REEMBOLSO ANTICIPADO. La PARTE PRESTATARIA en cualquier momento anterior a la Fecha de Vencimiento xxx XXXXXXXX podrá reembolsar de forma anticipada, total o parcialmente (en una o varias ocasiones), cantidades adeudadas, previa comunicación escrita al BANCO con una antelación mínima de cinco días, en la que indique el importe y fecha prevista para el reembolso anticipado (el “Reembolso Anticipado”). Manifestada la voluntad de Reembolso Anticipado, el BANCO facilitará a la PARTE PRESTATARIA, en el plazo máximo de tres días, en papel u otro soporte duradero, la información necesaria para que evalúe esta opción, cuantificando las consecuencias económicas de la misma y el derecho de la PARTE PRESTATARIA a la correspondiente reducción del coste total xxx XXXXXXXX (intereses y costes correspondientes al plazo que quedase por transcurrir hasta su extinción). Realizados los trámites informativos previos, la PARTE PRESTATARIA, instruirá, en su caso, al BANCO orden escrita de Reembolso Anticipado xxx XXXXXXXX, con indicación expresa del importe y de si el mismo tiene el efecto de reducir el importe de las cuotas de amortización xxx XXXXXXXX o de su plazo, en defecto de elección, se aplicará por el BANCO el importe reembolsado anticipadamente a la reducción del plazo xxx XXXXXXXX. Una vez dirigida la instrucción de reembolso anticipado al BANCO, es irrevocable, tanto en la fecha como en el importe, quedando el BANCO expresamente autorizado para realizar los adeudos y traspasos entre cuentas oportunos, tanto con cargo a la Cuenta Asociada, como a cualesquiera otras abiertas en el BANCO (en este último supuesto para el caso en que la fecha prevista para el reembolso anticipado no conste la oportuna provisión de fondos en la Cuenta Asociada). Todos los gastos que se originen por razón del Reembolso Anticipado, incluso los de otorgamiento de la escritura pública, caso de formalizarse, serán por cuenta de la PARTE PRESTATARIA.
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Samples: Préstamo Hipotecario, Préstamo Hipotecario
REEMBOLSO ANTICIPADO. La PARTE PRESTATARIA podrá, en cualquier momento anterior a la Fecha de Vencimiento xxx XXXXXXXX podrá momento, reembolsar de forma anticipada, total o parcialmente (parcialmente, la cantidad adeudada. Para realizar dicho reembolso anticipado, la PARTE PRESTATARIA deberá informar previamente a UNICAJA BANCO en una o varias ocasiones)tal sentido indicando el importe y la fecha en que tenga previsto realizar el reembolso anticipado, cantidades adeudadas, previa comunicación escrita al BANCO y con una antelación mínima de cinco días( ) días naturales8 respecto de dicha fecha, en dirigiendo la correspondiente comunicación a UNICAJA BANCO, por cualquier vía que indique el importe deje constancia de su envío y fecha prevista para el reembolso anticipado (el “Reembolso Anticipado”)contenido. Manifestada la voluntad de Reembolso AnticipadoUna vez que haya recibido esta comunicación, el UNICAJA BANCO facilitará a la PARTE PRESTATARIA, en el plazo máximo de tres días(3) días hábiles, en papel u o en otro soporte duradero, la información necesaria para que evalúe evaluar esta opción, cuantificando . En dicha información se cuantificarán las consecuencias económicas de la misma y el derecho de que tenga para la PARTE PRESTATARIA a la correspondiente reducción liquidación total o parcial de sus obligaciones antes de la terminación del coste plazo xxx xxxxxxxx. ❖ [Para el caso de que se haya pactado la aplicación de una comisión por reembolso anticipado]: El reembolso anticipado, sea total xxx XXXXXXXX (o parcial, devengará la comisión que se indica en la cláusula “COMISIONES”. En el caso de reembolso anticipado parcial, la cantidad entregada se aplicará por este orden al pago de: - cantidades vencidas y no satisfechas: interés de demora, intereses, comisiones, y capital; - intereses y costes correspondientes al plazo que quedase por transcurrir devengados hasta su extinción)la fecha; - amortización de capital pendiente. Realizados los trámites informativos previosEn el caso de reembolso anticipado parcial, además, la PARTE PRESTATARIA, instruirá, en su caso, al BANCO orden escrita de Reembolso Anticipado xxx XXXXXXXX, con indicación expresa del importe y de si el mismo tiene el efecto de reducir el importe de las cuotas de amortización xxx XXXXXXXX o de su plazo, en defecto de elección, se aplicará por el BANCO el importe reembolsado anticipadamente PRESTATARIA podrá optar entre aplicar dicho reembolso a la reducción del plazo xxx XXXXXXXXnúmero de cuotas de amortización pendientes, o aplicarlo a la reducción del importe de las mismas. Una vez dirigida la instrucción En el caso de reembolso anticipado al total, si la PARTE PRESTATARIA hubiera contratado un seguro accesorio a este préstamo del que sea beneficiario UNICAJA BANCO, es irrevocabledicho contrato de seguro se extinguirá, tanto en salvo que la fecha como en el importe, quedando el BANCO PARTE PRESTATARIA comunique expresamente autorizado para realizar los adeudos y traspasos entre cuentas oportunos, tanto con cargo a la Cuenta Asociadacompañía aseguradora su deseo de que el contrato de seguro mantenga su vigencia, como a cualesquiera otras abiertas en el BANCO (en este último supuesto designando para el caso en que ello un nuevo beneficiario, teniendo derecho la fecha prevista para el reembolso anticipado no conste PARTE PRESTATARIA al extorno por la oportuna provisión de fondos en la Cuenta Asociada). Todos los gastos que se originen por razón del Reembolso Anticipado, incluso los de otorgamiento compañía aseguradora de la escritura pública, caso de formalizarse, serán por cuenta parte de la PARTE PRESTATARIAprima no consumida.
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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement
REEMBOLSO ANTICIPADO. La PARTE PRESTATARIA podrá, en cualquier momento anterior a la Fecha de Vencimiento xxx XXXXXXXX podrá momento, reembolsar de forma anticipada, anticipada total o parcialmente (la cantidad adeudada. Para realizar dicho reembolso anticipado, la PARTE PRESTATARIA deberá informar previamente a UNICAJA BANCO en una o varias ocasiones)tal sentido indicando el importe y la fecha en que tenga previsto realizar el reembolso anticipado, cantidades adeudadas, previa comunicación escrita al BANCO y con una antelación mínima de cinco días( )2 días naturales respecto de dicha fecha, en dirigiendo la correspondiente comunicación a UNICAJA BANCO, por cualquier vía que indique el importe deje constancia de su envío y fecha prevista para el reembolso anticipado (el “Reembolso Anticipado”)contenido. Manifestada la voluntad de Reembolso AnticipadoUna vez que haya recibido esta comunicación, el UNICAJA BANCO facilitará a la PARTE PRESTATARIA, en el plazo máximo de tres días(3) días hábiles, en papel u o en otro soporte duradero, la información necesaria para que evalúe evaluar esta opción, cuantificando . En dicha información se cuantificarán las consecuencias económicas de la misma y el derecho de que tenga para la PARTE PRESTATARIA la liquidación total o parcial de sus obligaciones antes de la terminación del plazo xxx xxxxxxxx. El reembolso anticipado, sea total o parcial, devengará la comisión que se indica en las CONDICIONES PARTICULARES y se regula en la CONDICIÓN GENERAL 6 “COMISIONES”. En el caso de reembolso anticipado parcial, la cantidad entregada se aplicará, por este orden, al pago de: - cantidades vencidas y no satisfechas: interés de demora, intereses, comisiones y capital; - intereses devengados hasta la fecha; - amortización de capital pendiente.
1 La numeración de las CONDICIONES GENERALES que aparece en este documento tiene valor meramente indicativo, con el fin de facilitar su consulta, sin que condicione el orden en el que las correspondientes cláusulas que recojan dichas CONDICIONES GENERALES se inserten en los contratos en los que se utilicen estas.
