Plan Estratégico Cláusulas de Ejemplo

Plan Estratégico. A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, de Subven- ciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera como plan estratégico la Estrategia de Empleo de Extremadura 2016-2019 , junto con el plan específico elaborado al respecto.
Plan Estratégico. El consultor deberá elaborar el Plan Estratégico para el CDLU Zona B Sector Xxxxxxx que detalle un diagnóstico de la situación actual, un análisis externo que establezca los factores políticos, económicos, socio- culturales, y tecnológicos que intervienen en el proyecto, la definición del escenario, objetivos estratégicos, ventajas comparativas, competitivas y las acciones claves para alcanzar el cumplimiento de la misión, visión y objetivos estratégicos propuestos. Se diseñará un mapa estratégico que determine las acciones que se deben articular con inversionistas y sectores productivos involucrados en el proyecto. Se analizarán elementos tales como la optimización y potenciación del transporte, la industrialización, el sector productivo y la logística en sus diferentes términos El Municipio xx Xxxx facilitará para esta consultoría toda la información técnica disponible y que contribuya al desarrollo de la consultoría, entre otros:  Estudios y Diseños existentes referidos a la consultoría.  Plan de Ordenamiento Territorial xx Xxxx.  Perfil de Proyecto CDLU-PSC  Informe de Estudio de Viabilidad para la implementación del Centro de Distribución y Logística Urbana xx Xxxx.  Aforos Vehiculares de la ciudad xx Xxxx.  Informe de Sondeo xx Xxxxxxx Zona “A”  Modelo de Gestión y Organización del CDLU Zona “A”.  Levantamiento Topográfico de la zona “X”. Se brindará, además, toda información técnica complementaria relevante para los trabajos para la consultoría y de la que dispongan la dirección de planificación y la Unidad Puerto Seco Comercial que coordina el proyecto. El Consultor deberá revisar, cuidadosamente, la documentación de la que dispone la entidad a fin de conocer y cumplir los procedimientos, compromisos contractuales y normas aplicables al estudio, además de considerar todos los proyectos que se estén realizando en otras entidades nacionales, regionales o locales, que puedan afectar o contribuir en el buen desempeño de la consultoría. El Consultor deberá entregar al menos tres productos principales:
Plan Estratégico. A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera como Plan Estratégico el Plan de Acción Integral Empleo, Emprendedores y Empresa (2012-2015), junto con el Plan específico elaborado al respecto.
Plan Estratégico. Dentro del Plan Estratégico, se incluyen los procesos de capacitación y entrenamiento dirigido al personal vinculado con el proyecto, como a continuación se indica: Posterior a una selección del personal que realiza labores específicas y maneja maquinaria, se implementará un programa, ya sea dentro de la zona del proyecto o fuera de ésta, que permitirá la capacitación dirigida a minimizar los riesgos de operación como consecuencia del desconocimiento del trabajador de las virtudes del equipo que tiene a su cargo. A su vez, las capacitaciones instruirán al personal acerca de cómo atender una contingencia mientras llegan las unidades de apoyo. En cada uno de los frentes vulnerables se seleccionarán personas claves dentro del personal (preferiblemente voluntarios) con la finalidad de capacitarlas en los temas que se relacionan a continuación: plan de contingencia, atención y manejo de desastres, primeros auxilios, salvamento de rescate, extinción de incendios. Para el personal directamente vinculado con el proyecto, se posibilitará, la realización de procesos de autoevaluación mediante simulacros, que permitan mantener el plan de contingencia vigente. Como parte del plan estratégico, se propone la creación de la Unidad de Contingencias (UC) la cual, en conjunto con grupos de apoyo externo e interno, tendrán la responsabilidad de prevenir y atender las contingencias que se presenten durante esta fase. Esta unidad está conformada a su vez por los tres (3) grupos siguientes (Ver Figura 2):  División Salud  División Social  División Técnica La dirección de construcción es la encargada del manejo de la unidad de contingencias, la cual será encabezada por un profesional especialista en XXXX. Las funciones de la unidad de contingencias son:  Coordinar las acciones preventivas, de atención y restauración que hace parte del plan de contingencias.  Centralizar la información de los frentes de obra, que sirva de base para la toma de decisiones.  Establecer el área de influencia de un evento contingente y sus características.  Definir en coordinación con otras instancias del proyecto, la necesidad de activar alguno de los planes de contingencia.  Actualizar el plan de contingencia.  Diseñar, organizar y actualizar los cursos de capacitación para el personal de las empresas que intervienen en la construcción del proyecto y del personal que intervendría en la atención de una contingencia.  Participar en los simulacros organizados por los comités de emergencia y d...
Plan Estratégico. A efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, de Subvencio- nes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además del que se ha elaborado para las presentes bases, se considera Plan Estratégico de las presentes ayudas el Plan del Empleo Autónomo 2020- 2023, suscrito el 3 de noviembre de 2020 entre la Junta de Extremadura y las organizaciones de personas autónomas con mayor representatividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ATA-Extremadura, OPAEX y CEAT-Badajoz, o aquel que para el mismo fin lo sustituya. El citado Plan, promovido y aprobado en el marco de la Agenda para la Reactivación Social y Económica de Extremadura y de la Declaración para la Concertación Social de Extremadura recoge, entre otras, la Medida 4.3: Ayudas para la creación y mantenimiento del Empleo Au- tónomo, en la que se encuadran las subvenciones reguladas en el presente decreto.
Plan Estratégico. Las medidas a desarrollar en el presente Decreto emanan del Plan de Fomento y Calidad del Empleo en Extremadura 2008-2011, que se constituye como plan estratégico de las presen- tes subvenciones, a los efectos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 38/2007, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plan Estratégico. Las partes firmantes se comprometen a definir el Plan Estratégico de Investigación del Instituto de Investigación Sanitaria de Castilla-La Mancha con el objetivo de establecer los objetivos estratégicos y el plan de acción del nuevo Idiscam en sus primeros 5 años de puesta en funcionamiento, y de acuerdo con el Artículo 5 del Real Decreto 279/2016, de 24 xx xxxxx, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria. El Plan Estratégico abordará los siguientes apartados de acuerdo con el contenido especificado en el Artículo 5 del RD 279/2016:
Plan Estratégico. A los efectos de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se considera como Plan Estratégico el Plan de Fomento y Calidad del Empleo en Extremadura y el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 para Extremadura.

Related to Plan Estratégico

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.