REFERENCIAS NORMATIVAS Cláusulas de Ejemplo

REFERENCIAS NORMATIVAS. El Programa se enmarca dentro de la Cooperación Territorial Europea, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea, por lo que su contenido, ejecución y gestión se adecuarán, además de a la normativa nacional vigente, a la siguiente normativa comunitaria:  Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea.  Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.   Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.  Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.  Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 xx xxxxx de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 de Tratado.  En lo relativo a contratación pública:
REFERENCIAS NORMATIVAS. Ley Nº 22426 Articulo Nº 8 (REGULACION DE CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA Y MARCAS EXTRANJERAS.)
REFERENCIAS NORMATIVAS. Para todos los efectos a que haya lugar se entenderá que las (i) Leyes, (ii) Decretos reglamentarios tanto del orden nacional como distrital, (iii) Acuerdos proferidos por el Concejo de Bogotá D.C, (iv) Resoluciones, así como las (v) Circulares, (vi) Guías o (vii) Manuales referenciadas en el presente documento así como las aplicables a la contratación estatal, comprenderán las normas o documentos que a futuro modifiquen tales disposiciones, las aclaren, adicionen o sustituyan. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad a que alude el presente Manual, conforme a la cual, este documento podrá ser actualizado, reformado, renovado, ajustado o derogado, en cualquier momento, mediante Resolución proferida por el Director General de la Unidad.
REFERENCIAS NORMATIVAS. Resumen incluido en las prescripciones técnicas
REFERENCIAS NORMATIVAS. Para la correcta aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana es indispensable consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas o las que las sustituyan: NOM-06-TUR-2017 Requisitos mínimos de operación, información, higiene, seguridad, instalaciones y equipamiento que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos. NOM-07-TUR-2002 De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios. NOM-08-TUR-2002 Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales y especializados en un tema o localidad de carácter cultural. NOM-09-TUR-2002 Que establece los elementos a que deben sujetarse los guías especializados en una actividad específica.
REFERENCIAS NORMATIVAS. Para la adecuada aplicación del presente documento se han tomado como referencias los siguientes documentos normativos en su edición vigente: − Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° xx xxxxx de 1992. − Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de enero de 1999. − ISO/IEC 17021-1:2015 Evaluación de la conformidad- Requisitos para los organismos que realizan a auditoría y la certificación de sistemas de gestión – Parte 1: Requisitos − IAF MD 1:2018 - IAF Mandatory Document for the Audit and Certification of a Management System Operated by a Multi- Site Organization − IAF MD 2:2007 – IAF Mandatory document. Transfer of Accredited Certification of Management Systems − IAF MD 2:2017 – IAF Mandatory document. Transfer of Accredited Certification of Management Systems − IAF MD 3:2008 – IAF Mandatory document. IAF Mandatory Document for Advanced Surveillance and Recertification Procedures − IAF MD 4:2008 – IAF Mandatory document. Use of computer assisted auditing techniques (CAAT) for Accredited Certification of Management Systems − IAF MD 5: 2015 – IAF Mandatory document. Determination of audit time of quality and environmental management systems. − IAF MD 11:2013 – IAF Mandatory document for application of ISO/IEC 17021 for audits of integrated management systems (IMS) − IAF MD 12:2016 – IAF Mandatory document. Accreditation Assessment of Conformity Assessment Bodies with Activities in Multiple Countries. − IAF ID1: 2014 – IAF Informative document for QMS and EMS scopes of accreditation − RPEC01 – Reglamento para el uso de marcas IMNC- Certificación de sistemas de gestión − PRE.04.202 – Atención a quejas y comentarios − PRE02 – Atender apelaciones − ISO 9001:2015/ NMX-CC-9001-IMNC-2015: Sistemas de gestión de la calidad- Requisitos − ISO 14001:2015/ NMX-SAA-14001-IMNC-2015: Sistemas de gestión ambiental- Requisitos con orientación para su uso − NMX-SAST-001-IMNC-2008: Sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo – Requisitos − ISO 50001:2011/ NMX-J-SAA-50001-ANCE-IMNC-2011: Sistema de gestión de la Energía- Requisitos con orientación para su uso.
REFERENCIAS NORMATIVAS. Para todos los efectos a que haya lugar, se entenderá que las (i) Leyes, (ii) Decretos reglamentarios, (iii) Resoluciones, así como las (iv) Circulares, (v) Guías o (vi) Manuales referenciadas en el presente documento, comprenden las normas o documentos que a futuro las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Decreto No. 262 de 2002, los contratos que celebre el IEMP se regirán por las normas sobre ciencia y tecnología y por las disposiciones que rigen la contratación estatal, conforme a lo anterior para todos los efectos la normativa aplicable a la contratación será la establecida en el Estatuto General de Contratación Ley 80 de 1993 y las normas que lo modifiquen o adicionen. La totalidad de tales normas, se enuncian en la parte final de este documento. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de que se realicen actualizaciones, en cualquier momento, mediante Resolución proferida por la Dirección del IEMP. De conformidad con el artículo 49 del Decreto No. 262 de 2000, el IEMP es una Unidad Administrativa Especial de carácter académico, con autonomía financiera y autonomía presupuestal en los términos del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y capacidad de contratación y autonomía administrativa solamente para expedir su reglamento interno, regular su propia actividad y establecer las tarifas de los servicios que presta. Su domicilio es la ciudad de Bogotá D.C. El Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público expedirá el reglamento interno. Lugar de Archivo: SGC Tiempo de Retención: 5 AÑOS Disposición Final: ARCHIVO IEMP.
REFERENCIAS NORMATIVAS. Decreto Nº 1646/2001 • Decreto Nº 471/2002 • Resolución Nº 851/2001
REFERENCIAS NORMATIVAS. 20. FUERO JURISDICCIONAL ANEXO CONVENIO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
REFERENCIAS NORMATIVAS. Con carácter general y en relación con las referencias normativas que aparecen en LAS CONDICIONES GENERALES y en el resto de la documentación contractual se deberá entender: