Organización general Cláusulas de Ejemplo

Organización general. La dirección superior, la organización y la administración de la Dirección de Compras, corresponderá a un Director, de exclusiva confianza del Presidente de la República. El Patrimonio de la Dirección de Compras está constituido por:
Organización general. El Colegio busca optimizar y seguir mejorando el servicio de transporte, por lo que se plantea con la concesionaria la revisión de los recorridos mantenidos durante el año escolar 2013-2014, con la finalidad de planificar los nuevos recorridos para el año 2014- 2015. Durante el mes de septiembre, el servicio de transporte optimizará los recorridos tomando en cuenta las nuevas inscripciones y cambios de transporte. Una vez definidos los recorridos se recibirán inscripciones de acuerdo a la capacidad de la unidad sin que se altere la ruta ya establecida.  Recorridos con una duración de hasta 1 hora. (excepto los recorridos xxx Xxxxx de los Chillos, Cumbayá, Tumbaco y Mitad del Mundo )  Servicio alumnos (pre escolar hasta Tercer año de bachillerato): se ofrece el servicio puerta a puerta(1)en el horario de la mañana, de las 13h00 y 16h00en la medida de lo posible(2)para todos los alumnos.
Organización general. 39-40 Modularidad 40 Criterios de diseño instalaciones 40-72
Organización general. 5.1.-Como consecuencia de los trabajos a realizar por los distintos equipos que se propongan, los licitadores indicarán en sus ofertas los aspectos de organización que consideren, concretando en particular:  Organización detallada para todos los elementos personales y materiales aportados.  Sistemas de control de cantidad de medios humanos y calidad de los servicios que permitan proporcionar al Ayuntamiento diariamente todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados.  Relación de puestos de mando previstos a todos los niveles con sus funciones generales.  Dispositivos organizativos y personales en relación con todos los servicios internos necesarios.  Mantenimiento de las instalaciones fijas  Planificación operativa de los trabajos.  Gestión de personal y seguros sociales.
Organización general. Dada la superficie a edificar la organización interna, esquema de circulaciones, modulaciones, etc.... han de explorarse cuidadosamente con esquemas de organización que hagan del edificio un centro versátil y funcional en el futuro, siempre con el compromiso de sencillez, funcionalidad, racionalidad, y sin renunciar a características que puedan ser esenciales a nivel de organización interior y seguridad de un edificio de administrativo llamado a convertirse en referente para la ciudad. Los locales específicos para instalaciones (Centro de seccionamiento y transformación, cuadros generales electricidad, grupo electrógeno, instalaciones de aire acondicionado) en principio se pueden plantear con entradas independientes directas desde el área exterior y con intercomunicación sencilla con el edificio. Es muy importante estudiar su situación y relación con el edificio para intentar ubicarlos en el centro de gravedad de las cargas para reducir costos y evitar pérdidas innecesarias. De los locales de maquinaria para instalaciones es previsible que varios de ellos se sitúen en la cubierta del edificio. En ese caso se tomarán las medidas necesarias a nivel de aislamiento térmico-acústico, de forma que en todo momento se cumpla con la Normativa vigente. En esta planta se situarían los paneles solares y posibles paneles fotovoltaicos en función del cumplimiento a los que puede obligar la Normativa en vigor.
Organización general. En este capítulo se indicarán las premisas en lo relativo a los servicios técnicos, administrativos, almacenes, control y vigilancia, etc. que son comunes a la totalidad de los servicios. Los licitadores deberán proponer las condiciones técnicas y económicas a que den lugar. Asimismo, los licitadores indicarán en sus propuestas, toda la relación de los puestos de mandos intermedios previstos, encargados, capataces, etc. y las funciones a realizar, así como los medios mecánicos adscritos a estos servicios.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.