Procedimiento de Selección. 15.1. En la fecha establecida en el llamado se procederá a la apertura de las ofert s. Durante los TRES (3) días hábiles siguientes se otorgará vista a los proponentes cuyas ofertas hayan sido abiertas, quienes podrán observar cualquiera de las restantes. Las observaciones se fundamentarán en forma clara y precisa y serán presentadas en la Mesa de Entradas xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGÌSTICA S.A. Cumplido el plazo del párrafo anterior la COMISION EVALUADORA se abocará al análisis de las ofertas, con el objetivo de determinar si las mismas cumplimentan los requisitos de la licitación, integran las correspondientes garantías y demuestran estar en condiciones de cumplimentar la provisión objeto del llamado en tiempo y forma, de manera de poder concluir que dichas ofertas resultan ADMISIBLES. En ese proceso de evaluación, la COMISION EVALUADORA podrá requerir todas las aclaraciones, ratificaciones y admisibilidad. rectificaciones que considera necesarias para determinar la Los Oferentes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios de la COMISIÒN EVALUADORA dentro del plazo de TRES (3) días hábiles y si no se cumpliera en término con dicho pedido, se tendrá por retirada la propuesta con pérdida de la Garantía de MANTENIMIENTO DE OFERTA. No se requerirá o aceptará aclaración o información complementaria por parte de un Oferente que implique una alteración de la igualdad en la evaluación de las ofertas, o que represente una ventaja para quien formula la aclaración o complementación de la información dado el tiempo transcurrido con posterioridad a la fecha de apertura, el conocimiento adquirido de las demás ofertas o cualquier otra condición.
15.2. La COMISION EVALUADORA emitirá el Dictamen de Evaluación, el cual no será vinculante y proporcionará criterios suficientes para la toma de decisión de la preadjudicación.
Procedimiento de Selección. 0.Xx contratación de Personal Docente e Investigador se realizará mediante concursos públicos convocados por las Universidades de acuerdo con el procedimiento establecido en el presente Convenio Colectivo y en los Estatutos de cada Universidad. Los concursos serán públicos y la convocatoria será comunicada con suficiente antelación al Consejo de Coordinación Universitaria para su difusión en todas las Universidades. 0.Xx selección se efectuará con respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los concursos de acceso a que se refiere el art. 63 de la Ley Orgánica de Universidades. 3.Cada Universidad, establecerá un baremo puntuado de méritos el cual previamente será informado de manera razonada por los representantes de los trabajadores en el plazo de quince días, en el caso de informe negativo la Universidad en igual plazo emitirá informe razonado. En estos baremos, se tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a)Con carácter prioritario, los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto de trabajo. b)Estar habilitado para participar en los concursos de acceso a que se refiere el artículo 63 de la XXX. c)El grado de doctor en aquellos casos en los que no sea un requisito de acceso a la categoría correspondiente d)La experiencia profesional o/y académica del candidato en puestos de similar contenido. e)Podrá incluirse una presentación del candidato sobre su currículum vitae. f)Los requisitos del puesto no podrán ser objeto de puntuación de méritos. 4.Los puestos de Profesor Visitante y Emérito quedan excluidos del proceso de selección al que se refiere este apartado. 5.Contra las convocatorias y los actos administrativos que de ellas se deduzcan, se podrán interponer los recursos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Procedimiento de Selección. El procedimiento de selección se hará mediante Licitación Pública Nacional en Etapa Múltiple.
Procedimiento de Selección. El procedimiento de selección se hará mediante Comparación de Precios en Etapa Múltiple.
Procedimiento de Selección. 1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de febrero de 2020. El lugar, fecha y hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos, junto con la resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de candidatos admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios del Senado, así como en la página web de la Cámara, con quince días hábiles de antelación como mínimo.
2. El orden de actuación viene establecido por el resultado del sorteo público celebrado para determinar el orden de actuación de aspirantes en los procesos de selección que se convoquen durante los años 2018 y 2019 en el ámbito de las Cortes Generales, cuya resolución fue publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, sección Cortes Generales, serie X, xxx. 00, xx 0 xx xxxx xx 2018. Conforme al resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes al presente proceso selectivo se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «G». En el caso de que no existiera ningún aspirante cuyo apellido comenzara por la letra «G», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «H», y así sucesivamente.
3. Los aspirantes serán convocados para la realización de cada uno de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
4. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios se harán públicos por la Comisión de Selección en el tablón de anuncios del Senado y en la página web de la Cámara xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/ trabajarformarsesenado/convocatorias/procesosselectivos/index.html, con setenta y dos horas, al menos, de antelación al comienzo de los ejercicios correspondientes. Por estos mismos medios se harán públicos los resultados de cada uno de los ejercicios. cve: BOE-A-2020-300 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
5. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica, la Comisión de Selección publicará, con anterioridad a la realización de las pruebas, las instrucciones que deban conocer los aspirantes y, en su caso, los criterios de corrección, valoración y superación de las mismas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
6. El proceso selectivo constará de dos ejercicios, uno teórico y otro práctico, que tendrán carácter eliminatorio, y cuyo detalle es el siguiente:
6.1 Primer ejercicio: Contestación por escrito, durante un máximo de...
Procedimiento de Selección. La presente Licitación Pública Nacional será realizada bajo la modalidad de Etapas Múltiples.
Procedimiento de Selección. [Indicar el Procedimiento de Selección y si es de Etapa Única o de Etapas Múltiples]
Procedimiento de Selección. Licitación Pública Nacional de Etapas Múltiples.
Procedimiento de Selección. El procedimiento de selección, número, ejercicio, clase y modalidad del procedimiento de selección por el cual se regirá la presente Contratación será: Procedimiento de Selección: LICITACIÓN PÚBLICA Nº 392-0004-LPU16 Clase: DE ETAPA UNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD
Procedimiento de Selección. El procedimiento de selección, número, ejercicio, clase y modalidad del procedimiento de selección por el cual se regirá la presente concesión de uso será: Procedimiento de Selección/Nº/Ejercicio: LICITACION PRIVADA Nº 1011944/2016.