Plazos de pago. 10.1 Cada envío de Productos constituirá una transacción diferente, y el Comprador recibirá una factura en el momento de la entrega. El Proveedor tendrá derecho a facturar al Comprador mensualmente por adelantado respecto de los Servicios prestados. Los plazos de pago serán treinta (30) días netos a partir de la fecha de facturación.
10.2 El Comprador pagará en su totalidad todos los importes adeudados conforme a un Contrato sin deducciones, retenciones, compensaciones o contraprestaciones por cualquier motivo, que surjan del contrato, por perjuicio (incluida negligencia), incumplimiento de obligación legal o de otro modo, salvo si se estipula por ley.
10.3 El Proveedor puede, a su entera discreción, determinar en cualquier momento que la situación financiera del Comprador requiere el pago total o parcial por adelantado, o la disposición de una garantía de pago por parte del Comprador de forma satisfactoria para el Proveedor.
10.4 Si el Comprador no efectúa el pago cuando corresponde, sin perjuicio de los demás derechos y recursos a disposición del Proveedor, este tendrá derecho (a su criterio) a: (i) considerar que el Comprador se niega a cumplir el Contrato, suspender o cancelar la entrega de Productos o la prestación de Servicios, o cualquier parte de los mismos según el Contrato o cualquier otro contrato entre ellos, y reclamar daños o recibir unas tasas de cancelación razonables; (ii) reafirmar el Contrato y reclamar daños al Comprador; y (iii) recuperar, además del pago, los intereses sobre el importe no pagado (tanto antes como después de la resolución) a una tasa del 5 % anual sobre la “tasa preferente” establecida oportunamente en el Wall Street Journal (Edición de la Xxxxx este), hasta que se efectúe el pago del importe total. Dicho interés se calculará diariamente.
Plazos de pago. El primer pago de prefinanciación se hará dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la solicitud de pago por el Órgano de Contratación. Los nuevos pagos de prefinanciación y los pagos del saldo se efectuarán en los sesenta días siguientes a la recepción de la solicitud de pago por el Órgano de Contratación. Sin embargo, los nuevos pagos de prefinanciación y los pagos del saldo se efectuarán en los noventa días siguientes a la recepción de la solicitud de pago por el Órgano de Contratación en los siguientes casos:
Plazos de pago. 1. El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar el precio del contrato, tanto el total como los pagos parciales establecidos en este pliego, dentro del plazo máximo establecido en la disposición transitoria 6ª del TRLCSP en la redacción dada por la Ley 15/2010, de 5 de julio de modificación de la Ley de Medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales (50, 40 ó 30 DÍAS NATURALES, según se facture en el año 2011, 2012 ó 2013 respectivamente), contados desde la fecha de presentación en el Registro en el Ayuntamiento de la factura correspondiente por parte del contratista acompañada del resto de los documentos exigidos para el pago en el presente pliego debidamente cumplimentados, o desde la fecha de recepción de las prestaciones objeto del contrato si fuese posterior. Los abonos mensuales al contratista tienen el concepto de pagos a cuenta, sujetos a las rectificaciones que se produzcan en la medición y/o valoración final.
2. El plazo de pago de las facturas no comenzará a computar hasta que no se presente la factura y su documentación complementaria de manera completa y correcta.
3. En el caso de presentarse liquidación adicional del contrato, el abono del saldo resultante de la misma se realizará en el plazo indicado en el párrafo anterior Este plazo comienza a contar desde la fecha de presentación en el Registro municipal de la factura correspondiente por parte del contratista y el resto de los documentos exigidos para el pago en el presente pliego debidamente cumplimentados, o desde la fecha de recepción del servicio si fuese posterior, o desde la finalización del plazo de garantía si el Ayuntamiento no ha actuado en ese periodo de tiempo. La factura correspondiente a la liquidación del contrato, si la hubiese, se deberá por el contratista expedir esa factura una vez que el Ayuntamiento haya aprobado esa liquidación o haya transcurrido el plazo de un mes desde la fecha del acta de recepción, o desde la finalización del plazo de garantía si el Ayuntamiento no ha actuado en ese periodo de tiempo.
4. El Ayuntamiento podrá suspender el pago de las facturas que con base en este contrato tuviera el adjudicatario pendientes de cobro, cuando existan a juicio de esta Entidad local indicios de que pudiera resultar de aplicación alguna penalidad, o resarcimiento de daños y perjuicios.
Plazos de pago. 11.1 Excepto que las partes lo acuerden de otro modo, los productos o servicios se facturarán a su entrega. El cliente pagará las facturas en un plazo de treinta (30) días después de la fecha de factura. A menos que el contrato indique expresamente otra cosa, no se requieren una orden de compra y/o un número de orden de compra en la factura para la realización de los pagos conforme al contrato. MAPP tendrá derecho a cobrar recargos por retraso en el pago de las cantidades debidas conforme al contrato e indicadas en una factura correcta si el cliente no paga dichas cantidades a su vencimiento. Los recargos serán inferiores al 1,5 % mensual de la cantidad no pagada, o a cualquier límite aplicable impuesto por ley.
11.2 Los precios no incluyen los gastos de envío e instalación aplicables, ni los impuestos sobre IVA, ventas, uso o similares. Todas las cantidades pendientes a MAPP conforme al contrato serán pagadas por el cliente a MAPP en su totalidad sin ninguna compensación, reembolso, reconvención, deducción, adeudo ni retención por ningún motivo (excepto las deducciones o retenciones tributarias conforme a la legislación aplicable).
11.3 Si el cliente incumple sus obligaciones de pago sin haberlas reclamado de buena fe y por escrito antes del primer vencimiento del pago, y si el cliente no subsana dicho incumplimiento en un plazo de 15 días después de que reciba una notificación por escrito del incumplimiento, MAPP podrá volver a tomar posesión de los productos que el cliente no haya pagado, cancelar las licencias que el cliente no haya pagado, suspender el acceso al software de nube y suspender la prestación de servicios no pagados en su totalidad, así como suspender la entrega de artículos no pagados en su totalidad.
Plazos de pago. En las contrataciones por sesiones o semanas, el pago xxx xxxxxxx se efectuará por semanas vencidas. En aquéllos casos en los que la contratación sea por meses o por períodos determinados de duración superior a un mes, el pago xxx xxxxxxx se efectuará en el último día de cada mes. Alternativamente, el pago xxx xxxxxxx se efectuará en los plazos contractuales previstos. En los contratos de duración superior a 15 días, el trabajador podrá solicitar, y tendrá derecho a obtener, anticipos a xxxxx xxx xxxxxxx devengado.
Plazos de pago. El Asegurador satisfará la indemnización conforme se indica a continuación:
Plazos de pago. DXC acuerda pagar al Proveedor el monto no discutido de una factura dentro de los 30 (treinta) días contados a partir de la recepción de una factura válida, completa y correctamente documentada. Los descuentos de pronto pago se calcularán a partir de la fecha en que DXC reciba la factura conforme. El pago se realizará en la moneda de los EE. UU., salvo especificación en contrario. El pago no constituye la aceptación de los Productos y Servicios ni menoscaba el derecho de inspección de DXC. La aceptación se produce cuando DXC considera que los Productos y Servicios cumplen con el criterio especificado (“Aceptación”). DXC, a opción suya, y sin previo aviso al Proveedor, tendrá derecho a compensar o deducir de la factura del Proveedor, los créditos, reembolsos o reclamo s de cualquier tipo debidos a DXC.
Plazos de pago. La redención del principal y, de ser el caso, el pago de los intereses de los Papeles Comerciales se realizarán conforme a lo que se indique en los Contratos Complementarios, en los Prospectos Complementarios o, de ser el caso, en los demás documentos pertinentes.
Plazos de pago. Los contribuyentes del Impuesto de Avisos y Tableros deberán efectuar el pago del importe del impuesto a cargo fijado por la División de Impuestos por períodos mensuales en las fechas límite establecidas para el impuesto de industria y comercio y dentro de la misma factura.
Plazos de pago. El pago del Impuesto a la Propiedad Automotor podrá ser abonado en una (1) cuota o en el número de ellas que establezca el Ministerio de Finanzas en los vencimientos que a tal efecto disponga en su resolución. En el caso de motocicletas, triciclos, cuadriciclos, motonetas con o sin sidecar, motofurgones, ciclomotores, motocabinas y microcoupes (motovehículos) cero kilómetros (0 km) cuya base imponible al momento de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor no supere el monto establecido por la Ley Impositiva Anual, se abonará -conforme lo previsto en el Artículo 306 del Código Tributario- como un único impuesto debiendo ser ingresado en el momento citado a través de la percepción que debe efectuar el encargado del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, operando el vencimiento de dicho impuesto el día de dicha inscripción. ANEXO I DE LA RESOLUCION DEL MINISTERIO DE FINANZAS 454 LETRA D 2023