Common use of Responsabilidad Fiscal Clause in Contracts

Responsabilidad Fiscal. Los deberes establecidos en el estatuto contractual, constituyen verdaderas obligaciones fiscales y por ende, su inobservancia puede dar lugar a la imposición de sanciones fiscales. Al contratarse se dispone de recursos públicos, además de recibirse bienes y servicios cuya calidad y funcionamiento deben ser constatados por los responsables del erario. Esta responsabilidad se desprende entonces de las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicas que causen daño a los contratistas, caso en el cual la entidad debe pagar el daño emergente y el lucro cesante (Ley 610 de 2000). Las demás conductas establecidas en la normativa vigente. Adicionalmente, a las responsabilidades en materia penal, disciplinaria y fiscal antes señaladas, los supervisores e interventores, puede ser sometidos al llamadoMedio de Control de Repetición, para los casos en los que se condene a la Entidad, como consecuencia de una acción u omisión de éste, y del mismo modo, ser llamado en garantía, cuando sin que exista la condena, exista una demanda en contra de la Entidad. (Ley 678 de 2001 y artículo 90 de la Constitución Política). Corresponde al supervisor e interventor, supervisar, controlar y coordinar la ejecución de los contratos o convenios que le sean asignados, a fin de garantizar al Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario xxx Xxxxx E.S.E., el cumplimiento de las condiciones y obligaciones pactadas en los mismos; así como el control técnico, administrativo y financiero de acuerdo con la naturaleza del contrato buscando satisfacer el fin perseguido. Los supervisor e interventores responderán tanto por el cumplimiento de sus funciones como por las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución de los contratos, respecto de los cuales, haya ejercido funciones de supervisión e interventoría. Los servidores públicos que ejerzan funciones de supervisión, tienen las mismas responsabilidades y además responden fiscal y disciplinariamente. Sobre este último aparte es necesario destacar la importancia de la actividad desplegada por el supervisor e interventor del contrato, en cumplimiento de las funciones, señaladas en el presente procedimiento, concretamente referidas a laresponsabilidad que adquiere de ejercer un seguimiento permanente y continuo que le permita verificar la ejecución normal del contrato para prevenir, situaciones de dilación, demoras o, incumplimientos parciales que a la postre conlleven a un incumplimiento total. Concomitante con lo anterior es pertinente enfatizar en las responsabilidades y sanciones que recaen en el supervisor e interventor del contrato en cuanto a que debe responder disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Constitución y de la ley, sin perjuicio de las acciones administrativas a que haya lugar, de conformidad con el articulo 53 y siguientes de la ley 80 de 1993.

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Samples: Contrato Sin Formalidades Plenas O Simplificadas

Responsabilidad Fiscal. Los deberes establecidos La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos o a los particulares, cuando en el estatuto contractualejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, constituyen verdaderas obligaciones fiscales causen por acción u omisión y por endeen forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, su inobservancia puede dar lugar a buscando la imposición reparación de sanciones fiscales. Al contratarse se dispone de recursos públicos, además de recibirse bienes y servicios cuya calidad y funcionamiento deben ser constatados por los responsables del erario. Esta responsabilidad se desprende entonces de las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicas daños que causen daño a los contratistas, caso en el cual la entidad debe pagar el daño emergente y el lucro cesante (Ley 610 de 2000). Las demás conductas establecidas en la normativa vigente. Adicionalmente, a las responsabilidades en materia penal, disciplinaria y fiscal antes señaladas, los supervisores e interventores, puede ser sometidos al llamadoMedio de Control de Repetición, para los casos en los que se condene a la Entidad, éste haya podido sufrir como consecuencia de una acción u omisión la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos. Para efectos de la responsabilidad fiscal la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y del mismo modorealizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado. Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) es meramente resarcitoria, ii) es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y iii) es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor o interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores o interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal que, entre otros, puede ser llamado consecuencia de deficiencias en garantía, cuando sin que exista la condena, exista una demanda en contra de la Entidad. (Ley 678 de 2001 y artículo 90 de la Constitución Política). Corresponde al supervisor e interventor, supervisar, controlar y coordinar la ejecución de los contratos del objeto contractual o convenios que le sean asignados, a fin de garantizar al Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario xxx Xxxxx E.S.E., en el cumplimiento de las condiciones de calidad y obligaciones pactadas oportunidad establecidas en el contrato vigilado. Además, en su calidad de gestores fiscales se presume que los mismos; así como el control técnico, administrativo supervisores o interventores de los contratos incurren en responsabilidad fiscal: i) a título de dolo fiscal cuando por los mismos hechos haya sido condenados penalmente o sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria Cuando Montería trabaja o duerme … Sus bomberos la protegen 92 imputados a ese título y financiero ii) a título de acuerdo con la naturaleza del contrato buscando satisfacer el fin perseguido. Los supervisor e interventores responderán tanto por culpa grave cuando se omite el cumplimiento de sus funciones como por las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución propias de los contratos, respecto contratos de los cuales, haya ejercido funciones interventoría o de supervisión e interventoría. Los servidores públicos que ejerzan las funciones de supervisión, tienen las mismas responsabilidades y además responden fiscal y disciplinariamente. Sobre este último aparte es necesario destacar tales como el adelantamiento de revisiones periódicas de obras, bienes o servicios, de manera que no se establezca la importancia de la actividad desplegada por correcta ejecución del objeto contractual o el supervisor e interventor del contrato, en cumplimiento de las funciones, señaladas en el presente procedimiento, concretamente referidas a laresponsabilidad que adquiere condiciones de ejercer un seguimiento permanente calidad y continuo que le permita verificar oportunidad ofrecidas por los contratistas y cuando se incumpla la ejecución normal del contrato para prevenir, situaciones obligación de dilación, demoras o, incumplimientos parciales que a la postre conlleven a un incumplimiento total. Concomitante con lo anterior es pertinente enfatizar en las responsabilidades y sanciones que recaen en el supervisor e interventor del contrato en cuanto a que debe responder disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en asegurar los términos bienes de la Constitución y entidad o la de la ley, sin perjuicio hacer exigibles las pólizas o garantías frente al acaecimiento de las acciones administrativas a que haya lugar, los siniestros o el incumplimiento de conformidad con el articulo 53 y siguientes de la ley 80 de 1993los contratos.

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Samples: www.bomberosmonteria.gov.co

Responsabilidad Fiscal. Los deberes establecidos Previo al otorgamiento de la Garantía, EL FNG procederá a revisar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para verificar que al potencial emisor, accionistas, beneficiarios reales, afiliados, vinculados o sociedades matrices o subordinadas o sus directivos o administradores, no se le haya dictado fallo de responsabilidad fiscal. Igualmente, el potencial Emisor declara que ni él ni sus accionistas, beneficiarios reales, afiliados, vinculados o sociedades matrices o subordinadas o sus directivos o administradores están siendo objeto de investigación adelantada por la Contraloría General de la República por temas de responsabilidad fiscal. PARÁGRAFO: Será causal de terminación del presente Contrato, en el estatuto contractual, constituyen verdaderas obligaciones fiscales y momento de ser EL EMISOR: i) vinculado a una investigación por ende, su inobservancia puede dar lugar a parte de la imposición Contraloría General de sanciones fiscales. Al contratarse la República por actos que se dispone enmarquen en la administración de recursos y bienes públicos, además ii) sancionado por la Contraloría General de recibirse bienes y servicios cuya calidad y funcionamiento deben ser constatados por los responsables del erario. Esta la República en un fallo de responsabilidad se desprende entonces de las actuacionesfiscal, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicas que causen daño a los contratistas, caso evento en el cual el FNG dará por terminado el presente Contrato de manera inmediata, sin que por este hecho haya lugar al pago de sanción o indemnización alguna. Lo anterior sin perjuicio que el FNG adelante todas las acciones legales a que hubiere lugar ante las Autoridades Competentes. Para que surta efectos la entidad debe pagar terminación del presente Contrato por el daño emergente y el lucro cesante (Ley 610 incumplimiento de 2000). Las demás conductas establecidas las políticas descritas en la normativa vigente. Adicionalmentepresente cláusula, a las responsabilidades en materia penal, disciplinaria y fiscal antes señaladas, los supervisores e interventores, puede ser sometidos al llamadoMedio de Control de Repetición, para los casos en los que se condene a bastará la Entidad, como consecuencia de una acción u omisión de éste, y del mismo modo, ser llamado en garantía, cuando sin que exista la condena, exista una demanda en contra notificación de la Entidad. (Ley 678 decisión de 2001 y artículo 90 terminación por cualquier medio escrito por parte de la Constitución Política). Corresponde al supervisor e interventor, supervisar, controlar y coordinar la ejecución de los contratos o convenios que le sean asignados, a fin de garantizar al Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario xxx Xxxxx E.S.E., el cumplimiento de las condiciones y obligaciones pactadas en los mismos; así como el control técnico, administrativo y financiero de acuerdo con la naturaleza del contrato buscando satisfacer el fin perseguido. Los supervisor e interventores responderán tanto por el cumplimiento de sus funciones como por las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución de los contratos, respecto de los cuales, haya ejercido funciones de supervisión e interventoría. Los servidores públicos que ejerzan funciones de supervisión, tienen las mismas responsabilidades y además responden fiscal y disciplinariamente. Sobre este último aparte es necesario destacar la importancia de la actividad desplegada por el supervisor e interventor del contrato, en cumplimiento de las funciones, señaladas en el presente procedimiento, concretamente referidas a laresponsabilidad que adquiere de ejercer un seguimiento permanente y continuo que le permita verificar la ejecución normal del contrato para prevenir, situaciones de dilación, demoras o, incumplimientos parciales que a la postre conlleven a un incumplimiento total. Concomitante con lo anterior es pertinente enfatizar en las responsabilidades y sanciones que recaen en el supervisor e interventor del contrato en cuanto a que debe responder disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Constitución y de la ley, sin perjuicio de las acciones administrativas a que haya lugar, de conformidad con el articulo 53 y siguientes de la ley 80 de 1993EL FNG.

