Reglas Procedimentales Comunes. Tanto para el arbitraje de conciencia a que se refiere el Literal a) de la Cláusula 18.11 como para el arbitraje de derecho a que se refiere el Literal b) de la Cláusula 18.11, ya sea en su modalidad internacional o nacional, se aplicarán por igual las siguientes disposiciones generales:
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Reglas Procedimentales Comunes. Tanto para el arbitraje de conciencia a que se refiere el Literal a) de la Cláusula 18.11 como 18.11. Como para el arbitraje de derecho a que se refiere el Literal b) de la Cláusula 18.11, ya sea en su modalidad internacional o nacional, se aplicarán por igual las siguientes disposiciones generales:
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Samples: Contrato De Concesión
Reglas Procedimentales Comunes. Tanto para el arbitraje de conciencia a que se refiere el Literal a) de la Cláusula 18.11 16.11.. como para el arbitraje de derecho a que se refiere el Literal b) de la Cláusula 18.1116.11.., ya sea en su modalidad internacional o nacional, se aplicarán por igual las siguientes disposiciones generales:
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Samples: Contrato De Concesión