LICITACIÓN DESIERTA. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego (Art. 151.3 TRLCSP).
LICITACIÓN DESIERTA. La licitación se declarará desierta en los siguientes casos:
1. Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
2. Si en cualquier momento del procedimiento no existe al menos un licitante que continúe en el mismo, por cualquier causa.
3. Si sus precios no fueran aceptables para esta API, de conformidad con lo dispuesto en el punto 1.F de esta Convocatoria y con lo establecido en los artículos 51 del RLAASSP.
LICITACIÓN DESIERTA. La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, declarará desierta la licitación cuando a su juicio las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de ésta convocatoria a la licitación, sus precios de insumos no fueren aceptables, cuando ninguna persona adquiera las bases, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
LICITACIÓN DESIERTA. Conforme al artículo 94 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, el Comité declarará desierta la licitación o partida cuando:
6.1 No se adquieran las Bases cuando menos tres Licitantes.
6.2 En el acto de Presentación y Apertura de Ofertas no se encuentran por lo menos tres Licitantes que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
6.3 Se considere que ninguna de las ofertas evaluadas por el Comité, reúne los requisitos de las presentes Bases o cuando se acredite de manera fehaciente que los precios de todos los bienes a contratar resultaren precios no aceptables; y
6.4 Cuando a juicio del Comité resulte conveniente por razones de interés público, en este supuesto, se justificará plenamente dicho interés de manera técnica y jurídica. En el supuesto de declarar desierta la Licitación, el Comité podrá optar por emitir una segunda convocatoria o bien por adjudicar directamente el contrato.
LICITACIÓN DESIERTA. Partida Desierta.
LICITACIÓN DESIERTA. “LA CONVOCANTE” procederá a declarar desierta la licitación cuando:
17.3.1 Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos de las bases de licitación o sus precios de insumos no fueren aceptables;
17.3.2 Ninguna persona adquiera las bases de licitación, o
17.3.3 No se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
17.3.4 Los precios de las proposiciones presentadas por los licitantes no sean aceptables, debido a que se propongan importes que no puedan ser pagados por “LA CONVOCANTE”.
LICITACIÓN DESIERTA. El SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, declarará desierta la invitación a licitación cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la invitación o los precios de sus insumos no fueren aceptables.
LICITACIÓN DESIERTA. 19.1. La Convocante podrá declarar desierta total o parcialmente la Licitación cuando:
a) No se presenten Propuestas;
b) Los Interesados no reúnan los requisitos solicitados en la Precalificación, o
c) Todas las Propuestas sean desechadas.
19.2. En su caso, en el Fallo se explicará la razón o razones por las que la Licitación fue declarada desierta, lo cual no impondrá a la Convocante obligación alguna de reembolsar a los Licitantes los gastos en los que hayan incurrido a causa de participar en la Licitación.
LICITACIÓN DESIERTA. La Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, declarará desierta la licitación cuando a su juicio la totalidad de las proposiciones presentadas por los licitantes no reúnan los requisitos de esta convocatoria a la licitación o sus precios de insumos no fueren aceptables; cuando ninguna persona obtenga la convocatoria, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones, señalándose en el fallo las causas que lo motivaron. Se considera que los precios de los insumos contenidos en las proposiciones no son aceptables cuando se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se desprendan de la investigación xx xxxxxxx que se realice para la presupuestación de los trabajos, o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado de manera previa por parte de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo y no sea factible pagarlos.
LICITACIÓN DESIERTA. La licitación se declarará desierta en los siguientes casos:
A) Si vencido el plazo de venta de las bases de licitación, nadie las adquiere.
B) Si no se registra cuando menos un licitante al acto de presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas.
C) Si al abrir las propuestas, no se encuentra cuando menos una que cumpla con todos los requisitos establecidos en las bases de la licitación.
D) Si en cualquier momento del procedimiento no existe al menos un licitante que continúe en el mismo, por cualquier causa.
E) Si sus precios no fueran aceptables para la Universidad xx Xxxxxx.