Common use of MÉTODO DE EVALUACIÓN Clause in Contracts

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Consultoría Forestal Para La Implementación De Un Vivero De Almácigo Forestal

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar efectos de evaluar las ofertas recibidas de una manera eficiente, la Convocante evaluará las ofertas presentadas según el sistema utilizado: a. Sistema de presentación de ofertas en sobre único, preferentemente: 1. Se verificará el cumplimiento de cada oferta más conveniente a los intereses respecto al suministro de la institución y acorde documentación básica de carácter sustancial, eliminándose aquellas que no cumplan con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento suministro de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Ricadicha documentación, a las o que dicha documentación sea insatisfactoria. 2. Las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará lo señalado en el siguiente criterio numeral que antecede, de evaluación: El método conformidad al sistema de evaluación para la elección adjudicación adoptado, serán agrupadas en orden numérico de la mejor oferta es menor a mayor, luego de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a haber efectuado las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje correcciones aritméticas 3. Se seleccionará provisoriamente asignado a lcon el menor precio, la que será analizada a oferta en estudio PSMC = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha detalle definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertasverificar su cumplimiento cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables serequisitos definen de la siguiente manera: Se estimarán inaclicitación tales como especificaciones técnicas, plazos de entrega, capacidad financiera eptables y en consecuencia motivo de excltécnica para cumplir el contrato. 4. Si dicha oferta cumple con todos estos requerimientos, será declarada como usión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remuevaluada como la más baja y propuesta nerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un preciadjudicacióno ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable5 utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar cno serloon empate, se procederá a realizar rechazar dicha oferta y se continuará la evaluación una rifa con la partisegunda más baja en precio, según los parámetros indicados precedentemente, y así sucesivamente. b. Sistema de presentación cipación de las partes inofertas en doble sobre: b.1. Evaluación del Sobre Nº 1. i. Se verificará el cumplimiento de cada oferta respecto al suministro de la documentación básica de carácter sustancial, eliminándose aquellas que no cumplan con el suministro de dicha documentación, o que dicha documentación sea insatisfactoria. ii. Las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral que antecede, de conformidad al sistema de adjudicación adoptado, serán evaluadas en detalle para verificar su cumplimiento con otros requisitos de la licitación tales como especificaciones técnicas, plazos de entrega, capacidad financiera y técnica para cumplir el contrato. iii. Una vez finalizada la evaluación de la oferta técnica, la autoridad competente de la Convocante emitirá un acto administrativo con el resultado de dicha evaluación. La notificación se realizará a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas y será considerada como el acto público de notificación a todos los interesados, la cual sustituye a la notificación personal. Los participantes se considerarán notificados en la fecha de publicación en el referido sistema, sin perjuicio de la posibilidad de que acudan a la UOC a enterarse del contenido de los documentostereseste último caso no tendrá efectos suspensivos respecto de eventuales impugnaciones. iv. Se indicará expresamente que los sobres con las ofertas de precio que no hayan superado el análisis técnico, serán devueltos sin abrir después de adas, en ladjudicación. v. En dicha difusión, la Convocante informará el día y hora fijados para la apertura a Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Herlas ofertas de precio de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico; la fijación de edia, en la fechdeberá contemplar el plazo establecido en la normativa para la interposición del recurso de protesta. La impugnación contra el resultado de la evaluación técnica tendrá efectos suspensivos respecto a la apertura de la oferta de precios. vi. El resultado de las ofertas técnicas y la fecha de apertura de las ofertas de precio, deberá difundirse en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP). Los encargados de evaluar las ofertas no tendrán acceso al contenido del Sobre Nº 2 hasta a y hora que oportunamente se les nhaya realizado la apertura del mismo, en acto públicoo b.2. Evaluación Sobre Nº 2. i. Se verificará el cumplimiento de cada oferta respecto al suministro de la documentación básica de carácter sustancial, eliminándose aquellas que no cumplan con el suministro de dicha documentación, o que dicha documentación sea insatisfactoria. ii. Las ofertas que superen la calificación señalada en el numeral que antecede, serán agrupadas en orden numérico de menor a mayor luego de haber efectuado las correcciones aritméticas que hayan sido necesarias y habiéndose aplicado los márgenes de preferencia cuando corresponda. La que resulte con el precio más bajo será propuesta para la adjudicación. iii. En los casos de licitación con financiamiento, se estará a lo dispuesto en la reglamentación pertinente a los efectos de la selección de la mejor oferta.tificará.

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Samples: Ley De Contrataciones Públicas

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx RicaDe manera general, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prise encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Se revisará oridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando laspresentadas ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin prequisitos mínimos, evaluando tanto la propuesta técnica como la económica en función erjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos prelos parámetros de calificación previstos viamente en pliego, los que deberán ser objetivosel cartEl oferente, para ser considerado, deberá cumplir bajo los siguientes parámetros: PARÁMETRO PUNTAJE (no aplica si es cumple / no cumple) OFERTA ECONOMICA 40 EQUIPO TÉCNICO 10 EXPERIENCIA DEL EQUIPO TECNICO 20 VALOR AGREGADO NACIONAL 10 PROGRAMACION Y METODOLOGIA 20 OFERTA ECONÓMICA (40 puntos) Se asignará con 40 puntos a la oferta económica más baja con relación al presupuesto referencial, a las demás ofertas se les puntuará aplicando una regla de tres tomando como base la oferta económica más baja. EQUIPO TÉCNICO (10 puntos) Se asignará 5 puntos al oferente que mediante documentos garantice la participación de un superintendente de proyecto Se asignará 5 puntos al oferente que mediante documentos garantice la participación de 2 técnicos especialistas en Instalación de Celdas Eléctricas EXPERIENCIA EQUIPO TÉCNICO (20 puntos) Se asignará 10 puntos a la experiencia acreditada del superintendente como fiscalizador de proyectos similares, para lo cual deberá presentar 2 certificados de experiencia de los últimos 5 años, y se calificará con 5 puntos a cada certificado. Se asignará 10 puntos a la experiencia acreditada de los 2 técnicos especialistas en Instalación de Celdas Eléctricas y proyectos similares, para lo cual deberá presentar 2 certificados de experiencia de los últimos 5 años, y se calificará con 5 puntos a cada certificado. VALOR AGREGADO NACIONAL (10 puntos) Se calificará con 10 puntos al oferente que presente el. Para el ICAFE los Precios inacmayor porcentaje del Valor Agregado Ecuatoriano de acuerdo a lo estipulado en la resolución INCOP No RE -2013-000089 e INCOP No RE-2013-0000096, y eptables seaplicará regla definen de la siguientetres para las demás ofertas tomando como base el mayor % xx Xxxxxxxx Ecuatoriano ofertado. PROGRAMACION Y METODOLOGIA (20 puntos) manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclcalificará con 20 puntos a usión de la ofpresente el cronograma de programación y metodología de erta que lostrabajos a realizarse contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remuneraty que propongan ivo para el oferente, que dé lugar a menor tiempo de ejecución. A las demás ofertas se le aplicará una regla de tres tomando como base presumir el incumplimiento pmenor tiempo or parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precientregao ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Contract for Acquisition and Installation of Electrical Equipment

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx de Costa Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio bien 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆��𝐶 𝐴 = (𝑃𝐵𝑀𝐶 𝑃𝐵𝑇 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estuPBMC dio PSMC = Precio del bien menos cosPBT toso PST = Precio del bien servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION: INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Contratación General

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses La dependencia solicitante establecerá un equipo de evaluación especial de tres miembros para realizar una evaluación y entrevista, de ser necesario. La cantidad de miembros puede variar en función de la institución complejidad de los términos de referencia, pero nunca debe ser inferior a dos. Como mínimo, un miembro debe provenir de una dependencia diferente de la dependencia solicitante. Como mínimo, un miembro debe ser una persona del personal del PNUD, y acorde debe asumir el cargo de presidente del equipo. El equipo realizará la lista de preselección, y evaluará y calificará a cada candidato preseleccionado sobre la base de los documentos enviados, además de que revisará los resultados de las comprobaciones de referencia, hasta haber identificado al candidato final para adjudicarle un contrato individual. El personal implicado en los contratos del PNUD, pero con lo indicado estado de no vinculado al personal (es decir, un contratista individual o un contrato de servicios) puede ser miembro con derecho a votos provenientes del equipo de evaluación conforme a las siguientes condiciones: La mayoría del equipo de evaluación comprende personal del PNUD/ONU. La inclusión de la persona no vinculada al personal es necesaria por motivos estratégicos (p. ej., conocimientos críticos o experiencia en los servicios requeridos, etc.) y no simplemente para cumplir con la cantidad mínima de miembros. La persona no vinculada al personal ha firmado una Declaración de imparcialidad. El personal de adquisiciones implicado en el artículo N°51 del Reglamento proceso de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará selección debe funcionar como Secretario en el siguiente criterio de evaluación: El método equipo de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará prevé que lleve a cabo lo siguiente: • Menor precio proveer orientación a los miembros del equipo sobre temas de políticas; y preparar el informe de evaluación respaldado por el servicio 100% Para la determinación matrices de la puntuación calificaciones, notas y actas del proceso de evaluación. Una persona del personal de adquisiciones no debe ser un miembro con derecho a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC voto = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar elEquipo sistema de evaluación, menos que este no esté involucrado en las etapas previas del proceso de selección, y sea uno de los pocos miembros del personal con mayor competencia técnica para determinar la idoneidad de los candidatos. Etapa previa a la evaluación Si las ofertas se generaron a través de un anuncio publicitario sobre una vacante y se requiere una preselección, el equipo de evaluación deberá realizar el proceso de preselección. Debe garantizar que todos los candidatos preseleccionados hayan cumplido los siguientes requisitos: Tengan calificaciones similares que, a efecto de noser de manera completa, aborden de manera suficiente los requisitos de los términos de referencia. Xxxxx presentado la Carta de oferente al PNUD inla que se confirma cluir en elinterés y la disponibilidad. y proporcionado toda la información requerida listado de ofertas elegiblesmanera suficiente. Si no se requiere una preselección, el equipo de evaluación también deberá garantizar el cumplimiento de las condiciones mencionadas. El personal de adquisiciones deberá resumir todas las acciones al equipo de evaluación aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotse llevaron a cabo ización, antes de adoptar cualquierla evaluación, incluidas, entre otras, el lugar y la duración del anuncio publicitario, o los orígenes de las ofertas (p. ej de, lista de preselección del que provienen, etc.cisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entregano ser un anuncio publicitario ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Política De Contrato Individual (Ci)

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 10080% precio y 20 % Criterios Sustentables de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 10080% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆��𝐶 𝐴 = (𝑃𝑀𝐶 𝑃𝐸 𝑃��𝑇 80% ) 𝑥 100 A = es elPuntaje puntaje asignado a la oferta en estuPMC dio PSMC = Precio del bien menos cosPE toso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Contratación General

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx de Costa Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆��𝐶 𝐴𝑃𝑆𝑀𝐶 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio servicio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION: INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Renovación De Contrato De Soporte Y Licenciamiento

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prise conformará una Comisión Técnica designada por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado. De manera general, la evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Se establecen para ello dos etapas: la primera en la oridse analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (“cumple o no cumple” o “check list”), que posteriormente serán calificadas con base en los parámetros de calificación establecidos en los presentes pliegos. La Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de calificación publicados–y su respectiva incidencia en la puntuación final- hayan sido los realmente utilizados en ades que proceso. Los siguientes parámetros serán evaluados con base en la metodología “cumple o no cumple” (check list): La disponibilidad del equipo mínimo propuesto, de acuerdo a las condiciones específicas que el ICAFE ha propuesto la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 6. Acreditar en los últimos diez (10) años, experiencia en al menos dos (2) obras de similar naturaleza al objeto de la contratación (experiencia en construcción de obras de agua potable y/o saneamiento) cuyo importe (de cada una) sea de al menos el ochenta por ciento (80%) del presupuesto referencial. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 9. Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una asociación o consorcio se sumarán a fin de determinar si el oferente cumple con los requisitos, a excepción de los índices financieros, que deberán cumplirse de manera individual. Cuando el proponente sea una asociación o consorcio, cada integrante deberá suministrar la información de manera individual. Los oferentes que participen en la presente licitación, definido para esta conefectos de acreditar la experiencia en la evaluación de sus ofertastratación, se cles tendrá en cuenta la totalidad de la experiencia adquirida que presenten como integrantes de una asociación o consorcio, teniendo en cuenta onsidera el precio como factor determinante para porcentaje de participación de los integrantes de la asociación que ejecutó la obra. La presentación de parámetros o índices financieros mínimosadjudicar, siempre y cuando las ofertaspreviamente establecidos por la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 5. Los oferentes, deben cumplir cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin psiguientes parámetros para pasar a la etapa erjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos preevaluación técnica: Índice de Solvencia: Activo Corriente/ Pasivo Corriente >= 1 El Índice de solvencia deberá alcanzar viamente en conjunto de los tres (3) últimos años un valor mayor o igual a 1 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total/ Patrimonio <0,75 El Índice de endeudamiento deberá alcanzar en el conjunto de los tres (3) últimos años un valor menor o igual a 0,75 Para las instituciones nacionales y extranjeras, los índices se obtendrán a partir de los estados financieros (balance y estado de resultados) auditados conforme a la normativa de su país de origen, debidamente legalizados o apostillados, y corresponderán a cada año de los últimos tres (3) años fiscales. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio cada uno de los miembros o socios deberá presentar la documentación solicitada y cumplir con cada indicador individualmenteel cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de eaceptación xclusión de la ofes obligatorio presentar erta que losíndices financieros caunque el no cumplimiento de ontenga, los siguientes precios: a) Rvalores de referencia establecidos uinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento ppodrán ser causa or parte de éste de las obligaciones financieras por insufrechazo iciencia de la retribución esmisma, conforme lo señalado en la Resolución Notablecida. La Administración deberáRE-SERCOP-2014-000003, Para personas jurídicas, en cumplimiento a la RESOLUCIÓN INCOP No. RE-2013-000082 Y No. RE-2013-0000093 (Patrimonio), la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación indagar con el ofepresupuesto referencial del procedimiento de contratación, para lo cual presentarán los documentos que permitan verificar el cumplimiento de esta condición: 0 – 200.000.oo 25% del presupuesto referencial --------------- 200.000 – 500.000 50.000,oo 20% sobre el exceso de 250.000.oo 500.000 – 10.000.000 100.000,oo 10% sobre el exceso de 1´000.000.oo 10´000.000.oo en adelante 1´000.000,oo Más del 5% sobre el exceso de 20´000.000.oo El personal técnico mínimo requerido, de acuerdo a lo señalado por la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas. De conformidad rente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de nolo establecido incluir en elFormulario No. 7. Certificado listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indahaber asistido gará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Revisita técnica al sitio glamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes inobrateresadas, en lhora y fecha señalada por la Subsecretaría a Unidad de Contratación Adminila Demarcación Hidrográfica strativa dGuayas el ICAFÉ en estos pliegos. De conformidad con lo establecido Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les nel Formulario No. 13otificará.

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MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆��𝐶 𝐴𝑃𝑆𝑀𝐶 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio servicio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prioridades que el ICAFE ha definido para esta contratación, se considera el precio como factor determinante para adjudicar, siempre y cuando las ofertas cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin perjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos previamente en el cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contenga, los siguientes precios: a) Ruinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Administración deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION: INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatMayor plazo de garantía. 2) ario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes interesadas, en la Unidad de Contratación Administrativa del ICAFÉ en Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les notificará.

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Samples: Contratación Abreviada

