REQUISITOS FUNDAMENTALES Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS FUNDAMENTALES. Como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 19 numeral 13, para la recepción, apertura, calificación y adjudicación de las ofertas, la Junta de Cotización, considera como requisitos fundamentales los siguientes puntos:
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Se consideran Requisitos Fundamentales los siguientes: La JUNTA no podrá solicitar aclaraciones al apartado “Detalle de la Oferta Económica” contenida en el FORMULARIO ELECTRÓNICO presentado. No será motivo de rechazo por parte de la JUNTA las incongruencias y/o falta de datos que puedan presentarse en los apartados “Datos de los Productos” y “Requisitos solicitados en las bases del Proceso” contenido en el FORMULARIO ELECTRÓNICO, datos que podrán ser subsanados de forma física en virtud que GUATECOMPRAS no permite modificaciones a los datos ingresados en el FORMULARIO ELECTRÓNICO. “En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el OFERENTE ó adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al OFERENTE o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el OFERENTE o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá:
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Se consideran Requisitos Fundamentales los siguientes: La JUNTA no podrá solicitar aclaraciones al apartado “Detalle de la Oferta Económica” contenida en el FORMULARIO ELECTRÓNICO presentado. No será motivo de rechazo por parte de la JUNTA las incongruencias y/o falta de datos que puedan presentarse en los apartados “Datos de los Productos” y “Requisitos solicitados en las bases del Proceso” contenido en el FORMULARIO ELECTRÓNICO, datos que podrán ser subsanados de forma física en virtud que GUATECOMPRAS no permite modificaciones a los datos ingresados en el FORMULARIO ELECTRÓNICO. “En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente ó adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá:
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Requsitos fundamentales del sistema: Son un conjunto de requisitos obligatorios que el proveedor debe de cumplir Formulario Electrónico Requsitos fundamentales del usuario: Son un conjunto de requisitos obligatorios que le proveedor debe de cumplir CARTA DE ACEPTACION CERTIFICACIÓN BANCARIA QUE ACREDITE LA TITULARIDAD DE LAS CUENTAS CONSTANCIA DE COLEGIADO ACTIVO DEL SUPERVISOR CONSTANCIA DE INSCRIPCION AL RGAE
REQUISITOS FUNDAMENTALES. 1.1 Presentar en forma escrita, su interés para prestar sus servicios profesionales a la Unidad, conteniendo los siguientes datos:
REQUISITOS FUNDAMENTALES. A. DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL: Fotocopia legalizada del documento personal de identificación DPI del propietario o del representante legal en caso de personas jurídicas.
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Con referencia al artículo diecinueve (19) numeral trece (13) de la Ley de Contrataciones del Estado, CDAG considera como requisitos fundamentales los siguientes, los que deberán ser de observancia y cumplimiento por los oferentes. Los requisitos fundamentales son los siguientes: Según modelo que se adjunta en el Anexo VI de las presentes bases con excepción de las disposiciones contenidas en el numeral 2.3 del presente Capítulo. La garantía de sostenimiento de oferta se deberá constituir por el uno por ciento (1%) del valor total de la oferta económica Los requisitos no fundamentales se podrán subsanar los errores, omisiones, o documentos no entregados con la oferta, la Junta de Licitación, dará un plazo no menor de tres (3) días hábiles y no mayor de cinco (5), contados a partir del día siguiente de la fecha en que el oferente reciba la solicitud de la Junta. Estos requisitos no fundamentales deberán ser subsanables por lo que si no son entregados dará lugar a que la Junta de Licitación desestime la oferta
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Control técnico - Existencia de un proyecto • Reforma de espacios interiores • Acondicionamientos energéticos • Aislamientos acústicos • Impermeabilizaciones de cubiertas o fachadas • Renovación de instalaciones • Obras de accesibilidad • Soleras industriales • Urbanizaciones… • Seguro de daños materiales a la obraPeriodo de cobertura de 3 años desde la finalización de los trabajos sin periodo de observación • Suma asegurada será el presupuesto de contrata del proyecto • Naturaleza de la intervención sin afección a elementos estructurales • Exclusión del daño consecuencial • Promotores • Constructores • Comunidades de propietarios • Agentes de la construcción • Administraciones públicas • Obras de alteración, refuerzo o consolidación de elementos. estructurales. • Recalces. • Rehabilitaciones integrales. • Remontas. • Ampliaciones bajo rasante. • Con o sin preexistente. • Con o sin garantías impermeabilización, obra secundaria e instalaciones. El apartado Uno de la Disposición: Todos los promotores de viviendas, incluidas las comunidades de propietarios y las sociedades cooperativas, deberán cumplir dos condiciones:
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Los requisitos determinados en el numeral 12 sub-numeral I) incisos a), h) y p) son considerados fundamentales y en consecuencia su presentación es obligatoria, la no inclusión dentro de la oferta de uno o varios de los requisitos fundamentales, dará lugar a que la Junta de Cotización, Caso de Excepción, rechace las ofertas que incumplan con tal disposición, sin responsabilidad de su parte. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado.
REQUISITOS FUNDAMENTALES. Los requisitos que se detallan en las literales a) y b), del numeral 2.7, se consideran fundamentales y su no inclusión o la presentación de los mismos sin la totalidad de la información y formalidades requeridas, dará lugar a que la JUNTA, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 30 de la LEY, rechace la OFERTA, sin responsabilidad alguna de su parte. “En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el OFERENTE o adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al OFERENTE o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el OFERENTE o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá: