MANO DE OBRA. En el monto a consignar para el ítem mano de obra se entenderá comprendido todo insumo necesario para la ejecución integral del contrato de acuerdo al fin para el cual fue destinado, incluyendo todos los trabajos accesorios que resulten indispensables para permitir la adecuada ejecución de la obra.
MANO DE OBRA. Es obligación del Contratista suministrar y mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción del Contratante, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros que se requieran. Cuando a juicio de la Interventoría, el personal al servicio de la obra resultare insuficiente o sin la experiencia necesaria, el Contratista procederá a contratar el personal que haga falta y la mano de obra calificada que se requiera, sin ningún costo para el Contratante. El Contratista deberá mantener en los sitios de las obras por lo menos un (1) profesional de la rama correspondiente (ingeniero civil o arquitecto) a la actividad predominante de los trabajos objeto de esta contratación, con tarjeta profesional vigente; con amplias facultades para decidir y resolver los problemas que eventualmente se presenten en relación con el contrato. Todas las instrucciones y notificaciones que la Interventoría le imparta al representante del Contratista, se entenderán como hechas a éste. El personal que emplee el Contratista será de su libre elección y remoción. No obstante lo anterior, el Contratante se reserva el derecho de solicitar al Contratista el retiro o traslado de cualquier trabajador suyo, si la Interventoría considera que hay motivo para ello. Las indemnizaciones que se causaren por concepto de terminación unilateral de contratos de trabajo, son por cuenta del Contratista. Toda orden de retiro o traslado de personal impartida por la Gerencia de Obra, deberá ser ejecutado por el Contratista dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación escrita en ese sentido. Es obligación del Contratista suscribir contratos individuales de trabajo con el personal que utilice en la obra y presentar a la Gerencia de Obra copia de esos contratos. Además, deberá entregar, conforme a las fechas acordadas en los respectivos contratos, copias de las planillas de pago de salarios suscritas por los trabajadores, con indicación de las respectivas cédulas de ciudadanía. Igualmente, antes de iniciarse las obras y en la medida que se vaya enganchando personal, el Contratista deberá presentar relaciones de personal con los siguientes datos: Nombre Documento de identificación Libreta Militar Certificado de servicios con el Contratista u otro patrono. Domicilio. Cargo que desempeña. Salarios Personas a cargo Y los que requieran la Interventoría para poder hacer las respectivas...
MANO DE OBRA. Contratación de personal y mano de obra. El Contratista proporcionará y empleará en el Lugar de las Obras para la ejecución de las Obras la mano de obra calificada, semicalificada y no calificada que sea necesaria para la ejecución adecuada y oportuna del Contrato. Se alienta al Contratista, en la medida de lo posible y razonable, a emplear personal y mano de obra con las calificaciones y experiencia apropiadas xx xxxxxxx dentro del País. A menos que se estipule otra cosa en el Contrato, el Contratista será responsable del reclutamiento, el transporte, el alojamiento y las instalaciones de bienestar de acuerdo con la Subcláusula 9.4.6 del CGC, del Personal del Contratista, y de todos los pagos relacionados con el mismo. El Contratista proporcionará la información y documentación al Personal del Contratista que sea clara y comprensible con respecto a sus términos y condiciones de empleo. La información y la documentación establecerán sus derechos en virtud de las leyes laborales pertinentes aplicables al Personal del Contratista (que incluirá los convenios colectivos aplicables), incluidos sus derechos relacionados con las horas de trabajo, salarios, horas extra, compensación y beneficios, así como los que surjan de cualquier requisito en las Especificaciones. Se informará al Personal del Contratista cuando ocurran cambios materiales en sus términos o condiciones de empleo.