MÉTODO DE EVALUACIÓN. Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la institución y acorde con lo indicado en el artículo N°51 del Reglamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y técnicos requeridos se le aplicará el siguiente criterio de evaluación: El método de evaluación para la elección de la mejor oferta es de 100% precio y de lo cual se aplicará lo siguiente: • Menor precio por el servicio 100% Para la determinación de la puntuación a asignar a las demás ofertas económicas, se utilizará la siguiente fórmula: Donde 𝑃𝑆𝑀𝐶 𝐴 = ( 𝑃𝑆𝑇 ) 𝑥 100 A = es el puntaje asignado a la oferta en estudio PSMC = Precio del bien menos costoso PST = Precio del servicio en estudio Para orientar la evaluación de las ofertas e indicar prise conformará una Comisión Técnica designada por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado. De manera general, la evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Se establecen para ello dos etapas: la primera en la oridse analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (“cumple o no cumple” o “check list”), que posteriormente serán calificadas con base en los parámetros de calificación establecidos en los presentes pliegos. La Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de calificación publicados–y su respectiva incidencia en la puntuación final- hayan sido los realmente utilizados en ades que proceso. Los siguientes parámetros serán evaluados con base en la metodología “cumple o no cumple” (check list): La disponibilidad del equipo mínimo propuesto, de acuerdo a las condiciones específicas que el ICAFE ha propuesto la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 6. Acreditar en los últimos diez (10) años, experiencia en al menos dos (2) obras de similar naturaleza al objeto de la contratación (experiencia en construcción de obras de agua potable y/o saneamiento) cuyo importe (de cada una) sea de al menos el veinte por ciento (20%) del presupuesto referencial. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 9. Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una asociación o consorcio se sumarán a fin de determinar si el oferente cumple con los requisitos, a excepción de los índices financieros, que deberán cumplirse de manera individual. Cuando el proponente sea una asociación o consorcio, cada integrante deberá suministrar la información de manera individual. Los oferentes que participen en la presente licitación, definido para esta conefectos de acreditar la experiencia en la evaluación de sus ofertastratación, se cles tendrá en cuenta la totalidad de la experiencia adquirida que presenten como integrantes de una asociación o consorcio, teniendo en cuenta onsidera el precio como factor determinante para porcentaje de participación de los integrantes de la asociación que ejecutó la obra. La presentación de parámetros o índices financieros mínimosadjudicar, siempre y cuando las ofertaspreviamente establecidos por la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago. De conformidad con lo establecido en el Formulario No. 5. Los oferentes, deben cumplir cumplan con los aspectos mínimos requeridos y sin psiguientes parámetros para pasar a la etapa erjuicio de que se valoren otros factores relevantes definidos preevaluación técnica: Índice de Solvencia: Activo Corriente/ Pasivo Corriente >= 1 El Índice de solvencia deberá alcanzar viamente en conjunto de los tres (3) últimos años un valor mayor o igual a 1 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total/ Patrimonio <0,75 El Índice de endeudamiento deberá alcanzar en el conjunto de los tres (3) últimos años un valor menor o igual a 0,75 Para las instituciones nacionales y extranjeras, los índices se obtendrán a partir de los estados financieros (balance y estado de resultados) auditados conforme a la normativa de su país de origen, debidamente legalizados o apostillados, y corresponderán a cada año de los últimos tres (3) años fiscales. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio cada uno de los miembros o socios deberá presentar la documentación solicitada y cumplir con cada indicador individualmenteel cartel. Para el ICAFE los Precios inaceptables se definen de la siguiente manera: Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de eaceptación xclusión de la ofes obligatorio presentar erta que losíndices financieros caunque el no cumplimiento de ontenga, los siguientes precios: a) Rvalores de referencia establecidos uinoso o no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento ppodrán ser causa or parte de éste de las obligaciones financieras por insufrechazo iciencia de la retribución esmisma, conforme lo señalado en la Resolución Notablecida. La Administración deberáRE-SERCOP-2014-000003, Para personas jurídicas, en cumplimiento a la RESOLUCIÓN INCOP No. RE-2013-000082 Y No. RE-2013-0000093 (Patrimonio), la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación indagar con el ofepresupuesto referencial del procedimiento de contratación, para lo cual presentarán los documentos que permitan verificar el cumplimiento de esta condición: 0 – 200.000.oo 25% del presupuesto referencial --------------- 200.000 – 500.000 50.000,oo 20% sobre el exceso de 250.000.oo 500.000 – 10.000.000 100.000,oo 10% sobre el exceso de 1´000.000.oo 10´000.000.oo en adelante 1´000.000,oo Más del 5% sobre el exceso de 20´000.000.oo El personal técnico mínimo requerido, de acuerdo a lo señalado por la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago. De conformidad rente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de nolo establecido incluir en elFormulario No. 7. Certificado listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso. b) Xxxxxx excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Administración, indahaber asistido gará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión. c) Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Administración no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original. d) Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal. Criterios de Desempate: UNIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA 2022PP-000088-01-CA (NUMERACION INTERNA) a) Se considerará como factor de desempate en la evaluación del presente concurso, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el N°81 del Revisita técnica al sitio glamento de Contratación Administrativa del Instituto del Café xx Xxxxx Rica, con la siguiente puntuación adicional: b) En caso de persistir el empate se utilizarán los siguientes criterios en orden de relevancia para definir al adjudicatario: 1) Menor plazo de entrega ofrecido. c) En caso de continuar con empate, se procederá a realizar una rifa con la participación de las partes inobrateresadas, en lhora y fecha señalada por la Subsecretaría a Unidad de Contratación Administrativa dla Demarcación Hidrográfica de Santiago el ICAFÉ en estos pliegos. De conformidad con lo establecido Heredia, en la fecha y hora que oportunamente se les nel Formulario No. 13otificará.

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