Reposición de documentos. Se garantizan los gastos de reposición de documentos particulares que tengan carácter público. Dichos gastos habrán de ser debidamente justificados mediante la emisión de los correspondientes duplicados.
Reposición de documentos. Qué cubre su seguro?
Reposición de documentos. Se garantizan los gastos de reposición de documentos particulares relativos a la propie- dad de la vivienda asegurada y a su habitabilidad que tengan carácter público, excluyén- dose los documentos que guarden relación con actividades profesionales y comerciales. Dichos gastos habrán de ser debidamente justificados mediante la emisión de los correspondientes duplicados.
Reposición de documentos. Siempre que estén originados por un siniestro garantizado por las garantías de daños materiales, quedan cubiertos los gastos necesarios y debidamente justificados para la reconstrucción o expedición de duplicados de documentos personales que tengan carácter público. No quedan cubiertos:
a) La reposición de documentos que guarden alguna relación con actividades profe- sionales y comerciales.
b) La reposición de documentos que tengan valor dinerario. Suma asegurada: a primer riesgo, hasta el límite indicado en las Condiciones Particu- lares.
Reposición de documentos. Son los gastos que se le originen por la re- posición material de escrituras públicas o privadas, títulos, pasaportes, documentos de identidad y otros documentos de uso privado sin valor dinerario, que pudieran desaparecer o deteriorarse a consecuencia de un siniestro garantizado por la Póliza. El importe de los gastos indemnizables a los que el asegurado tendrá derecho no podrá exceder del 5% del capital base del Contenido. Quedan excluidos los documentos que utilice en el ejercicio de una profesión o que no sean de uso privado. En ningún caso la indemnización de los daños más los gastos y desembolsos ase- gurados por este artículo podrá exceder del capital asegurado por las partidas si- niestradas.
Reposición de documentos. Qué cubre? Hasta un máximo de 600 Euros por siniestro, los gastos de reobtención de documentos particulares que tengan carácter público, dañados por un siniestro cubierto por las Garantías del Artículo Primero de estas Condiciones Generales.
Reposición de documentos. Se indemnizará al Asegurado por el importe de los gastos de reposición de documentos particulares y de información almacenada en soporte magnético dentro de la vivienda asegurada como consecuencia de un riesgo cubierto, con el límite máximo por siniestro establecido en las Condiciones Particulares.
Reposición de documentos. Qué cubre?
Reposición de documentos. Garantía:
Reposición de documentos. Se garantizan los gastos por la reposición de documentos legales de carácter público que afectan a la propiedad de la vivienda asegurada y su habitabilidad, dañados o destruidos en el interior de la misma, a consecuencia de un siniestro cubierto por esta póliza, con el límite de 600 euros.