RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. EL PROVEEDOR en este acto garantiza que cuenta con el personal necesario, experiencia, materiales, equipo e instrumentos de trabajo propios para ejecutar los trabajos objeto del mismo, cumpliendo con todos y cada uno de los estándares y pormenores del Anexo 1, y por tanto es y será patrón exclusivo de todos y cada uno de los trabajadores que bajo su dependencia intervengan en el desarrollo y ejecución de cualquier actividad relacionada con el cumplimiento de los servicios materia del presente Contrato, teniendo pleno conocimiento de la normatividad relativa y aplicable en materia civil, penal, fiscal, laboral y de seguridad social, comprometiéndose a cumplir con dichos ordenamientos jurídicos. Por lo anterior EL PROVEEDOR será único responsable del cumplimiento de las obligaciones de los ordenes jurídicos mencionados que se originen, respondiendo por cualquier controversia o litigio que su personal instaure en su contra, o en contra de EL INSTITUTO, el cual, no se considerará patrón solidario, ni sustituto en cualquier forma de las obligaciones y responsabilidades que su contraparte tenga con sus trabajadores. Será obligación de EL PROVEEDOR, capacitar a su personal en el desempeño de las funciones a desarrollar, responsabilizándose por los daños que pudieran generar al personal, usuarios, pacientes o a los bienes de EL INSTITUTO, por impericia, dolo o mala fe, durante la prestación del servicio. Asimismo, EL PROVEEDOR asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que pueda generar su personal en contra de terceros en el desarrollo de sus actividades como resultado de la consecución del objeto del presente contrato, respondiendo por cualquier controversia o litigio que terceros instauren en su contra, o en contra de EL INSTITUTO. En caso de que EL PROVEEDOR realice trabajos con personal contratado bajo el régimen de subcontratación, contemplado en los artículos 15-A a 15-D de la Ley Federal del Trabajo, tendrá que dar aviso oportuno a la Subdirección de Servicios Generales de EL INSTITUTO.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. Se describen a continuación los medios humanos y materiales que se consideran mínimos y necesarios para garantizar la correcta ejecución del contrato, y que deberán tener disponibilidad asegurada durante la ejecución del mismo. No obstante, dicha disponibilidad no supone, en todos los casos, régimen de exclusividad, sino que bastará, en general, con garantizar la dedicación prioritaria a este contrato. Por ello, el Distrito, no se considerará responsable de los costes derivados de los medios humanos y materiales enumerados en la presente cláusula, en caso de producirse circunstancias, durante el desarrollo del contrato, que no hagan necesaria su plena disposición.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. La Fundación XXXX XXXXX XX XXXXXX se compromete a aportar los medios humanos y materiales que se especifican en el Anexo I, que forma parte del presente Convenio de Subvención, para el desarrollo de las actuaciones señaladas en el mismo. Todos los trabajadores o personas destinadas a la actividad objeto del Convenio de Subvención estarán sometidos al poder de dirección y formarán parte de la Fundación XXXX XXXXX XX XXXXXX, en cuanto a las instrucciones, retribuciones, horario, vacaciones, etc. que les correspondan, siendo por tanto esta Fundación la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos laborales y tributarias, al carecer dicho personal de vinculación jurídico laboral o funcionarial con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control y/o inspección que le corresponden. La subvención otorgada por el Ayuntamiento de Madrid para sufragar los gastos originados en virtud del presente Convenio de Subvención, en ningún caso implica el nacimiento de una relación laboral con el Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificado por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del proyecto profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad beneficiaria aportará al Ayuntamiento de Madrid, una declaración responsable de encontrarse en posesión de todos los certificados negativos de antecedentes penales del Registro Central de delincuentes sexuales respecto a que no hayan sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, del personal que vaya a destinar a la ejecución del presente proyecto. A tales efectos, se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE nº 312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtener información en el apartado trámites y gestiones personales del ciudadano del Ministerio de Justicia. La entidad beneficiaria deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación a las empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación ...
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. 10.1. Para la prestación del servicio, la empresa o entidad seleccionada contará, al menos, con el siguiente personal: - Coordinador general del trabajo, cuya función consistirá en la relación continua y coordinada, con el socio coordinador del proyecto, con la asistencia técnica del mismo y con el resto de socios. - Equipo multidisciplinar con experiencia en los diferentes aspectos incluidos en el presente trabajo. - La empresa o entidad adjudicataria se compromete a la utilización de todos los materiales necesarios para la adecuada realización del presente trabajo. Estos medios tienen que ser necesariamente aplicables al tipo de servicio que este proceso de selección demanda.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. Las empresas especializadas en servicio de prevención ajeno, deberán estar acreditadas por la autoridad laboral para las especialidades preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología. Con independencia de lo anteriormente expuesto, se habrán de cumplir las especificidades siguientes:
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. Se describen a continuación los medios humanos y materiales que se consideran mínimos y necesarios para garantizar la correcta ejecución del acuerdo marco, y que deberán tener disponibilidad asegurada durante la ejecución del mismo. No obstante, dicha disponibilidad no supone, en todos los casos, régimen de exclusividad, sino que bastará, en general, con garantizar la dedicación prioritaria a este acuerdo marco. Por ello, el Distrito, no se considerará responsable de los costes derivados de los medios humanos y materiales enumerados en la presente cláusula, en caso de producirse circunstancias, durante el desarrollo del acuerdo marco, que no hagan necesaria su plena disposición.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. El adjudicatario deberá adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello, así como los ofertados en su caso, garantizando en todo momento las actividades y servicios objeto de esta relación contractual se prestan con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias, ...) o de las bajas que se produzcan, realizando al efecto las contrataciones de personal que sean precisas y en la modalidad que legalmente corresponda. Todos los gastos de personal se entenderán incluidos en los precios ofertados por el adjudicatario. El personal que el empresario destine a la ejecución del contrato no tendrá vinculación laboral ni de ningún otro tipo con el Patronato Municipal de Cultura “ Xxxxxxxx Xxxxxxxx” , debiendo ser contratados por el adjudicatario en el régimen o modalidad que legalmente corresponda. El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato. Con carácter previo al inicio de la prestación deberá comunicar por escrito los datos de todos los trabajadores que destine a la prestación del servicio (nombre completo, DNI, centro al que se destina, servicio y horario que realizará). En su oferta, presentarán organigrama del servicio, especificando adecuadamente su plantilla, el cual no podrá modificar sin antes solicitar la correspondiente autorización de los responsables municipales e indicando con detalle suficiente las motivaciones que justifican la propuesta. La contrata deberá amonestar y/o sustituir cualquier operario que preste su servicio en los centros contratados, en caso de alteraciones o anomalías graves del servicio y a petición del responsable municipal del servicio y previo informe justificado donde se exponga los motivos de la queja.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. (artículos 27 al 29) CAPITULO UNICO Personal. Recursos económicos. Plazos. (artículos 27 al 29)
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. En cuanto a los recursos humanos contaremos con el trabajo de personal técnico y sindical de nuestra organización en las distintas comarcas para hacer extensiva nuestra labor y llegar a cualquier punto o empresa de nuestra región. Las funciones a desarrollar del personal consistirán en:

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.