PRINCIPIO DE LEGALIDAD. De acuerdo con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución Política, en tiempos xx xxx, solamente el congreso, las asambleas departamentales y los concejos municipales podrán imponer contribuciones fiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos municipales deben fijar directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos, las bases gravables y las tarifas de los impuestos.
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Samples: Estatuto Tributario, Estatuto Tributario
PRINCIPIO DE LEGALIDAD. De acuerdo con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución Política, en En tiempos xx xxx, solamente el congreso, las asambleas departamentales y los concejos municipales podrán imponer contribuciones fiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos municipales deben fijar fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos, las bases gravables y las tarifas de los impuestos.. CONCEJO MUNICIPAL XX XXXXXXXX NIT 832.001.087-3
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Samples: Estatuto De Rentas
PRINCIPIO DE LEGALIDAD. De acuerdo con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución Política, en En tiempos xx xxx, solamente el congresoCongreso, las asambleas departamentales Asambleas Departamentales y los concejos Concejos municipales podrán imponer contribuciones fiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos municipales deben fijar fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos, las bases gravables y las tarifas de los impuestos.
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