Common use of Préstamos Clause in Contracts

Préstamos. El contratante del seguro podrá solicitar préstamos, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a) Que haya transcurrido a lo menos el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la póliza. b) Que el número de préstamos por mes y por año no supere los máximos que se señalan en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor de la póliza definido en las condiciones particulares de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamos. El préstamo se expresará en la misma moneda que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo, el cual, no afectará estas condiciones generales. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor de la póliza. Si ocurriese el fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguro, el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados a la fecha del fallecimiento, si los hubiere.

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Samples: Seguro De Vida Individual

Préstamos. El contratante del seguro Contratante podrá obtener préstamos sobre el saldo de su Cuenta Básica por cantidades que en su totalidad no excedan el saldo de la Cuenta Básica al momento de solicitar préstamosel préstamo, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre que se cumplan sujeto a las siguientes condicionescondiciones copulativas: a) Que haya transcurrido a lo menos al efectuarse el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la pólizapréstamo se cubra cualquier deuda anterior que el Contratante tuviere con el Asegurador. b) Que el número de préstamos monto solicitado no sea menor al monto mínimo por mes y por año no supere los máximos que se señalan préstamo señalado en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor de la póliza definido en las condiciones particulares de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamos. El préstamo se expresará reajustará en la misma moneda los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo, . El Contratante podrá reembolsar al Asegurador el cual, no afectará estas condiciones generales. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor importe total xxx xxxxxxxx o parte del mismo durante la vigencia de la póliza. Si ocurriese el En caso de fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguroAsegurado, el importe total adeudado en virtud de préstamos otorgados bajo esta póliza se deducirá del monto asegurado que corresponda pagar. En el momento que el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados supere el saldo de la Cuenta Básica, el Asegurador dará por pagado el saldo adeudado y se atenderá a la fecha del fallecimiento, si los hubierelo establecido en el artículo 15 letra c) de estas Condiciones Generales.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión Y Con Pago De Anualidades

Préstamos. El contratante Asegurado podrá obtener préstamos sobre el valor póliza, por cantidades que en su totalidad no excedan del seguro podrá solicitar préstamos, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre porcentaje del valor póliza que se cumplan indica en las Condiciones Particulares y en el respectivo Certificado de Cobertura, sujeto a las siguientes condicionescondiciones copulativas: a) Que haya transcurrido a lo menos al efectuarse el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la pólizapréstamo se cubra cualquier deuda anterior que el Asegurado tuviere con el Asegurador. b) Que el número de préstamos monto solicitado no sea menor al monto mínimo por mes y por año no supere los máximos que se señalan préstamo señalado en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor Condiciones Particulares de la póliza definido y en las condiciones particulares el Certificado de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamosCobertura. El préstamo se expresará reajustará en la misma moneda los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. El Asegurado podrá reembolsar al Asegurador el importe total xxx xxxxxxxx o parte del mismo durante la vigencia de la cobertura. En caso de fallecimiento del Asegurado, el cual, no afectará estas condiciones generalesimporte total adeudado en virtud de préstamos otorgados bajo esta póliza se deducirá del monto asegurado que corresponda pagar. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por En el valor de la póliza. Si ocurriese el fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguro, momento que el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados iguale o supere a la fecha diferencia entre el valor póliza y el cargo por rescate, el Asegurador dará por pagado el saldo adeudado y se atenderá a lo establecido en la letra c) del fallecimiento, si los hubiereArtículo 14 de estas Condiciones Generales.

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Samples: Seguro Colectivo De Vida

Préstamos. El contratante del seguro podrá solicitar préstamos, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre que se cumplan satisfagan las siguientes condiciones: a) Que haya transcurrido a lo menos el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señaladoPóliza, señalado para estos efectos, efectos en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la pólizaPóliza. b) Que El contratante podrá obtener el número máximo de préstamos por mes y por año no supere los máximos año, que se señalan señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la pólizaPóliza. c) Que el El monto total de los préstamos vigentes, vigentes que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere podrá exceder el porcentaje del valor Valor de la póliza Rescate definido en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la pólizaPóliza. d) Que el El monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea podrá ser inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la pólizaPóliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamosPóliza. El préstamo se expresará en la misma moneda que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo, el cual, cual no afectará estas condiciones generaleslas Condiciones Generales de la Póliza. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor Valor de la pólizaPóliza. Si ocurriese el A la fecha del fallecimiento del asegurado, asegurado se descontará de la indemnización del seguro, el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados a la fecha del fallecimientodevengados, si los hubiere.

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Samples: Seguro De Vida Flexible Con Fondos De Inversión

Préstamos. El contratante del seguro Luego de transcurrido el período mínimo de vigencia establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza, EL CONTRATANTE podrá solicitar préstamos, mientras obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan el seguro se encuentre valor que resulte de multiplicar el porcentaje máximo establecido en las condiciones particulares de la Póliza por el valor de rescate vigente, siempre que se cumplan entiéndase por valor de rescate vigente a la diferencia entre el valor de la cuenta básica, el cargo por rescate total y prestamos anteriores pendientes de pago. Además, los préstamos estarán sujetos a las siguientes condiciones: a) Que haya transcurrido a lo menos al efectuarse el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la póliza.préstamo se cubra cualquier deuda anterior que EL CONTRATANTE tuviere con LA ASEGURADORA; b) Que el número de préstamos por mes y por año no supere los máximos que se señalan en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor de la póliza definido en las condiciones particulares de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamos. El préstamo se expresará reajustará en la misma moneda los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado de fallecimiento Capital Asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato contrato; c) EL CONTRATANTE podrá reembolsar a LA ASEGURADORA el importe total xxx xxxxxxxx o parte del mismo durante la vigencia de mutuola Póliza; d) En caso de fallecimiento del ASEGURADO, el cual, no afectará estas condiciones generales. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por importe total adeudado en virtud de préstamos otorgados bajo la Póliza se deducirá del monto asegurado que corresponda pagar; y e) En el valor de la póliza. Si ocurriese el fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguro, momento que el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados iguale o supere al valor de rescate de la póliza, LA ASEGURADORA dará por pagado el saldo adeudado y se atendrá a la fecha del fallecimiento, si los hubierelo establecido en el artículo 30 de este contrato.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

Préstamos. El contratante del seguro Contratante podrá obtener préstamos sobre el saldo de su Cuenta Básica por cantidades que en su totalidad no excedan a la diferencia entre el saldo de la Cuenta Básica al momento de solicitar préstamosel préstamo y el cargo por rescate, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre que se cumplan sujeto a las siguientes condicionescondiciones copulativas: a) Que haya transcurrido a lo menos al efectuarse el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la pólizapréstamo se cubra cualquier deuda anterior que el Contratante tuviere con el Asegurador. b) Que el número de préstamos monto solicitado no sea menor al monto mínimo por mes y por año no supere los máximos que se señalan préstamo señalado en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor de la póliza definido en las condiciones particulares de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamos. El préstamo se expresará reajustará en la misma moneda los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo, . El Contratante podrá reembolsar al Asegurador el cual, no afectará estas condiciones generales. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor importe total xxx xxxxxxxx o parte del mismo durante la vigencia de la póliza. Si ocurriese el En caso de fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguroAsegurado, el importe total adeudado en virtud de préstamos otorgados bajo esta póliza se deducirá del monto asegurado que corresponda pagar. En el momento que el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados iguale o supere a la fecha del fallecimientodiferencia entre el saldo de la Cuenta Básica y el cargo por rescate, si los hubiereel Asegurador dará por pagado el saldo adeudado y se atenderá a lo establecido en el artículo 15 letra c) de estas Condiciones Generales.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión Y Con Pago De Anualidades

Préstamos. El contratante del seguro Contratante podrá obtener préstamos sobre el saldo de su Cuenta Básica por cantidades que en su totalidad no excedan el saldo de la Cuenta Básica al momento de solicitar préstamosel préstamo, mientras el seguro se encuentre vigente, siempre que se cumplan sujeto a las siguientes condicionescondiciones copulativas: a) Que haya transcurrido a lo menos al efectuarse el número de meses de vigencia ininterrumpida de la póliza señalado, para estos efectos, en las condiciones particulares de la pólizapréstamo se cubra cualquier deuda anterior que el Contratante tuviere con el Asegurador. b) Que el número de préstamos monto solicitado no sea menor al monto mínimo por mes y por año no supere los máximos que se señalan préstamo señalado en las condiciones particulares de la póliza. c) Que el monto total de los préstamos vigentes, que incluye los intereses devengados y no pagados, no supere el porcentaje del valor de la póliza definido en las condiciones particulares de la póliza. d) Que el monto de cada préstamo solicitado por el contratante, no sea inferior a la cantidad mínima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares de la póliza, ni superior a la cantidad máxima que para estos efectos se señala en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la póliza. En caso que nada se señale al respecto en las condiciones particulares de esta póliza, se entenderá que este seguro no da posibilidad a optar a préstamos. El préstamo se expresará reajustará en la misma moneda los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado de fallecimiento y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo, . El Contratante podrá reembolsar al Asegurador el cual, no afectará estas condiciones generales. Todo préstamo quedará automáticamente garantizado por el valor importe total xxx xxxxxxxx o parte del mismo durante la vigencia de la póliza. Si ocurriese el En caso de fallecimiento del asegurado, se descontará de la indemnización del seguroAsegurado, el importe total adeudado en virtud de préstamos otorgados bajo esta póliza se deducirá del monto asegurado que corresponda pagar. En el momento que el saldo insoluto de los préstamos vigentes e intereses devengados supere el saldo de la Cuenta Básica, el Asegurador podrá dar por pagado el saldo adeudado y se atenderá a la fecha del fallecimiento, si los hubierelo establecido en el artículo 15 letra c) de estas Condiciones Generales.

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Samples: Seguro De Vida Individual Con Cuenta De Inversión