MESA DE CONTRATACION Cláusulas de Ejemplo

MESA DE CONTRATACION. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos.
MESA DE CONTRATACION. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 24/04/2015 13:22:57. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de contratación estará integrada o constituida por: - Presidente: Sr. Presidente de la Mesa de Contratación o miembro de la Corporación en quién delegue. - El Concejal de Obras Públicas y Servicios Generales. - Un representante del P.S.O.E. - Un representante del P.R.C. - Un representante del P.P. - El Técnico del Servicio de Obras Públicas y Vialidad. - El Interventor. - El Secretario. Actuará como Secretario: Funcionario propio de la Corporación, adscrito a la Sección de Contratación.
MESA DE CONTRATACION. Ha quedado dispensada la necesidad de constitución de la Mesa de Contratación en base a la posibilidad prevista en el artículo 320 del texto refundido de la LCSP.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
MESA DE CONTRATACION. De conformidad con la Disposición Adicional Segunda 10 del TRLCSP, la Mesa de Contratación estará constituida de la siguiente manera: Presidente: Alcalde Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue. Vocales: La concejal delegada del área de educación, cultura y empleo. La concejal delegada del área de la mujer, consumo y servicios sociales. La Secretaria del Ayuntamiento, o quien legalmente le sustituya. La Interventora del Ayuntamiento, o quien legalmente le sustituya. El Arquitecto Técnico Municipal. Secretario: La Secretaria Municipal, o quien legalmente le sustituya. Dependencia CONTRATACIÓN Código de Documento CONWS002J Código de Expediente CON/2012/3 Fecha y Hora 09/08/2012 Código de Asiento - Código de Verificación Electrónica (COVE) La Mesa podrá constituirse válidamente con la asistencia, al menos, de su Presidente, Secretario y de la mitad de sus miembros, entre los que deberán de encontrarse, necesariamente, los vocales Secretario e Interventor. En el curso de sus funciones podrá pedir los informes y asesoramientos que estime convenientes.
MESA DE CONTRATACION. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 18/10/2017 12:43, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): B196F242AD01EBB4A109501BCC5CF263 El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos.
MESA DE CONTRATACION. 11.1. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa de Contratación constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, si bien no podrán formar parte de la misma los cargos públicos representativos ni el personal eventual.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará integrada por el Concejal Delegado de tal Presidencia, por Delegación de la Alcaldía, por el titular de la Asesoría Jurídica o Funcionario en quien delegue, por el Interventor Municipal o Funcionario en quien delegue, por el Jefe de Sección de Informática o Funcionario en quien delegue, y la Técnico de Gestión de Contratación Administrativa o personal en quien delegue, actuando como Secretaria.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará integrada de la siguiente manera: * Presidente: Un Diputado a propuesta de la Presidencia de la Corporación. * Vocales: - Un miembro de cada uno de los Grupos Políticos de la Corporación. - La Secretaria General de la Diputación o funcionario de la Secretaría en quien delegue. - La Interventora o funcionario de la Intervención en quien delegue * Secretario: El Adjunto a la Secretaría General ó, en su defecto, un funcionario de la Diputación.