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Samples: Contrato Para La Emisión De Una Garantía Independiente, a Primer Requerimiento E Irrevocable Para Respaldar

Responsabilidad Fiscal. Los deberes establecidos La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos o a los particulares, cuando en el estatuto contractualejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, constituyen verdaderas obligaciones fiscales causen por acción u omisión y por endeen forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, su inobservancia puede dar lugar a buscando la imposición reparación de sanciones fiscales. Al contratarse se dispone de recursos públicos, además de recibirse bienes y servicios cuya calidad y funcionamiento deben ser constatados por los responsables del erario. Esta responsabilidad se desprende entonces de las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicas daños que causen daño a los contratistas, caso en el cual la entidad debe pagar el daño emergente y el lucro cesante (Ley 610 de 2000). Las demás conductas establecidas en la normativa vigente. Adicionalmente, a las responsabilidades en materia penal, disciplinaria y fiscal antes señaladas, los supervisores e interventores, puede ser sometidos al llamadoMedio de Control de Repetición, para los casos en los que se condene a la Entidad, éste haya podido sufrir como consecuencia de una acción u omisión la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos. Para efectos de la responsabilidad fiscal la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y del mismo modorealizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) es meramente resarcitoria, ii) es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y iii) es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor o interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores o interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal que, entre otros, puede ser llamado consecuencia de deficiencias en garantía, cuando sin que exista la condena, exista una demanda en contra de la Entidad. (Ley 678 de 2001 y artículo 90 de la Constitución Política). Corresponde al supervisor e interventor, supervisar, controlar y coordinar la ejecución de los contratos del objeto contractual o convenios que le sean asignados, a fin de garantizar al Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario xxx Xxxxx E.S.E., en el cumplimiento de las condiciones de calidad y obligaciones pactadas oportunidad establecidas en el contrato vigilado. Además, en su calidad de gestores fiscales se presume que los mismos; así como el control técnico, administrativo supervisores o interventores de los contratos incurren en responsabilidad fiscal: i) a título de dolo fiscal cuando por los mismos hechos haya sido condenados penalmente o sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria imputados a ese título y financiero ii) a título de acuerdo con la naturaleza del contrato buscando satisfacer el fin perseguido. Los supervisor e interventores responderán tanto por culpa grave cuando se omite el cumplimiento de sus funciones como por las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución propias de los contratos, respecto contratos de los cuales, haya ejercido funciones interventoría o de supervisión e interventoría. Los servidores públicos que ejerzan las funciones de supervisión, tienen las mismas responsabilidades y además responden fiscal y disciplinariamente. Sobre este último aparte es necesario destacar tales como el adelantamiento de revisiones periódicas de obras, bienes o servicios, de manera que no se establezca la importancia de la actividad desplegada por correcta ejecución del objeto contractual o el supervisor e interventor del contrato, en cumplimiento de las funciones, señaladas en el presente procedimiento, concretamente referidas a laresponsabilidad que adquiere condiciones de ejercer un seguimiento permanente calidad y continuo que le permita verificar oportunidad ofrecidas por los contratistas y cuando se incumpla la ejecución normal del contrato para prevenir, situaciones obligación de dilación, demoras o, incumplimientos parciales que a la postre conlleven a un incumplimiento total. Concomitante con lo anterior es pertinente enfatizar en las responsabilidades y sanciones que recaen en el supervisor e interventor del contrato en cuanto a que debe responder disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en asegurar los términos bienes de la Constitución y entidad o la de la ley, sin perjuicio hacer exigibles las pólizas o garantías frente al acaecimiento de las acciones administrativas a que haya lugar, los siniestros o el incumplimiento de conformidad con el articulo 53 y siguientes de la ley 80 de 1993los contratos.

