Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión Cláusulas de Ejemplo

Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Del restablecimiento del servicio en caso xx xxxxx. Para el restablecimiento del servicio, el interesado deberá cumplir con los requisitos para las solicitudes nuevas y pagar las deudas pendientes que a nombre de éste y del respectivo inmueble existan, así como los cobros e intereses moratorios xx xxx y las tarifas de reconexión. Esto último, de conformidad con lo establecido en la resolución que para ello disponga la EMPRESA al momento de la ejecución de la(s) actividad(es). [Art. 31 Decreto 302 de 2000. Conc: Art. 142 Ley 142] En el evento xx xxxxx del servicio, el restablecimiento del servicio se hará dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde el momento en que el usuario lo solicite, siempre y cuando haya eliminado la causa que dio origen al corte. La ausencia xx xxxxx o la xxxx en la reconexión, hará perder a la EMPRESA, el derecho al cobro de estos conceptos. [Se establece el régimen para el corte y la reconexión de acuerdo con el art. 142 de la Ley 142/94.] Del restablecimiento del servicio en caso de suspensión. Para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen los costos de reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar de conformidad con las tarifas vigentes establecidas en la resolución que para ello disponga la EMPRESA al momento de la ejecución de la(s) actividad(es). La reanudación del servicio suspendido deberá realizarse a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la fecha en la que ha desaparecido la causa o causas que dieron origen a la suspensión. En el evento de no producirse oportunamente la reinstalación, o no haberse suspendido efectivamente el servicio, la EMPRESA se abstendrá de cobrar el valor de la tarifa de reinstalación. [Cl. 26 ModCRA, Art. 32, D. 302/00, Art. 142, L.142/94] Para restablecer el servicio luego de la suspensión, si la medida se debió a hechos imputables al suscriptor y/o usuario, éste debe eliminar su causa, cancelar todos los gastos de reinstalación en los que la EMPRESA incurra, así como los intereses moratorios xx xxx. [Cl. 26 ModCRA, con ajustes] PARÁGRAFO PRIMERO. Corresponde al suscriptor y/o usuario asumir los costos en que incurra la EMPRESA cuando sea ésta la que adelante los trabajos tendientes a la detección y eliminación de la causal xx xxxxx o suspensión. [Se establece para efectos del inciso 2, final, del artículo 148 L 142/94] dejar clara la obligación de subsanar de inmediato cuando se ...
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Para restablecer el servicio luego de la suspensión, es necesario que se elimine la causa que la originó y se cancelen las tarifas de reconexión y reinstalación, así como los intereses moratorios xx xxx, las
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Para restablecer el servicio luego de la suspensión, es necesario que se elimine la causa que la originó y se cancele la tarifa de reconexión o reinstalación vigente o de visita técnica para los casos de verificaciones de reparación de defectos encontrados en la Revisión Técnica Reglamentaria, así como los intereses moratorios xx xxx y las demás sanciones o cargas pecuniarias indemnizatorias previstas en este Contrato, salvo que LA EMPRESA opte por facturar estos valores posteriormente.
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Para restablecer el servicio luego de la suspensión, es necesario que se elimine la causa que la originó y se cancelen las tarifas de reconexión y reinstalación, así como los intereses moratorios xx xxx, las demás cargas pecuniarias indemnizatorias previstas en este CSP, salvo que estos valores se facturen posteriormente. La reanudación del servicio suspendido deberá realizarse a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al pago. En el evento de no producirse oportunamente la conexión, o no haberse suspendido o cortado efectivamente el servicio, la EMPRESA se abstendrá de cobrar el valor de la tarifa de reconexión. La EMPRESA restablecerá la prestación del servicio cortado cuando el Suscriptor o Usuario haya cumplido con los requisitos para las solicitudes nuevas y pagado las deudas pendientes que a nombre de éste y del respectivo inmueble existan, los intereses moratorios xx xxx, las demás cargas pecuniarias indemnizatorias previstas en este CSP, y las tarifas de reinstalación. El servicio será restablecido en un plazo no superior al de la instalación del servicio por primera vez de que trata el parágrafo primero de la Cláusula Octava de este CSP, contado desde el momento del pago de las deudas.
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Para restablecer el servicio luego de la suspensión, es necesario que se elimine la causa que la originó y se cancelen las tarifas de reconexión y reinstalación, así como los intereses moratorios xx xxx, las demás cargas pecuniarias indemnizatorias previstas en este CSP, salvo que estos valores se facturen posteriormente.
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Del restablecimiento del servicio en caso xx xxxxx. Para el restablecimiento del servicio, el interesado deberá cumplir con los requisitos para las solicitudes nuevas y pagar las deudas pendientes que a nombre de éste y del respectivo inmueble existan, así como los cobros e intereses moratorios xx xxx y las tarifas de reconexión. Esto último, de conformidad con lo establecido en la resolución que para ello disponga la EMPRESA al momento de la ejecución de la(s) actividad(es).
Restablecimiento del servicio después xxx xxxxx o suspensión. Para restablecer el servicio luego de la suspensión, es necesario que se elimine la causa que la originó. El SUSCRIPTOR y/o usuario debe cancelar la tarifa de reconexión o reinstalación vigente o de visita técnica para los casos de verificaciones de reparación de defectos encontrados en la Revisión Técnica Reglamentaria, así como los intereses moratorios previstos en la ley comercial y los demás cargos previstos en este Contrato, salvo que LA EMPRESA opte por facturar estos valores posteriormente. En caso de requerirse alguna modificación o adecuación en el centro de medición, la acometida y/o instalación interna como consecuencia xxx xxxxx o la suspensión, EL SUSCRIPTOR y/o usuario asumirá los costos en que se incurra. La reanudación del servicio suspendido por falta de pago, deberá realizarse a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al pago. En el evento de no producirse oportunamente la reinstalación, o no haberse suspendido o cortado efectivamente el servicio, LA EMPRESA se abstendrá de cobrar el valor de la tarifa de reinstalación salvo que la reinstalación o reconexión no

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