MANO DE OBRA. Los técnicos que han de participar en la ejecución de los trabajos, deberán contar con los siguientes conocimientos y habilidades: - Cumplir con los requerimientos del reglamento interno de control de la APITOPO . - Responsable con la seguridad en los trabajos que realice. - Habilidades en el manejo de personal. - Conocimientos en el manejo de equipos especializados en la ejecución de los trabajos. - Conocimiento en el manejo de recolección de residuos sólidos peligrosos. Todos los trabajadores sin excepción, deberán estar afiliados al IMSS y provistos con equipo de seguridad: casco, botas industriales de seguridad, chalecos con franjas reflejantes, tapones de oídos, uniforme de algodón, faja de protección lumbar, googles o lentes de seguridad, y guantes de carnaza, según la especialidad de los trabajadores. El presente apartado detalla las especificaciones particulares de construcción que el LICITANTE deberá considerar en la integración de su proposición, las cuales forman parte de la presente CONVOCATORIA, así como el compromiso contractual que adquiera el adjudicado. Estas especificaciones, en conjunto con las normas aplicables, dictan las disposiciones que deberán llevarse a cabo para la ejecución de los trabajos. El análisis, cálculo e integración de los precios unitarios para los conceptos de trabajo deberá guardar congruencia con los procedimientos constructivos o la metodología de ejecución de los trabajos, con el programa de ejecución convenido, así como los programas de utilización de personal y de maquinaria y equipo de construcción, debiendo tomar en cuenta los costos vigentes de los materiales, recursos humanos y demás insumos necesarios en el momento y en la zona donde se llevarán a cabo los trabajos. De las consideraciones realizadas en la integración de los precios unitarios, el LICITANTE que resulte adjudicado del proceso de evaluación, deberá traducirlas a la ejecución de los trabajos hasta alcanzar satisfactoriamente el objetivo del concepto de trabajo. Cabe señalar, que para el caso en que un LICITANTE resulte adjudicado por haber obtenido la mayor puntuación o unidades porcentuales en el proceso de evaluación, aún y cuando se presentasen deficiencias técnicas y/o económicas en el análisis de precio unitario de uno o varios de los conceptos de trabajo, dicho CONTRATISTA está obligado a la correcta ejecución de cada uno de los conceptos, en forma congruente y satisfactoria a lo solicitado en la descripción y especificación particular de ...
MANO DE OBRA. INSUMO X A+B+C+. N=1 DONDE: EI, EF. INDICE DE MATERIALES DE CONSTRUCCION APLICABLES EN LA FECHA BASICA Y EN LA FECHA DE AJUSTE RESPECTIVAMENTE.
MANO DE OBRA. Para llevar adelante los trabajos específicos de restauración, el Concesionario solo podrá emplear personal (especialistas, profesionales, técnicos y operarios) competente, con entrenamiento y experiencia en este tipo de obras y en el tipo de sistemas y materiales a intervenir. La coordinación técnica de dicho personal será de responsabilidad del COORDINADOR TÉCNICO DE RESTAURACIÓN. Durante el desarrollo de los trabajos de restauración, todo el personal abocado a dichas tareas deberá estar provisto de ropa de trabajo (pantalón y camisa), distintiva de la empresa y llevar –todo el tiempo- una credencial visible. En caso contrario, la INSPECCIÓN DE OBRA podrá solicitar su retiro de la obra y/o la suspensión de las tareas, hasta tanto esta situación se haya subsanado. Dentro del predio, el personal solo podrá desplazarse por los lugares expresamente habilitados para ello, debiendo respetar las indicaciones respecto del comportamiento que deberán mantener en relación a los animales que se pudieran encontrarse en él. PLIEG-2019-15956828-GCABA-DGABC 20
MANO DE OBRA. Es la fuerza laboral humana necesaria para llevar a cabo de manera eficiente y rentable, las diferentes actividades contempladas para el establecimiento y mantenimiento de una plantación forestal.
1.1.1. Mano De Obra No Calificada:
MANO DE OBRA. Entrenamiento para el Trabajo. Los trabajadores incorporados a un proyecto de obra en el marco de ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO percibi- rán en forma directa y personal una ayuda económica no remunerativa mensual de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($ 1.300), durante el plazo de duración del proyecto. La Entidad Responsable podrá abonar a los trabajadores participantes una ayuda económica complementaria. Esta participación de los trabajadores en los proyectos tendrá el carácter de un ENTRENAMIEN- TO PARA EL TRABAJO, rigiéndose las relaciones entre las partes, en todo cuanto no fuera materia específica del presente Reglamento, por las normas atinentes a las ACCIONES DE ENTRENAMIEN- TO PARA EL TRABAJO.
MANO DE OBRA. Cuadrilla mano de obra (3 ayudantes). La unidad de medida para relleno será el M3 (metro cubico).
MANO DE OBRA. Cuadrilla mano de obra (1 oficial +1 ayudantes). La unidad de medida será el kilogramo (kg), aproximado al décimo de kilogramo, de xxxxx xx xxxxxxxx para estructuras de concreto realmente suministrado y colocado en obra y debidamente aceptado por el Interventor. El resultado de la medida se deberá reportar con la aproximación establecida, empleando el método de redondeo de la norma INV E‐823.