NORMAS DE ACTUACIÓN Cláusulas de Ejemplo

NORMAS DE ACTUACIÓN. Cómo proceder en caso de siniestro: ➜ El asegurado deberá comunicar a la Cía., el acaecimiento del siniestro en la mayor brevedad posible. Aceptado el siniestro amparado por esta cobertura, Seguros Lagun Aro S. A realizará la reclamación amistosa en nombre del Asegurado frente a los Terceros responsables con el fin de obtener un arreglo transaccional que reconozca las pretensiones o derechos de nuestro Asegurado. ➜ Si la vía amistosa o extrajudicial no ofreciese resultado positivo aceptado por el Asegurado, se procederá a la tramitación por vía judicial, siempre que el interesado lo solicite y exista base legal suficiente para que prosperen sus pretensiones. ➜ En este momento Seguros Lagun Aro S. A informará al Asegurado de su derecho a la libre elección de profesionales que le representen y defiendan en el correspondiente litigio. ➜ Antes de proceder a su nombramiento, el Asegurado debe comunicar al Asegurador por un medio que deje constancia, el nombre del profesional designado. ➜ Si el Asegurado hace uso de esta libertad sin haber realizado la preceptiva comunicación, la responsabilidad del Asegurador queda limitada a un máximo de 600 Euros para todos los conceptos, aún cuando el importe de los gastos sea mayor. ➜ En el supuesto de que el Asegurado no procediese a la elección de abogado prevista, Xxxxxxx Xxxxx Aro S.A. le proporcionará un profesional de libre ejercicio, de conformidad del Asegurado. ➜ El abogado, libremente designado por el asegurado, así como el procurador en su caso, no estará sujeto a las instrucciones de Seguros Lagun Aro en el desempeño de su labor. No obstante, habrán de rendir cuenta de su gestión a la presentación de sus honorarios y suplidos a la aseguradora motivando sus decisiones, en cuanto a la conveniencia de tasaciones, peritajes, informes de investigación privada o de otra índole, planteamientos de demanda, denuncias o recursos; exigencia precisa para la justificación de su tarea profesional y por consiguiente de los honorarios. ➜ De producirse un posible conflicto de intereses entre las partes, Xxxxxxx Xxxxx Aro comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir sobre la designación del abogado y/o procurador que estime conveniente para la defensa de sus intereses, conformo a la libertad de elección reconocida para este apartado. Pago de honorarios: ➜ Los honorarios de los profesionales designados por el Asegurado serán de cuenta de la Compañía hasta el límite de la tabla de honorarios orientativ...
NORMAS DE ACTUACIÓN. Cómo proceder en caso de siniestro:
NORMAS DE ACTUACIÓN. ➜ De producirse un posible conflicto de intereses entre las partes, Xxxxxxx Xxxxx Aro comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir sobre la designación del abogado y/o procurador que estime conveniente para la defensa de sus intereses, conformo a la libertad de elección reconocida para este apartado. ➜ Los honorarios de los profesionales designados por el Asegurado serán de cuenta de la Compañía hasta el límite de la tabla de honorarios orientativos establecida por los Colegios Profesionales respectivos. En el cálculo de los honorarios, cualquiera que fuese la jurisdicción, la base para aplicar las escalas será el importe o cantidad efectivamente obtenido o reconocido en sentencia firme, y no la cuantía de lo reclamado.
NORMAS DE ACTUACIÓN. 1.- El asegurado dispone de un Servicio de Atención al Cliente en el teléfono 000 000 000 para plantear cualquier consulta queja o reclamación relacionada con esta Póliza o con la tramitación de un siniestro.
NORMAS DE ACTUACIÓN. Declaración del litigio El tomador del seguro o el asegurado de una de las garantías que quiera hacer uso de la misma deber comunicar al asegurador a la mayor brevedad posible: - La ocurrencia del litigio, así como facilitar toda clase de información sobre sus circunstancias y consecuencias. La declaración del litigio es condición imprescindible para que las garantías de la presente póliza produzcan efecto de tal forma que el asegurador pueda desarrollar las gestiones amistosas y en caso de concluir las mismas sin éxito pueda expresar previamente su valoración sobre la oportunidad de emprender la vía judicial. - Las reclamaciones extrajudiciales, demandas, denuncias, citaciones y notificaciones judiciales o requerimientos que reciban. Tramitación del litigio Una vez comprobado que el litigio está amparado por la garantía, el asegurador desarrollará con la parte contraria las gestiones necesarias para obtener un acuerdo amistoso que reconozca los derechos del asegurado. Si la vía amistosa o extrajudicial no finaliza con un resultado positivo aceptable por el asegurado se iniciará, a petición de éste, la tramitación por vía judicial, siempre y cuando sus pretensiones no sean temerarias y la cuantía de los daños sufridos sea igual o superior a 300 Euros, de una de las dos formas siguientes: - El asegurado y el asegurador, designarán de mutuo acuerdo los profesionales que hayan de representar y defender los intereses de aquél ante los tribunales. - De acuerdo con lo establecido en el apartado "libre elección de procurador y abogado" el asegurado podrá ejercer su derecho a la libre elección de los profesionales que le representen ante los tribunales, acordando con los mismos las circunstancias de su actuación profesional e informando previamente al asegurador de todo ello. El asegurador se hará cargo de los gastos y honorarios debidamente justificados con los límites y condiciones establecidas en los apartados "alcance de la cobertura" y "límites de indemnización". El asegurador no asumirá los gastos de aquellos procedimientos que el asegurado mantenga sin informarle previamente o sin darle la oportunidad previa de valorar las posibilidades de éxito del planteamiento o seguimiento de los mismos, que comunicará al asegurado por escrito.
NORMAS DE ACTUACIÓN a) Declaración del litigio
NORMAS DE ACTUACIÓN. 1. El CLIENTE declara que, con carácter previo a la suscripción de este contrato, ha recibido y firmado en prueba de ello, la información precontractual que se adjunta al mismo.
NORMAS DE ACTUACIÓN. Dar más importancia al estado de ánimo, salud e higiene personal de los/as participantes que a las propias actividades. Aprovechar las posibilidades propias del entorno. Evitar la competitividad favoreciendo la participación y la cooperación, eludiendo los juegos eliminatorios y selectivos, y sobre todo aquellos que pongan en situación de evidencia, ante el resto de los compañeros. No hacer distinciones de sexo, raza, religión, u otros condicionantes personales. Aceptar el rol que asuma cada niño/a, siempre dentro del respeto a los demás y a uno mismo, intentando reconducir las conductas que no se adapten. No utilizar el castigo como primera opción de corrección, sino la comprensión y racionalización, usando el diálogo personal, evitando las situaciones de superioridad - inferioridad. Entendiendo el castigo como método apropiado, siempre que sea ponderado con respecto a la falta cometida. Sistema de trabajo participativo entre todo el equipo de monitores. Mantener criterios comunes, en cuanto a las normas de funcionamiento, horarios, etc. La labor del monitor es imprescindible para que cualquier actividad o juego cumpla los objetivos y se adapte a la metodología. Tener conciencia de las funciones del monitor como trabajador, que facilita a los participantes que su estancia en el campamento sea lo más agradable posible.