PERFIL DEL PERSONAL CLAVE Cláusulas de Ejemplo

PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. 7.1.Servicio Pruebas
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. Coordinador técnico
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. Para un adecuado desarrollo del presente servicio el personal clave requiere conocimientos y experiencia en capacitación en gestión de proyectos. Estas habilidades deben ser demostradas por el equipo que será propuesto por la firma. Para la ejecución del servicio se considera un equipo mínimo de dos (02) personas, con los siguientes roles: ● Profesional en áreas de ingeniería, ciencias sociales, humanas o económicas o afines. ● Con estudios de postgrado en docencia universitaria, diseño curricular o afines, áreas relacionadas con recursos humanos y/o tecnología y/o docencia. ● Mínimo cinco (05) años de experiencia laboral en procesos de capacitación de extensión profesional, gestión de proyectos de consultoría en recursos humanos y/o gestión de proyectos de cambio cultural y/o capacitación superior. ● Profesional en cualquier área del conocimiento ● Estudios de posgrado en áreas relacionadas a la gestión de proyectos o certificación internacional vigente en gestión de proyectos ● Deseable certificación en coaching ● Mínimo cinco (05) años de experiencia laboral relacionado con capacitaciones en gestión de proyectos y/o similares a los talleres requeridos en la presente consultoría. De preferencia experiencia en el sector público. La experiencia del personal se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. El personal propuesto por el oferente como mínimo deberá contar con (Adjuntar CV en la propuesta técnica): Quien estará a cargo de todas las funciones de gestión y coordinación asociadas al objeto de la convocatoria durante la vigencia de la prestación principal y los servicios conexos. Deberá acreditar estudios en Ingeniería de Sistemas y/o Computación y/o Informática y/o afines. Debe contar con las siguientes certificaciones técnicas: ✓ ITIL Fundation v3 ✓ Project Management Professional Debe contar con la siguiente capacitación oficial: ✓ Oracle Weblogic Server 12c (Administración) Con una experiencia no menor de cuatro (04) años en gestión y coordinación de proyectos de TI durante los últimos (04) años de presentada la oferta. Dicha experiencia y certificación se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) Constancias (ii) Certificados o (iii) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. No se aceptan declaraciones juradas.
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. La supervisión del servicio de “Mantenimiento de la pista sintética, camerinos servicios higiénicos y exteriores del Estadio Umacollo”, debe encargarse de supervisar técnicamente y de manera permanente todo el proceso de ejecución del servicio de mantenimiento, de acuerdo a contrato, TDR contractual y la normatividad nacional o internacional vigente; no tiene facultades para modificar el contrato, ni los términos de referencia contractual, ni situaciones similares relacionadas al presente servicio. El Consultor persona natural o jurídica, para la supervisión del presente servicio de mantenimiento, por su naturaleza y complejidad, deberá contar con un plantel profesional multidisciplinario integrado por: un Jefe de Supervisión, un Supervisor de Servicios N° 01, un Supervisor de Servicios N° 02 y un Especialista en Instalaciones Sanitarias
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. Para un adecuado desarrollo del presente servicio el personal clave requiere conocimientos y experiencia en desarrollo e implementación de plataformas digitales. Estas habilidades deben ser demostradas por el equipo que será propuesto por la firma. Para la ejecución del servicio se considera un equipo mínimo de 5 personas, con los siguientes roles: • Profesional en áreas de administración, ingeniería de sistemas, industrial, telecomunicaciones, electrónica, mecatrónica o afines. • Deseable con estudios de posgrado en áreas relacionadas con la ingeniería, tecnología o transformación digital. • Deseable certificación en metodologías ágiles tipo SCRUM. • Mínimo 7 años de experiencia laboral en temas relacionados con diseño y/o implementación de plataformas digitales, Liderando o coordinando proyectos. Deseable haber realizado trabajos con entidades públicas. • Profesional técnico en áreas de ingeniería de sistemas, telecomunicaciones, electrónica, mecatrónica o afines. • Deseable certificación o estudios relacionados con User Experience, User Interface o alguna rama del Human Centered Design. • Mínimo 2 años de experiencia laboral relacionado con la experiencia de usuario y/o usabilidad web y/o diseño de interfaces. • Profesional en áreas de ingeniería de sistemas, telecomunicaciones, electrónica, mecatrónica o afines. • Deseable certificación o estudios relacionados desarrollo web • Mínimo 3 años de experiencia laboral relacionado con la implementación xx xxxxxxxx web, experiencias de usuario.
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. A. Un (01) Jefe de Proyecto
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. El Equipo de Personal Clave deberá estar constituido por profesionales idóneos de primera línea con experiencia en materia técnica, económica, financiera, legal, organizacional, con experiencia en proyectos de transporte urbano o interurbano y demás temas requeridos para la prestación del servicio materia de la presente consultoría. Considerando que todos los entregables y acciones a desarrollar en Guatemala deben ser en idioma español, el Equipo de Personal Clave, en el caso de ser extranjero, deberá tener la capacidad de comunicarse en el idioma español, o en su defecto en idioma inglés, pero contando debidamente con un traductor en español. Los integrantes del Equipo de personal Clave deberán estar disponibles en Guatemala por el tiempo necesario para prestar los servicios de la presente consultoría y estar de manera presencial para la presentación de los entregables, adicionalmente deberá contar con un equipo de coordinación local que tendrá comunicación directa y constante con la ANADIE. El Equipo de Profesionales Clave estará integrado como mínimo por:
PERFIL DEL PERSONAL CLAVE. ● Diseñador UX / Diseñador Gráfico - Profesional o Técnico en carreras relacionadas a diseño gráfico o afines. - Experiencia laboral mínima de tres (03) años realizando funciones de diseño gráfico y diseños de experiencia de usuario (UX). - Conocimientos en desarrollo o maquetación de proyectos webs. ● Analista / Desarrollador - Profesional o Técnico en carreras relacionadas a tecnologías de la Información, informática, sistemas, o afines. - Experiencia laboral mínima de tres (03) años realizando funciones de analista programador o programación / desarrollo de sistemas / aplicaciones / software. - Conocimientos en motor de bases de datos MS SQL Server u Oracle 11g o superior. La experiencia del personal se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto.

Related to PERFIL DEL PERSONAL CLAVE

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.