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Samples: web.icetex.gov.co

Responsabilidad Fiscal. Los deberes establecidos La responsabilidad fiscal es aquella imputable a los servidores públicos y/o a los particulares, cuando en el estatuto contractualejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, constituyen verdaderas obligaciones fiscales causen por acción u omisión y por endeen forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado9. La responsabilidad fiscal tiene como finalidad o propósito específico la protección y garantía del patrimonio del Estado, su inobservancia puede dar lugar a buscando la imposición reparación de sanciones fiscales. Al contratarse se dispone de recursos públicos, además de recibirse bienes y servicios cuya calidad y funcionamiento deben ser constatados por los responsables del erario. Esta responsabilidad se desprende entonces de las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicas daños que causen daño a los contratistas, caso en el cual la entidad debe pagar el daño emergente y el lucro cesante (Ley 610 de 2000). Las demás conductas establecidas en la normativa vigente. Adicionalmente, a las responsabilidades en materia penal, disciplinaria y fiscal antes señaladas, los supervisores e interventores, puede ser sometidos al llamadoMedio de Control de Repetición, para los casos en los que se condene a la Entidad, éste haya podido sufrir como consecuencia de una acción u omisión la gestión irregular de quienes tienen a su cargo el manejo de dineros o bienes públicos10. Para efectos de la responsabilidad fiscal la gestión fiscal debe entenderse como el conjunto de actividades económico-jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste, y del mismo modorealizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado11. Esta clase de responsabilidad tiene las siguientes características: i) es meramente resarcitoria, ii) es de carácter patrimonial pues el gestor fiscal responde con su patrimonio y iii) es personal porque quien responde es la persona que maneja o administra los recursos públicos que en este caso es el supervisor o interventor. Como consecuencia de lo anterior, son responsables fiscales los supervisores o interventores cuando por el incumplimiento de sus funciones de control y vigilancia sobre determinado contrato estatal se ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal que, entre otros, puede ser llamado consecuencia de deficiencias en garantía, cuando sin que exista la condena, exista una demanda en contra de la Entidad. (Ley 678 de 2001 y artículo 90 de la Constitución Política). Corresponde al supervisor e interventor, supervisar, controlar y coordinar la ejecución de los contratos del objeto contractual o convenios que le sean asignados, a fin de garantizar al Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario xxx Xxxxx E.S.E., en el cumplimiento de las condiciones de calidad y obligaciones pactadas oportunidad establecidas en el contrato vigilado. Además, en su calidad de gestores fiscales se presume que los mismos; así como el control técnico, administrativo y financiero supervisores o interventores de acuerdo con la naturaleza del contrato buscando satisfacer el fin perseguido. Los supervisor e interventores responderán tanto por el cumplimiento los contratos incurren en responsabilidad fiscal: i) a título de sus funciones como por las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría, como dolo fiscal cuando por los mismos hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño haya sido condenados penalmente o perjuicio sancionados disciplinariamente por la comisión de un delito o una falta disciplinaria imputados a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución de los contratos, respecto de los cuales, haya ejercido funciones de supervisión e interventoría. Los servidores públicos que ejerzan funciones de supervisión, tienen las mismas responsabilidades y además responden fiscal y disciplinariamente. Sobre este último aparte es necesario destacar la importancia de la actividad desplegada por el supervisor e interventor del contrato, en cumplimiento de las funciones, señaladas en el presente procedimiento, concretamente referidas a laresponsabilidad que adquiere de ejercer un seguimiento permanente y continuo que le permita verificar la ejecución normal del contrato para prevenir, situaciones de dilación, demoras o, incumplimientos parciales que a la postre conlleven a un incumplimiento total. Concomitante con lo anterior es pertinente enfatizar en las responsabilidades y sanciones que recaen en el supervisor e interventor del contrato en cuanto a que debe responder disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Constitución y de la ley, sin perjuicio de las acciones administrativas a que haya lugar, de conformidad con el articulo 53 y siguientes de la ley 80 de 1993.ese

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