PARTES Y REPRESENTANTES. Las partes principales de los dos procesos arbitrales acumulados son: TELEDIFUSION S.A., (en adelante TELEDIFUSION), sociedad anónima constituida mediante escritura pública No. 556 del 21 xx xxxx de 1997, otorgada en la Notaría 60 del Círculo de Bogotá, representada legalmente por el señor XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, documento que obra a folios 202 a 205 del Cuaderno Principal No. 1. Dicha sociedad estuvo inicialmente representada por el doctor XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX, según poder que obra a folio 98 del Cuaderno Principal No. 1 (Expediente PAR – TELEDIFUSION) y folio 200 del Cuaderno Principal No. 1 (Expediente TELEDIFUSION- PAR), quien posteriormente lo sustituyó al doctor XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (folio 454 del Cuaderno Principal No. 2), a quién se le reconoció personería para actuar. Este poder fue posteriormente sustituido al doctor XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX y finalmente al doctor XXXXX XXXXX XXXXXX. El PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES DE LA EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES – TELECOM-, (en adelante PAR), patrimonio autónomo constituido por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A.- y la Sociedad Fiduciaria Popular S.A. –FIDUPOPULAR S.A.- quienes en virtud del contrato xx xxxxxxx mercantil suscrito el 30 de diciembre de 2005 con la sociedad Fiduciaria La Previsora S.A., liquidador de la extinta EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES –TELECOM-, ostentan la vocería, administración y representación del Patrimonio Autónomo de Remanentes. El citado patrimonio autónomo compareció a través del señor XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, según poder general conferido mediante Escritura Pública No. 3.620 del 4 de julio de 2007 otorgada en la Notaría Primera del Círculo de Bogotá, por los representantes legales de las sociedades FIDUAGRARIA S.A. y FIDUPOPULAR S.A.1 En el presente trámite arbitral el PAR está judicialmente representado por el abogado XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX, según poder que obra a folios No. 43 del Cuaderno Principal No. 1 (Expediente PAR – TELEDIFUSION) y 290 del Cuaderno Principal No. 2 (Expediente TELEDIFUSION- PAR), a quién se le reconoció personería para actuar. La sociedad COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP, (en adelante COLTEL), que en el presente trámite arbitral ostenta la calidad xx xxxxxxx interviniente en su condición de coadyuvante del PAR, sociedad comercial constituida mediante...
PARTES Y REPRESENTANTES. La Parte Demandante es HL Ingenieros S.A., es una sociedad constituida el 16 xx xxxxxx de 1979 mediante escritura pública No. 1670 otorgada en la Notaría Veintiuno de Bogotá, con domicilio principal en esta misma ciudad, representada legalmente al momento de la presentación de la demanda por la señora Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá1, quien otorgó poder para actuar en el presente proceso al abogado Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx como principal y al abogado Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx como sustituto de acuerdo con el escrito que obra en el expediente2. Mediante auto No. 1 el Tribunal le reconoció personería para actuar al abogado Xxxxx Xxxxxxxxx. La Parte Demandada es Construcciones Sigma S.A. en Ejecución del Acuerdo de Reestructuración, sociedad constituida el 00 xx xxxxxxx 0000 mediante escritura pública No. 6698 otorgada en la Notaría Quinta de Bogotá, con domicilio principal en esta ciudad, representada legalmente por el señor Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá3, quien otorgó poder para actuar en el presente proceso al abogado Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, de acuerdo con el escrito que obra en el expediente4 y a quien mediante auto No. 4 se le reconoció personería para actuar.
