Common use of PROPIEDAD INDUSTRIAL Clause in Contracts

PROPIEDAD INDUSTRIAL. Corresponden a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre sus marcas, signos distintivos y demás bienes incorporales que autorice a utilizar al adjudicatario al amparo del Contrato. En ningún caso dicha utilización implicará la concesión de ningún derecho al adjudicatario sobre dichas propiedades. El adjudicatario garantiza a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. que dispone de cuantos derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los medios que sean precisos y emplee para la realización de cuanto es objeto del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. podrá verificar este hecho en cualquier momento. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. se reserva cualesquiera otras facultades anejas a los señalados derechos y cualesquiera otros relativos a la propiedad industrial. Será propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. el resultado de los servicios así como cuantos materiales y documentos (especificaciones, presentaciones, etc.) se realicen en cumplimento del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. será titular de todos los derechos referidos en los párrafos anteriores. Si ello fuera necesario, el adjudicatario se compromete a suscribir cuantos contratos de cesión de derechos individuales sean precisos para el cumplimiento de la legislación vigente en cada país en materias de Propiedad Industrial. A los efectos previstos en los párrafos anteriores, el adjudicatario se compromete a la entrega de toda la documentación técnica y de cualquier otro tipo y/o entregables generados en el proceso de análisis, diseño, desarrollo, implantación y realización de las pruebas de las mismas. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A., en cuyo poder quedarán a la finalización del Contrato, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades. El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. en la utilización de los derechos proporcionados por el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y deberá indemnizar a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo caso, las relaciones jurídicas derivadas del Contrato se establecerán entre Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y el adjudicatario. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. no estará contractualmente vinculado con personas distintas del adjudicatario.

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Contract

PROPIEDAD INDUSTRIAL. Corresponden a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre sus marcas, signos distintivos y demás bienes incorporales que autorice a utilizar al adjudicatario al amparo del Contrato. En ningún caso dicha utilización implicará la concesión de ningún derecho al adjudicatario sobre dichas propiedades. El adjudicatario garantiza a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. que dispone de cuantos derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los medios que sean precisos y emplee para la realización de cuanto es objeto del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. podrá verificar este hecho en cualquier momento. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. se reserva cualesquiera otras facultades anejas a los señalados derechos y cualesquiera otros relativos a la propiedad industrial. Será propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. el resultado de los servicios así como cuantos materiales y documentos (especificaciones, presentaciones, etc.) se realicen en cumplimento del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. será titular de todos los derechos referidos en los párrafos anteriores. Si ello fuera necesario, el adjudicatario se compromete a suscribir cuantos contratos de cesión de derechos individuales sean precisos para el cumplimiento de la legislación vigente en cada país en materias de Propiedad Industrial. A los efectos previstos en los párrafos anteriores, el adjudicatario se compromete a la entrega de toda la documentación técnica y de cualquier otro tipo y/o entregables generados en el proceso de análisis, diseño, desarrollo, implantación y realización de las pruebas de las mismas. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A., en cuyo poder quedarán a la finalización del Contrato, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades. El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. en la utilización de los derechos proporcionados por el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y deberá indemnizar a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo caso, las relaciones jurídicas derivadas del Contrato se establecerán entre Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y el adjudicatario. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. no estará contractualmente vinculado con personas distintas del adjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministros

PROPIEDAD INDUSTRIAL. Corresponden a Canal xx Xxxxxx XXLa APV, S.A. todos los derechos en razón de propiedad industrial e intelectual sobre sus marcaslo estipulado en este convenio, signos distintivos y demás bienes incorporales que autorice a podrá utilizar al adjudicatario al amparo del Contrato. En ningún caso dicha utilización implicará la concesión su condición de ningún derecho al adjudicatario sobre dichas propiedades. El adjudicatario garantiza a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. que dispone de cuantos derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los medios que sean precisos y emplee para la realización de cuanto es objeto del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. podrá verificar este hecho en cualquier momento. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. se reserva cualesquiera otras facultades anejas a los señalados derechos y cualesquiera otros relativos a la propiedad industrial. Será propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. el resultado «Colaborador de los servicios así como cuantos materiales y documentos (especificacionesPremios Rei Xxxxx X» o términos similares, presentacionesincluido el logo de la Fundación, etc.) se realicen en cumplimento del Contratoaquellos soportes que estime convenientes. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. será titular de todos los derechos referidos en los párrafos anteriores. Si ello fuera necesario, el adjudicatario La APV se compromete a suscribir cuantos contratos no usar las anteriores marcas o logotipos de manera que perjudique su prestigio y buena imagen. Los anteriores derechos terminarán en la fecha de finalización del presente convenio. Cualquier utilización posterior a tal fecha deberá ser expresamente aprobada por la Fundación en forma escrita. En el correcto desarrollo del objeto de este convenio la APV cede, con carácter temporal, a la Fundación el nombre, logotipo y señales o manifestaciones de identidad corporativa que mediante la firma del presente convenio declara conocer, sin que pueda entenderse en ningún caso que cede otro derecho o titularidad sobre los mismos, cualquiera que sea el tiempo que transcurra. Esta cesión tendrá carácter gratuito y se utilizará exclusivamente en la promoción y comunicación de derechos individuales sean precisos para el cumplimiento los Premios Xxx Xxxxx X, entendiendo por tal a efectos enunciativos y no limitativos, los paneles institucionales, boletines y publicaciones y demás elementos de comunicación y/o promocionales, incluida la página web de la legislación vigente Fundación en cada país en materias de Propiedad Industriallos que se haga referencia a dichos programas. A los anteriores efectos previstos se informa que la APV es titular de la marca comunitaria n.º 2.900.249, otorgada y en los párrafos anteriores, el adjudicatario vigor. Mediante la firma del presente convenio la Fundación se compromete a no usar las marcas o logotipos de la entrega APV de toda manera que perjudique el prestigio y la documentación técnica buena imagen de la misma. En este sentido tanto el color como el tamaño del nombre, logotipo y señales o manifestaciones de cualquier otro tipo y/o entregables generados identidad corporativa de APV que se empleen en el proceso ejercicio de análisisesta cesión, diseñotendrán que ser adaptadas al espacio disponible en los distintos soportes utilizados, desarrollo, implantación y realización garantizándose por parte de las pruebas la Fundación la igualdad de las mismastratamiento de aquéllos con el de otros colaboradores con la misma categoría. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A., en cuyo poder quedarán Los anteriores derechos terminarán a la finalización del Contrato, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades. El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. los Premios Xxx Xxxxx X. Adicionalmente a la inclusión de la imagen corporativa de la APV en la utilización página web de los derechos proporcionados la Fundación, se podrá establecer el correspondiente enlace a la página web de la APV, previa suscripción de la correspondiente autorización de hipervínculos, conforme a las condiciones y términos que se acuerden bilateralmente en cada caso por las partes, pudiéndose contemplar la aplicación recíproca de dicha relación. A la terminación del presente convenio y cualquiera que sea su causa, la Fundación cesará con carácter inmediato en el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación uso autorizado a que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra Canal xx Xxxxxx XXse refiere la presente cláusula, S.A. y deberá indemnizar a Canal xx Xxxxxx XXsin perjuicio, S.A. por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo en su caso, las relaciones jurídicas derivadas de la continuidad de la vigencia del Contrato se establecerán entre Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y el adjudicatario. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. no estará contractualmente vinculado mencionado Acuerdo de autorización de hipervínculos de conformidad con personas distintas del adjudicatariolo en él establecido por ambas partes.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio

PROPIEDAD INDUSTRIAL. Corresponden a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre sus marcas, signos distintivos y demás bienes incorporales que autorice a utilizar al adjudicatario al amparo del Contrato. En ningún caso dicha utilización implicará la concesión de ningún derecho al adjudicatario sobre dichas propiedades. El adjudicatario garantiza a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. que dispone de cuantos derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los medios que sean precisos y emplee para la realización de cuanto es objeto del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. podrá verificar este hecho en cualquier momento. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. se reserva cualesquiera otras facultades anejas a los señalados derechos y cualesquiera otros relativos a la propiedad industrial. Será propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. el resultado de los servicios así como cuantos materiales y documentos (especificaciones, presentaciones, etc.) se realicen en cumplimento del Contrato. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. será titular de todos los derechos referidos en los párrafos anteriores. Si ello fuera necesario, el adjudicatario se compromete a suscribir cuantos contratos de cesión de derechos individuales sean precisos para el cumplimiento de la legislación vigente en cada país en materias de Propiedad Industrial. A los efectos previstos en los párrafos anteriores, el adjudicatario se compromete a la entrega de toda la documentación técnica y de cualquier otro tipo y/o entregables generados en el proceso de análisis, diseño, desarrollo, implantación y realización de las pruebas de las mismas. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de Canal xx Xxxxxx XX, S.A., en cuyo poder quedarán a la finalización del Contrato, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.733, Folio 86, Sección 8, Hoja M-534929. Inscripción 1ª. Denominación en inscripción 34, NIF A86488087, Domicilio Social: X/ Xxxxx Xxxxxxxx, 125, 28003 Madrid. El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Canal xx Xxxxxx XX, S.A. en la utilización de los derechos proporcionados por el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y deberá indemnizar a Canal xx Xxxxxx XX, S.A. por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo caso, las relaciones jurídicas derivadas del Contrato se establecerán entre Canal xx Xxxxxx XX, S.A. y el adjudicatario. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. no estará contractualmente vinculado con personas distintas del adjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro