RECURSOS HUMANOS Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS HUMANOS. 6.1 Proporcionar el organigrama de la empresa 6.1 Comprobar documentalmente que proporcionan el organigrama de la empresa.
RECURSOS HUMANOS. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1295394628284558628205 Los medios humanos que sea preciso contratar, de acuerdo con la legislación laboral vigente, para el correcto desempeño del servicio de limpieza serán por cuenta exclusiva de la contratista. Corresponde a la contratista ejercer el poder de dirección inherente a todo empresario respecto de sus trabajadores, procediendo al pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, imposición de sanciones disciplinarias y xxxxxxxx de las correspondientes obligaciones en materia de Seguridad Social, todo ello a tenor de lo dispuesto en la legislación laboral y social actualmente vigente. No podrá alegarse derecho alguno de dicho personal con relación a la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, ni exigirle a ésta responsabilidad de cualquier tipo como consecuencia de las obligaciones existentes entre la contratista y sus empleados, aun cuando las incidencias que lo afecten sean por causas directas o indirectas del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. La dirección de los trabajos recaerá en cada uno de los Directores de los centros, que serán los responsables del contrato en su centro por parte de la Administración. La empresa contratista designará a un interlocutor, perteneciente a su plantilla, con el Director de los trabajos, que asumirá las funciones de coordinador de los servicios con la finalidad de establecer la comunicación con el equipo directivo del centro, siendo ésta la vía para reorganizar, redistribuir y canalizar las reclamaciones de cualquier modificación o incidencia que pueda surgir en la prestación del servicio. Corresponde a este coordinador la función de impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto de trabajadores de la empresa contratista. En relación con la lista de empleados susceptibles de subrogación que ha sido aportada por la empresa que actualmente prestan el servicio de limpieza en los centros incluidos en el presente contrato, la Consejería de Educación y Juventud no se hace responsable de la composición de dichas listas. En este sentido, al inicio del contrato, la empresa contratista estará obligada a entregar a la Administración, un listado del personal encargado de la prestación del servicio, q...
RECURSOS HUMANOS. Los recursos humanos se componen de todo el personal que el Consultor pudiera requerir para cumplir con sus obligaciones completa, oportuna y cabalmente. El equipo de trabajo debe mantenerse vinculado durante todo el plazo de la correspondiente consultoría y debe ser acreditado en los términos establecidos en el presente Anexo y Pliego de Condiciones.
RECURSOS HUMANOS. La Agencia se organiza en una estructura, de una parte, central y, de otra, periférica. La primera de ellas cuenta con los siguientes órganos de dirección unipersonales, Presidencia, la Dirección-Gerencia y las Direcciones Generales, que en su caso se establezcan, que de conformidad con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, son la Dirección General de Políticas Activas de Empleo y Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral. A nivel periférico, en el territorio, se integra por las Direcciones Provinciales, las Áreas Territoriales de Empleo y las Oficinas de Empleo. Actualmente, la Agencia cuenta en esa estructura central y periférica con los siguientes efectivos: PERSONAL FUNCIONARIO PERSONAL INTERINO PERSONAL LABORAL VI C.C. TOTAL PERSONAL SIHRUS ALPES EJE. SENTENCIAS, PROMOTORES, MEMTAS Y UO ESCUELAS FORMACIÓN FUNDACIÓN TOTAL PERSONAL LABORAL PROPIO TOTAL GENERAL TOTAL EMPLEADOS PÚBLICOS 867 335 277 1479 568 181 156 1071 1976 3455 Total Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Servicios Centrales Personal funcionario e interino 1.141 84 000 000 000 77 112 162 191 118 Personal laboral de la Junta de Andalucía 248 12 29 23 27 8 23 35 81 10 Personal laboral de la Agencia 1976 142 306 215 219 163 135 197 280 319 TOTAL 3.000 000 000 354 390 248 270 394 552 447 00172330 De conformidad con los dispuesto en los Estatutos del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, aprobado por Decreto 96/2011, de 19 xx xxxxx, la ordenación de los puestos de trabajo de la Agencia se articula a través de dos instrumentos, la relación de puestos de trabajo y el catálogo. La elaboración de los mismos corresponde a la Dirección Gerencia, que los desarrollará teniendo en cuenta el marco de la negociación colectiva y respetando lo establecido en los convenios colectivos de aplicación. Por otra parte, en la actualidad el personal propio de la Agencia se encuentra sujeto a distintos Convenios Colectivos, fruto de la incorporación a la Agencia de personal proveniente de distintas entidades que ya tenían su propia regulación convencional. En este sentido, en aras a la homogeneización de las condiciones de trabajo de todo el personal propio de la Agencia se es consciente de la necesidad de promover la negociación de un único Convenio Colectivo que abarque a todo este personal, conforme al marco jurídico y presupuestario vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1...
RECURSOS HUMANOS. Jefe de Personal 1.385,23 € 20.778,39 € 11,76 € 20,58 €
RECURSOS HUMANOS. Para la realización de los trabajos que son objeto de este contrato, el adjudicatario destinará al contrato el personal técnico, que figurará en el programa de trabajo a aportar por el empresario y cuya relación numérica será inicialmente la propuesta en su oferta. Este personal será propio de la empresa y terminará su servicio en el Centro simultáneamente al término del contrato de servicios.
RECURSOS HUMANOS. La concesionaria deberá contar con el número de 5 personas para la atención de los comensales que acuda al servicio de té y al comedor, estos deberán estar capacitados para desempeñar el tipo de trabajo, para el cual fueron contratados, bajo ningún motivo deben presentarse al trabajo en estado de ebriedad o enfermos. Debe aclararse que no existe ninguna relación obrero patronal entre el M.E.F.P. y la concesionaria (servicio de alimentación) y/o su personal.
RECURSOS HUMANOS. Para la prestación objeto del Servicio deberá contarse con dos Psicólogos, (uno por Centro de Servicios Sociales del Distrito), especializados en psicología clínica, y con experiencia no inferior a un año en Servicios similares. La Titulación y cualificación profesional del personal que ejecutará el contrato se acreditará mediante copia compulsada del título correspondiente al que se unirá currículo vital en el que se recoja su formación y experiencia en trabajos relacionados con el objeto del contrato. El contratista deberá contar con los medios personales fijados durante todo el plazo de ejecución del contrato, garantizando la correcta calidad y continuidad de los trabajos descritos y resolviendo cualquier incidencia que pudiera producirse en el periodo de ejecución. Las sustituciones de personal que se puedan llevar a cabo por parte del contratista deberán ser informadas al Departamento de Servicios Sociales con suficiente antelación, cumpliendo en todo caso el personal sustituto las condiciones fijadas en el presente Xxxxxx en cuanto a su titulación y experiencia. Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto que aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y contractualmente correspondan al mismo.
RECURSOS HUMANOS. El personal que preste el servicio objeto del contrato dependerá laboralmente y a todos los efectos legales de la empresa contratista que deberá cumplir las siguientes obligaciones:  Adscribir el personal necesario para la buena ejecución del contrato.  Pagar puntualmente los salarios y seguridad social de sus trabajadores.  Cumplir fielmente todas las obligaciones que le corresponde como empleador en especial las de seguridad y prevención de riesgos laborales.  Nombrar un encargado que controle y coordine a los trabajadores de limpieza.  Suplir de modo inmediato, las ausencias del personal de los puestos de trabajo que se puedan producir por cualquier causa como: incapacidad temporal, vacaciones, permisos etc., de tal forma que siempre realicen su trabajo el mismo número de trabajadores para dar cumplimiento a las horas contratadas.  Vigilia que sus trabajadores actúen con la debida educación y respeto en su relación con el personal del centro y el público visitante.  Comunicar formalmente al responsable del centro cualquier incidencia que se produzca en relación a paros y huelgas de su personal con objeto de que se tomen las medidas oportunas. A los efectos previstos en el art. 120 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se incluye en Anexo al presente Pliego la información facilitada por las actuales empresas adjudicatarias del servicio del personal que en la actualidad presta servicios en cada uno de los espacios.
RECURSOS HUMANOS. 4.1.1. PERSONAL PROFESIONAL El consultor en su propuesta técnica ofertará un equipo profesional colegiado, con experiencia y amplios conocimientos para cumplir con los alcances del servicio indicado siendo el equipo mínimo indispensable el siguiente: * Jefe de Proyecto- Ingeniero Civil . * Jefe de Campo-Ingeniero Mecánico Eléctrico. * Asistente de Gabinete-Ingeniero Civil Esta relación no es limitada y las actividades o servicios que efectúen no son necesariamente exclusivos, pudiendo efectuar el profesional especialista el cargo de Jefe de Proyecto. El equipo profesional ofertado en la Propuesta Técnica deberá ser obligatoriamente el que desarrolle los servicios contratados salvo casos de fuerza mayor debidamente sustentado y aceptado por la Entidad Contratante. En caso de presentarse esta eventualidad el consultor solicitará a la entidad contratante un sustituto con un Currículum Vitae por lo menos similar al reemplazado. El incumplimiento de este requisito o la disconformidad de la Entidad Contratante al respecto, podrá ser causa de rescisión o resolución de contrato.