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte convocante es XXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX, persona natural, mayor de edad, domiciliado en Bogotá y quien obra en este proceso en su propio nombre. Su apoderado judicial es el Doctor XXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX, a quien oportunamente se le reconoció personería para actuar en el proceso de acuerdo con el poder especial obrante a folio 9 del cuaderno principal. La parte convocada es CARACOL TELEVISIÓN S.A., persona jurídica de derecho privado, debidamente constituida y matriculada, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá y representada legalmente por XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, en su calidad de Presidente de la Compañìa, de acuerdo con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, obrante a folios 10 a 13 del Cuaderno Principal. Su apoderado judicial es el Doctor XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, a quien se le reconoció personería para actuar en el presente proceso de conformidad con el poder obrante a folio 23 del cuaderno principal, poder que le fue conferido de manera verbal en la audiencia o reunión de designación del árbitro único.
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte convocante está constituida por la sociedad C.I. AVETEX S.A. EN EJECUCIÓN DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACIÓN, que se encuentra legalmente representada por el señor XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, condición que consta en el certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio xx Xxxxxxx, documento que obra a folios 17 a 20 del Cuaderno Principal No. 1., empresa que compareció por medio de su apoderado judicial, a quien se le reconoció personería para actuar en el presente proceso, de conformidad con el poder obrante a folio 16 del mismo cuaderno principal. La parte convocada es la sociedad BBVA SEGUROS COLOMBIA S.A. se encuentra legalmente representada por el señor XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, condición que consta en el certificado de existencia y representación expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, documento que obra a folio 51 del Cuaderno Principal No.
1. que compareció por medio de su apoderado judicial a quien se le reconoció personería para actuar en el presente proceso, de conformidad con el poder obrante a folio 50 del mismo cuaderno principal.
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte demandante es el señor XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX quien actúa en nombre propio. En el proceso arbitral está representado por judicialmente por el abogado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, de acuerdo al poder que obra en el expediente y a quien se le reconoció personería para actuar.1 La parte demandada es INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS S.A., sociedad constituida el 5 de septiembre de 1940 mediante escritura pública No. 2273 otorgada en la Notaría Primera de Medellín, con domicilio principal den Bogotá, representada legalmente por la señora Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá2. En este trámite arbitral la parte demandante está representada judicialmente por el abogado Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, de acuerdo con el poder que obra en el expediente y a quien se le reconoció personería para actuar.3
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte convocante es: La parte convocada es:
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte convocante está conformada por la sociedad ENERGING OBRAS CIVILES LTDA., persona jurídica de derecho privado debidamente constituida, con domicilio principal en Bogotá, D.C. y legalmente representada por el señor XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, todo lo cual consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá. La parte convocada fue debidamente representada en el proceso, por los doctores XXXX XXXXXX XXXX XXXX y XXXX XXXXX XXXXXXX XXXX.
PARTES Y REPRESENTANTES. La parte convocante en este trámite arbitral es la BENEFICENCIA DE CUNDINAMARCA, en adelante Beneficencia o la Convocante, establecimiento público del orden departamental, representada legalmente al inicio del proceso por el señor XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXX, según consta en la Resolución de Nombramiento No. 000536 del 12 de noviembre de 2009 y en el Acta de Posesión No. 0176 del 24 de noviembre de 2009.1 Para la presente actuación judicial, la sociedad otorgó poder al doctor XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, según escrito que obra a folio 15 del Cuaderno Principal No. 1. La parte convocada es ORGANIZACIÓN DELIMA S.A. en adelante Delima o la Convocada, sociedad anónima legalmente constituida mediante escritura pública No. 6920 del 10 de octubre de 1974, otorgada en la Notaría Segunda de Cali, con domicilio principal en la ciudad de Cali, representada legalmente por el señor XXXXX XXXX XXXXXXXXXX XXXXX, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Cali.2 Para la presente actuación judicial, la sociedad otorgó poder al doctor XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, según escrito que obra a folio 168 del Cuaderno Principal No. 1.
PARTES Y REPRESENTANTES. Las partes son personas jurídicas, plenamente capaces, regularmente constituidas y han acreditado en legal forma su existencia y representación, así:
1.1. Parte convocante
PARTES Y REPRESENTANTES. 1. Parte Convocante: La Parte Convocante está compuesta por: