PLAZO DE PAGO. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artículo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral. (Artículo incorporado por art. 1° de la Ley N° 26.593 B.O. 26/5/2010)
PLAZO DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se establezca uno distinto. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. Si se estableciera el pago por adelantado, el cocontratante deberá constituir una contragarantía por el equivalente a los montos que reciba como adelanto.
PLAZO DE PAGO. A menos que se indique otra cosa en el presente Contrato y sujeto a la certificación por el Oficial del Proyecto de la OPS/OMS sobre la finalización satisfactoria de dichos servicios, normalmente la OPS efectuará el pago en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha del recibo de a) la factura del proveedor y b) las copias de los documentos habituales de envío y otros especificados en el Contrato, de ambas fechas la que sea posterior.
PLAZO DE PAGO. LA EMPRESA CONTRATANTE pagará el importe convenido a los 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de aceptación de la factura, con los documentos que deberán acompañarla. El periodo que transcurra a partir de que se le indique las deficiencias y hasta que el concursante adjudicado presente la(s) factura(s) corregida(s), interrumpirá el plazo establecido para el pago.
PLAZO DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se establezca uno distinto.
PLAZO DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos de presentada la factura correspondiente, mediante sistema CUT. No obstante ello, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 117 in fine del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente.
PLAZO DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será dentro de los treinta (30) días corridos. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente.
PLAZO DE PAGO. La Compañía efectuará el pago del rescate total o retiro parcial en un plazo máximo de 30 días contados desde la presentación de la solicitud correspondiente, salvo cuando en un mes determinado el total a pagar por rescates totales y/o retiros parciales supere un 10% de la suma de los saldos de las Cuentas Individuales de las Pólizas de este Plan. En tal caso la Compañía efectuará los pagos por orden de presentación de las solicitudes hasta alcanzar el límite y transferirá las solicitudes restantes al mes siguiente.
PLAZO DE PAGO. 32. Fijar la jurisdicción de los tribunales competentes en caso de conflicto.
PLAZO DE PAGO. El plazo de pago por el Cliente es esencial. Los pagos sólo se considerarán recibidos una vez los fondos hayan sido ingresados por el Proveedor.