulado y a la normativa en vigor de la Administración Autonómica.
INSPECCIÓN Y CONTROL. Mercasevilla llevará a cabo el control e inspección necesario para asegurar el cumplimiento de las condiciones contractuales, pudiendo adoptar en cualquier momento las medidas de control que considere oportunas. El Adjudicatario estará obligado a la corrección inmediata de los defectos o irregularidades que se detecten en esas inspecciones. Los responsables de Mercasevilla tendrán derecho al acceso a las dependencias e instalaciones generales, debiendo el Adjudicatario facilitar dicho acceso para que puedan realizarse las comprobaciones pertinentes. Cualquier aprobación que se produzca en estas inspecciones tendrá carácter provisional, no relevando al Adjudicatario de sus obligaciones contractuales.
INSPECCIÓN Y CONTROL. 1.- El Ayuntamiento ejercerá las funciones de inspección y control que estime necesarias para comprobar que el servicio se ha efectuado o se está efectuando según lo previsto en la programación aprobada, asignando los medios propuestos y obteniendo los resultados ofertados.
INSPECCIÓN Y CONTROL. Las empresas beneficiarias de las subvenciones deberán: