OTRAS RESTRICCIONES Cláusulas de Ejemplo

OTRAS RESTRICCIONES. Antes de empezar a utilizar el SOFTWARE, es su responsabilidad realizar copias de seguridad de archivos valiosos en un dispositivo de almacenamiento, como un almacenamiento móvil u otra memoria no volátil independiente, conectada a su dispositivo móvil. El SOFTWARE requiere conexión a Internet y comunicación con un sistema en la nube que la Compañía provee de forma gratuita de vez en cuando para que usted utilice ciertas funciones como autenticaciones de usuario o notificaciones push. Usted no puede rentar ni arrendar el SOFTWARE. No podrá modificar, realizar ingeniería inversa, descompilar ni desensamblar el SOFTWARE, excepto en la medida en que dicha restricción esté expresamente prohibida por la ley aplicable.
OTRAS RESTRICCIONES. La Ley de Entidades Financieras prohíbe que las entidades financieras den en garantía sus activos sin la previa autorización del Banco Central y que realicen transacciones con sus directores y administradores y con las compañías afiliadas conforme a términos más favorables que aquellos ofrecidos a sus clientes.
OTRAS RESTRICCIONES. Sin limitar las restricciones de licencias previstas en el Contrato, usted no podrá (a) distribuir Materiales Lumberyard en forma de código fuente, salvo cuando sea expresamente permitido por la Cláusula 57.2. (b) y (c), (b) utilizar o explotar los Materiales Lumberyard o cualquier porción de los mismos, mantener, participar en el desarrollo, o soportar cualquier motor competidor, herramienta de desarrollo o marco de software, (c) utilizar los Materiales Lumberyard o cualquier porción de los mismos como parte de un logo o marca registrada, (d) remover, obscurecer o alterar avisos de derechos propietarios (incluyendo avisos de derechos de autor y marcas registradas) contenidos en los Materiales Lumberyard, (e) tomar cualquier acción que requiera que nosotros o usted licencie, distribuya o de cualquier otra manera ponga a disposición de cualquier persona los Materiales Lumberyard bajo términos diferentes (e.g. combinando Materiales Lumberyard con software sujeto a licencias de código abierto “copyleft”), o (f) utilizar o explotar los Materiales Lumberyard o cualquier porción de los mismos de cualquier manera o para cualquier otro propósito expresamente permitido por estos términos.
OTRAS RESTRICCIONES. Se prohíbe el arrendamiento, el préstamo, la presentación, ejecución o retransmisión pública o cualquier otro tipo de distribución del Software. Salvo en la medida en que lo permita la legislación aplicable, usted no podrá, ni podrá permitir a ninguna otra persona, modificar el Software ni ninguna parte del mismo, analizarlo mediante técnicas de ingeniería inversa, descompilar o desensamblar el Software, ni fabricar productos derivados del mismo.
OTRAS RESTRICCIONES. Usted no puede alquilar o prestar el software, pero puede transferir el software y el material escrito que lo acompaña siempre que no guarde copias y el receptor acepte los términos de este contrato. Usted no puede aplicar ingeniería inversa, descompilar o desarmar el software. Si el software es una actualización o ha sido actualizado, cualquier transferencia debe incluir la actualización más reciente y todas las versiones anteriores.
OTRAS RESTRICCIONES. La LEF prohíbe a las instituciones financieras crear derechos de garantías reales sobre sus activos sin la autorización del Banco Central, y celebrar transacciones con sus directores y administradores y con entidades afiliadas en términos más favorables que los ofrecidos a sus clientes Los bancos comerciales están autorizados a suscribir y vender acciones y títulos de deuda. En la actualidad, no existen limitaciones legales con respecto al monto de los títulos que un banco puede comprometerse a suscribir. Sin embargo, bajo las Normas del Banco Central, la suscripción de títulos de deuda por un banco debe ser tratado como “asistencia financiera” y, por lo tanto, hasta que los títulos son vendidos a terceros, tal suscripción estará sujeta a limitaciones. En 1990, el mercado de valores de Buenos Aires autorizó a las firmas organizadas como sociedades de bolsa a operar como agentes en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires junto con los agentes de bolsa individuales. No existen en la actualidad restricciones sobre la propiedad de una sociedad de bolsa por parte de un banco comercial, y, en realidad, la mayoría de los principales bancos comerciales que operan en la Argentina han establecido su propia sociedad de bolsa. Todos los agentes de bolsa, ya sean personas físicas o sociedades de bolsa, están obligados a poseer por lo menos una acción ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Valores S.A. para poder operar como agente de bolsa en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. En 1989 el MAE inicio sus actividades; siendo en la actualidad una entidad autorregulada y supervisada por la CNV, bajo el marco legal de la Resolución General No. 9934 del 26 de febrero de 1993, que puso en marcha los atributos de la autorregulación a partir ▇▇ ▇▇▇▇▇ de ese año. El MAE es el mercado electrónico de títulos valores y de negociación de moneda extranjera mas importante de la Argentina. El mismo, esta basado en una plataforma electrónica modular a partir de soportes informáticos específicos, donde se transan títulos ▇▇ ▇▇▇▇▇ fija tanto públicos como privados, divisas, operaciones de pases, y se concretan operaciones de futuros con monedas y tasa de interés. Complementariamente, este soporte tecnológico es utilizado en las licitaciones de letras y bonos del BCRA y en la colocación primaria de títulos del Estado Nacional. Un convenio celebrado entre la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y representantes de los agentes del MAE establece que la negociación de acciones y otros títulos será llevada exclusivamente ...
OTRAS RESTRICCIONES. A pesar de la licencia otorgada bajo la Sección 2.1, aceptas que NO: a. usarás la API de Cosechando Juntos para respaldar tu Aplicación si cualquier Contenido de tu Aplicación infringiría los Términos de API de Cosechando Juntos. b. usarás las API de Cosechando Juntos en modo alguno para cualquier propósito que infrinja leyes o reglamentos (incluidas sin limitación leyes o reglamentos relativos a la venta o reventa de entradas, tanto respecto a requisitos de licencias, máximos o límites sobre los precios de las entradas, o de otro modo) o cualquier derecho de cualquier persona (incluidos pero sin limitación derechos de propiedad intelectual, derechos de privacidad o derechos de personalidad), o en cualquier modo no consistente con los Términos de API, incluidos sin limitación la Política de privacidad; c. usarás las API de Cosechando Juntos para operar ninguna aplicación de misión crítica donde puedan estar en juego la vida humana o la propiedad; d. realizarás ingeniería inversa, desensamblarás, descompilarás o intentarás descubrir el código fuente o la estructura, secuencia y organización de todas o parte de las API de Cosechando Juntos (excepto que esta restricción no se aplicará en la medida limitada en que las restricciones en ingeniería inversa estén prohibidas) por ▇▇▇, ▇▇▇▇▇ o regulación local, estatal, provincial, nacional o de otro tipo aplicable); e. alquilarás, arrendarás, revenderás, distribuirás, utilizarás las API de Cosechando Juntos o el Contenido del Sitio de forma independiente o para compartir el tiempo, oficina de servicios u otros fines comerciales para obtener ganancias comerciales o monetarias directas (en lugar de ganancias comerciales o monetarias indirectas asociadas) con el apoyo de tu Aplicación); f. eliminarás o alterarás los avisos de propiedad o las etiquetas en las API de Cosechando Juntos o el Contenido del Sitio; g. participarás en cualquier actividad que interfiera o interrumpa los Servicios; h. usarás las API de Cosechando Juntos de una forma que no cumpla o no sea consistente con cualquier parte de la documentación de la API de Cosechando Juntos; i. usarás las API de Cosechando Juntos en o para desarrollar, un producto o servicio que compita con productos o servicios ofrecidos por Cosechando Juntos.
OTRAS RESTRICCIONES. De conformidad con lo establecido en la Ley de Entidades Financieras, las entidades financieras no pueden crear ningún tipo de derecho sobre sus activos sin la autorización del Banco Central, ni operar con sus directores y administradores y con empresas o personas vinculadas con ellos, en condiciones más favorables que las acordadas de ordinario a su clientela Los bancos comerciales están autorizados a suscribir y vender acciones y títulos de deuda. En la actualidad, no existen limitaciones legales con respecto al monto de los títulos que un banco puede comprometerse a suscribir. Sin embargo, según las regulaciones del Banco Central, la suscripción de títulos de deuda por un banco debe ser tratada como “asistencia financiera” y, por lo tanto, hasta que los títulos sean vendidos a terceros, tal suscripción estará sujeta a limitaciones. La Ley de Mercado de Capitales introdujo cambios sustanciales a las regulaciones que rigen los mercados, bolsas de valores y los diversos agentes que operan en el mercado de capitales, además de ciertas modificaciones a las facultades de la CNV. El 9 de septiembre de 2013, la CNV publicó las Resolución General Nº 622/2013 (T.O. 2013 y complementarias) (las “Normas de la CNV”) complementando la Ley del Mercado de Capitales. Las Normas de la CNV han estado vigentes desde el 18 de septiembre de 2013. Una de las modificaciones más significativas introducida por la Ley del Mercado de Capitales y las Normas de la CNV es que los agentes y mercados deben cumplir con los requisitos de la CNV a los fines de solicitar una autorización para operar, así como requisitos de registro. Asimismo dispone que cada categoría de agente debe cumplir requisitos de patrimonio neto mínimo y de liquidez. Asimismo, según la Ley del Mercado de Capitales, la autorregulación de los mercados fue eliminada y la autorización, supervisión, control así como las facultades disciplinarias y regulatorias son conferidas a la CNV respecto de todos los participantes del mercado. La Ley de Entidades Financieras dispone que toda entidad financiera, incluyendo un banco comercial, que opere registrando reiterados incumplimientos a los distintos límites o relaciones técnicas establecidas, según el criterio del Banco Central adoptado por la mayoría de los miembros del directorio, con su solvencia o liquidez afectada, o en cualquiera de las otras circunstancias enumeradas en el Artículo 44 de la Ley de Entidades Financieras, debe (ante una solicitud del Banco Central y para...
OTRAS RESTRICCIONES. Usted no podrá rentar o prestar el sistema OPUS®, aunque sí podrá transferir sus derechos contenidos en este Contrato de Licencia ECOSOFT®, siempre y cuando lo haga sobre la base de que la transferencia de derechos es permanente y se transfieran también todas licencias y los materiales escritos que le acompañan, así como de que el receptor acepte los términos de este Contrato. Además, usted no podrá modificar el diseño, descompilar o desensamblar el software. Toda cesión deberá incluir la actualización más reciente y todas sus versiones anteriores.
OTRAS RESTRICCIONES. La LEF prohíbe que las entidades financieras den en garantía sus activos sin la previa autorización del BCRA y que realicen transacciones con sus directores y administradores y con las compañías afiliadas conforme a términos más favorables que aquellos ofrecidos a sus clientes.