2 En ningún caso este plazo será superior a la correspondiente reducción del coste total xxx XXXXXXXX (intereses y costes correspondientes al plazo que quedase por transcurrir hasta su extinción)un mes. Realizados los trámites informativos previosEn el caso de reembolso anticipado parcial, además, la PARTE PRESTATARIA, instruirá, en su caso, al BANCO orden escrita de Reembolso Anticipado xxx XXXXXXXX, con indicación expresa del importe y de si el mismo tiene el efecto de reducir el importe de las cuotas de amortización xxx XXXXXXXX o de su plazo, en defecto de elección, se aplicará por el BANCO el importe reembolsado anticipadamente PRESTATARIA podrá optar entre aplicar dicho reembolso a la reducción del plazo xxx XXXXXXXX. Una vez dirigida la instrucción número de reembolso anticipado al BANCOcuotas de amortización pendientes, es irrevocable, tanto en la fecha como en el importe, quedando el BANCO expresamente autorizado para realizar los adeudos y traspasos entre cuentas oportunos, tanto con cargo o aplicarlo a la Cuenta Asociada, como a cualesquiera otras abiertas en el BANCO (en este último supuesto para el caso en que la fecha prevista para el reembolso anticipado no conste la oportuna provisión reducción del importe de fondos en la Cuenta Asociada). Todos los gastos que se originen por razón del Reembolso Anticipado, incluso los de otorgamiento de la escritura pública, caso de formalizarse, serán por cuenta de la PARTE PRESTATARIAlas mismas.
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Samples: Loan Agreement
REEMBOLSO ANTICIPADO. La PARTE PRESTATARIA podrá, en cualquier momento anterior a la Fecha de Vencimiento xxx XXXXXXXX podrá momento, reembolsar de forma anticipada, anticipada total o parcialmente (la cantidad adeudada. Para realizar dicho reembolso anticipado, la PARTE PRESTATARIA deberá informar previamente a UNICAJA BANCO en una o varias ocasiones)tal sentido indicando el importe y la fecha en que tenga previsto realizar el reembolso anticipado, cantidades adeudadas, previa comunicación escrita al BANCO y con una antelación mínima de cinco días( )2 días naturales respecto de dicha fecha, en dirigiendo la correspondiente comunicación a UNICAJA BANCO, por cualquier vía que indique el importe deje constancia de su envío y fecha prevista para el reembolso anticipado (el “Reembolso Anticipado”)contenido. Manifestada la voluntad de Reembolso AnticipadoUna vez que haya recibido esta comunicación, el UNICAJA BANCO facilitará a la PARTE PRESTATARIA, en el plazo máximo de tres días(3) días hábiles, en papel u o en otro soporte duradero, la información necesaria para que evalúe evaluar esta opción, cuantificando . En dicha información se cuantificarán las consecuencias económicas de la misma y el derecho de que tenga para la PARTE PRESTATARIA a la correspondiente reducción liquidación total o parcial de sus obligaciones antes de la terminación del coste plazo xxx xxxxxxxx. El reembolso anticipado, sea total xxx XXXXXXXX (o parcial, devengará la comisión que se indica en las CONDICIONES PARTICULARES y se regula en la cláusula “COMISIONES”. En el caso de reembolso anticipado parcial, la cantidad entregada se aplicará, por este orden, al pago de: - cantidades vencidas y no satisfechas: interés de demora, intereses, comisiones y capital; - intereses y costes correspondientes al plazo que quedase por transcurrir devengados hasta su extinción)la fecha; - amortización de capital pendiente. Realizados los trámites informativos previosEn el caso de reembolso anticipado parcial, además, la PARTE PRESTATARIA, instruirá, en su caso, al BANCO orden escrita de Reembolso Anticipado xxx XXXXXXXX, con indicación expresa del importe y de si el mismo tiene el efecto de reducir el importe de las cuotas de amortización xxx XXXXXXXX o de su plazo, en defecto de elección, se aplicará por el BANCO el importe reembolsado anticipadamente PRESTATARIA podrá optar entre aplicar dicho reembolso a la reducción del plazo xxx XXXXXXXX. Una vez dirigida la instrucción número de reembolso anticipado al BANCOcuotas de amortización pendientes, es irrevocable, tanto en la fecha como en el importe, quedando el BANCO expresamente autorizado para realizar los adeudos y traspasos entre cuentas oportunos, tanto con cargo o aplicarlo a la Cuenta Asociada, como a cualesquiera otras abiertas en el BANCO (en este último supuesto para el caso en que la fecha prevista para el reembolso anticipado no conste la oportuna provisión reducción del importe de fondos en la Cuenta Asociada). Todos los gastos que se originen por razón del Reembolso Anticipado, incluso los de otorgamiento de la escritura pública, caso de formalizarse, serán por cuenta de la PARTE PRESTATARIAlas mismas.
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