LOCALIZACIÓN MÚLTIPLE Cláusulas de Ejemplo

LOCALIZACIÓN MÚLTIPLE. Cuando en el presente contrato póliza exista más de una zona de riesgo, queda entendido y convenido que el límite máximo de responsabilidad de OCEANICA, afectará la suma de los montos asegurados en cada zona de riesgo reportada. El asegurado podrá hacer traslado de los equipos asegurados entre las diferentes zonas de riesgo reportadas en el contrato de seguro. En el evento de un siniestro en cualquiera de ellas, la máxima responsabilidad de OCEANICA será hasta por el monto total asegurado en el contrato. No se aplicará infraseguro en un siniestro, cuando al sucederse el evento, el monto total de los equipos asegurados en las diferentes localizaciones descritas en la póliza, no resulte mayor al monto total asegurado en ese rubro. El Asegurado se obliga a mantener un sistema de control que le permita determinar, en cualquier momento y con exactitud, en qué zona se encuentran ubicados los equipos asegurados en este contrato. De no cumplir con lo anterior, el Asegurado conviene que al producirse un siniestro, procederá de inmediato a efectuar, en coordinación con OCEANICA, los respectivos inventarios para determinar, de existir, la proporción de infraseguro. Este porcentaje de infraseguro global se aplicará al monto asegurado en la zona de riesgo afectada.
LOCALIZACIÓN MÚLTIPLE. A solicitud del Asegurado y/o Tomador y previa aceptación por parte del Instituto, es posible otorgar a la mercancía la protección de “localización múltiple”. El límite máximo de responsabilidad del Instituto en el rubro de mercancía, corresponde a la suma de los montos Asegurados en cada localización, bodega o zona de fuego. El Asegurado podrá trasladar la mercancía entre las diferentes bodegas o zonas establecidas en el contrato de seguro. En caso de siniestro en una de ellas, la máxima responsabilidad del Instituto será hasta por el monto total Asegurado en la póliza para el rubro de mercancía. No se aplicará infraseguro cuando al suceder un evento, el monto total de mercancía expuesto en las diferentes localizaciones aseguradas en la póliza, no resulte mayor al monto total Asegurado en ese rubro. Pero si al comparar el monto total de la mercancía expuesto en las diferentes localizaciones con el monto total Asegurado en la partida de mercancía de la póliza, se refleja una diferencia (infraseguro), ese infraseguro se considerará como la proporción en que se participará al Asegurado en el monto de la pérdida o daños que resulten en la zona afectada. El Asegurado se obliga a mantener un sistema contable que permita llevar el control de las existencias en cualquiera de las bodegas donde se deposite mercancía asegurada en este seguro, de tal manera que permita conocer las existencias reales en cada una de las localizaciones en cualquier momento. De no cumplir con lo anterior, el Asegurado conviene que al producirse un siniestro, procederá de inmediato al cierre de las bodegas y efectuar, en coordinación con el Instituto, los respectivos inventarios para determinar, de existir, la proporción de infraseguro. Este porcentaje de infraseguro global se aplicará al monto de la pérdida en la zona afectada. El riesgo de transporte entre bodegas no está cubierto, salvo pacto en contrario, por lo que el presente seguro se inicia en el momento en que los bienes (mercancía) se depositan en el destino final o transitorio, establecido en la póliza.
LOCALIZACIÓN MÚLTIPLE. El límite máximo de responsabilidad de OCEÁNICA en el rubro de Existencias, corresponde a la suma de los montos asegurados en cada localización, bodega o zona de fuego asegurados en este contrato. No se aplicará infraseguro en un siniestro, cuando al suceder el evento, el monto total de existencias expuesto en las diferentes localizaciones aseguradas en la póliza, no resulte mayor al monto total asegurado en ese rubro. El Asegurado se obliga a mantener un sistema contable que permita llevar el control de las existencias en cualesquiera de las bodegas donde se deposite existencia cubierta por este seguro, de tal manera que permita conocer las existencias reales en cada una de las localizaciones en cualquier momento. De no cumplir con lo anterior, el Asegurado conviene que al producirse un siniestro, procederá de inmediato al cierre de las bodegas y efectuar, en coordinación con OCEÁNICA, los respectivos inventarios para determinar, de existir, la proporción de infraseguro. Este porcentaje de infraseguro global, si existiese, se aplicará al monto de la pérdida en la zona afectada. Si el contrato funciona bajo la modalidad de Declaraciones Mensuales, el Asegurado debe entregar los reportes escritos que muestren el valor promedio de la existencia existente al finalizar cada mes, presentando la información en forma global para las zonas aseguradas.

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  • Señalización INCISO: 2.1 Protocolo de señalización.

  • Fiscalización (Para contratos de ejecución de obra) Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, participación ecuatoriana mínima, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato. La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte del contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales sin la justificación técnica correspondiente. En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y el contratista, éste último podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia que se hubiera presentado. Únicamente en los procedimientos cuya cuantía se igual o superior al de Licitación, para asegurar y evidenciar el cumplimiento de los resultados del estudio de desagregación tecnológica, los funcionarios responsables de la administración y fiscalización del contrato constatarán, validarán y exigirán que en las planillas de ejecución de trabajos o avance de obra, se incluyan los resultados de verificación del origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecución de los trabajos a ser planillados, con base a la supervisión in situ de los trabajos, las facturas de provisión de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS de la mano de obra. En las Actas de Entrega-Recepción de las obras contratadas, cuya cuantía sea igual o superior al previsto para Licitación, sean estas parciales, provisional o definitiva, se incluirá la declaración del contratista respecto de la aplicación e implementación de los resultados de los Estudios de Desagregación Tecnológica y cumplimiento del porcentaje de participación ecuatoriana mínimo a través de los componentes mano de obra, materiales, equipos y servicios.

  • FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA  Los contratos por tiempo indefinido objeto de las ayudas podrán celebrarse a tiempo completo o a tiempo parcial y deberán formalizarse por escrito en el modelo que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Se comunicará al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez que sea aprobado el Informe Final de Conformidad.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • COTIZACIÓN La cotización deberá contener: 1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el pliego de bases y condiciones particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego de bases y condiciones particulares.

  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII