PREEXISTENCIAS. Las enfermedades preexistentes están cubiertas dentro del sistema de seguros y de EPS, como mínimo, hasta los límites del contrato original o anterior. Se entiende por preexistencia, cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico colegiado, conocida por el titular o dependiente y no resuelta en el momento previo a la presentación de la declaración jurada de salud.
PREEXISTENCIAS. Aquellas enfermedades conocidas por el asegurado o diagnosticadas y/o tratadas con anterioridad al inicio de vigencia de la cobertura de cada cláusula anexa para cada asegurado.
PREEXISTENCIAS. Conforme lo determina el artículo 1° del Decreto 1222 de 1994, se considera preexistencia toda enfermedad, malformación o afección que se pueda demostrar existía a la fecha de iniciación del contrato o vinculación, sin perjuicio de que se pueda diagnosticar durante la ejecución del contrato sobre bases científicas sólidas. La demostración de la existencia de factores de riesgo, como hábitos especiales o condiciones físicas o genéticas, no podrá ser fundamento único para el diagnóstico a través del cual se califique una preexistencia.
PREEXISTENCIAS. Quedaran cubiertas bajo esta póliza todas aquellas reclamaciones que correspondan a enfermedades de Alto Costo preexistentes, es decir todas aquellas que actualmente están en tratamiento o que hayan sido diagnosticadas con anterioridad a la fecha de iniciación de la póliza.
PREEXISTENCIAS. Las enfermedades preexistentes están cubiertas dentro del sistema de seguros y de EPS, como mínimo, hasta los límites del contrato original o anterior. Estando a lo anterior, no se considerará enfermedad preexistente aquella que se haya generado o por la que el asegurado y/o beneficiario haya recibido cobertura durante la vigencia de un contrato de seguro o plan de salud que cubrió el período inmediatamente anterior, aun cuando dicho beneficio haya tenido origen en una póliza de seguro de enfermedades o asistencia médica o plan de salud diferente. Se entiende por preexistencia, cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico colegiado, conocida por el titular o dependiente y no resuelta en el momento previo a la presentación de la declaración jurada de salud. La preexistencia deberá ser declarada por el ASEGURADO en la solicitud de seguro proporcionada por PACÍFICO SEGUROS en la etapa previa a la celebración del contrato de seguro. Se entiende que con la firma del ASEGURADO en dicha solicitud y con la aceptación de la misma por parte de PACÍFICO SEGUROS, está autorizada para solicitar a la otra compañía de seguros o EPS, según corresponda, los antecedentes médicos y los alcances de su seguro de salud anterior, a fin de poder otorgar la continuidad de cobertura. El ASEGURADO y/o el BENEFICIARIO que, en los casos de pólizas grupales, deje de pertenecer al grupo asegurado, podrá contratar, en un plazo de 120 días contados a partir del término del contrato de seguro anterior, una nueva cobertura con cualquier aseguradora del sistema financiero peruano.
PREEXISTENCIAS. La cobertura cuenta con un PERÍODO DE ESPERA de doce (12) meses, por lo que todo gasto efectuado dentro de este período, no será cubierto por el plan de salud. Para esto, el AFILIADO deberá evidenciar afiliación previa al programa Auna Salud y con al menos noventa (90) días de vigencia. Asimismo, la preexistencia se encontrará cubierta por el nuevo programa complementario, teniendo que transcurrir el tiempo restante para cumplir con el PERÍODO DE ESPERA, siempre y cuando esta se haya encontrado cubierta durante la vigencia del programa complementario anterior y a su vez cuente con cobertura dentro del presente programa. PLAN DE BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE SALUD La cobertura a la que el(los) AFILIADO(s) tiene(n) derecho a través del presente CONTRATO, corresponde de manera específica al programa optado por el CONTRATANTE en la SOLICITUD DE AFILIACIÓN, cuyos alcances, limitaciones, deducibles y copagos detallamos a continuación.
PREEXISTENCIAS. Son condiciones o enfermedades diagnosticadas antes de contratar con la Compañía, tales como las denominadas enfermedades graves: insuficiencia renal crónica, infarto de miocardio, cirugía arteria coronaria, accidente cerebro vascular y trasplante de órganos y tejidos. PARÁGRAFO: No incluye Sida VIH, cáncer y hepatitis C.
PREEXISTENCIAS. Quedan cubiertos los gastos médicos derivados de padecimientos preexistentes, amparados con un límite de $100,000 MXP de suma asegurada, deducible y coaseguro contratados en la póliza. Se cubren aquellos padecimientos cuyos síntomas y/o signos se hayan manifestado con anterioridad a la vigencia actual y/o que se hayan integrado a un diagnóstico previo sin importar los signos y/o síntomas que hayan aparecido o sean aparentes a la vista o que no hayan podido pasar desapercibidos, por los cuales se haya erogado algún gasto para su tratamiento antes del inicio de la actual vigencia. **No Aplica para las siguientes enfermedades: Hipertensión Arterial, Accidentes Vasculares y/o Aneurismas Cerebrales, Cáncer, Cirrosis Hepática, Diabetes de cualquier tipo, Enfermedades Autoinmunes, Enfermedades Cardiovasculares, Enfisema Pulmonar, Infartos, Insuficiencia Renal, Leucemia, Linfomas, SIDA o Seropositivo y enfermedades secundarias a esta condición, así como enfermedades y complicaciones derivadas de Trasplantes. COBERTURA DENTAL “PLAN COMBINADO” (DENTEGRA)
PREEXISTENCIAS. La cobertura de enfermedades preexistentes esta excluida de la cobertura general en cuanto al tope económico, por la oportunidad en que se tiene derecho a su uso (1 evento por viaje) y por los siguientes parámetros y exclusiones:
a) Para casos de preexistentes URUGUAY ASISTENCIA S.A. asumirá las prestaciones de asistencia básica de emergencia para el tratamiento de un cuadro agudo, traslado en ambulancia, gastos xx xxxx de emergencia, incluida su internación, y siempre hasta el límite máximo de gastos previstos para preexistencias.
b) Están excluidos de esta cobertura los siguientes costos
i. Consultas de control
ii. Tratamientos ambulatorios de cualquier tipo