Régimen Especial. Inciso 1) Para aquellos suministros encuadrados en la tarifa N°4, en los cuales se verifique un alto factor de carga, se efectuará una bonificación sobre el total facturado.
Inciso 2) Bonificaciones por alto factor de utilización. Según lo especificado en el punto anterior, se fija la siguiente fórmula para el cálculo de las bonificaciones a aplicar sobre el total facturado a aquellos con- sumos encuadrados en la Tarifa N°4, con un factor de carga superior a siete/10(0,7).
Inciso 3) La Distribuidora comprará los excedentes da energía que ofrezcan entregar al Sistema, los clien- tes encuadrados en la Tarifa N°4, de Media Tensión, a los precios que en cada caso se acuerden entre las partes.
Régimen Especial. Toda vez que la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ” es Página 5/18 una Empresa Industrial y Comercial del Estado, que desarrolla actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional, se rige por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales; la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ”, soporta la presente modalidad de selección en el Artículo 14 de la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto 1082 de 2015, nuevamente señaló el régimen de excepción de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado frente al Estatuto General de Contratación Pública, en su “Artículo 2.2.1.2.1.2.24. Contratación de empresas industriales y comerciales del Estado. Las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, sus filiales y las empresas en las cuales el Estado tenga más del cincuenta por ciento (50%) del capital social que no se encuentren en situación de competencia, deben utilizar el procedimiento de selección abreviada de menor cuantía para los contratos que tengan como objeto su actividad comercial e industrial, salvo para los contratos de obra pública, consultoría, prestación de servicios, concesión, encargo fiduciario y fiducia pública para los cuales se aplicará la modalidad que corresponda”, de igual manera en lo establecido en el Artículo Primero de la Resolución 078 de Septiembre 29 de 2014, de la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ”, mediante la cual se adopta para la EFZ el “MANUAL DE CONTRATACIÓN”, de conformidad con lo establecido dentro del tal marco el presente proceso se guiará por el citado Manual. Del trasporte de los elementos La Modalidad de Selección fija los procedimientos para la celebración de contratos en aras de garantizar los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. contrato a celebrar y de la cuantía, que NO supera los cien salarios mínimos mensuales legales vigentes (100 SMMLV), conforme con lo establecido en el numeral 3, Capítulo III, Título II del Manual de Contratación de la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ”, en el presente proceso la Modalidad de Selección es CERRADA.
Régimen Especial. Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley, bajo criterios de selectividad, los procedimientos precontractuales de las siguientes contrataciones: Se nota que para todos los casos enumerados se deberá dictar una “normativa específica” por parte del Presidente de la República, en el Reglamento de aplicación de la Ley; es decir que cada una de estas situaciones particulares podría constar como un capítulo o un parágrafo del Reglamento de aplicación de la Ley. El Reglamento no detalla los procedimientos específicos de estos contratos. Condiciona en forma general que corresponde a la máxima autoridad la resolución motivada de inaplicabilidad de los procedimientos precontractuales previstos en la Ley, que desarrolle los procedimientos especiales para la selección y contratación. Así, determina el Reglamento NO APLICAN los siguientes requisitos de la Ley:
1. Formatos de documentos precontractuales, que serán determinados por la máxima autoridad;
Régimen Especial. El complemento ad personan de “quebranto de moneda” y “plus distancia” que se generó en el VIII Convenio, se mantiene íntegro en el presente convenio, por ser un complemento no compensable, no absorbible y no revalorizable.
Régimen Especial. Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley, bajo criterios de selectividad, los procedimientos precontractuales de las siguientes contrataciones:
1. Las de adquisición de fármacos que celebren las entidades que presten servicios de salud, incluido el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;
2. Las calificadas por el Presidente de la República como necesarias para la seguridad interna y externa del Estado, y cuya ejecución esté a cargo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional;
3. Aquellas cuyo objeto sea la ejecución de actividades de comunicación social destinadas a la información de las acciones del Gobierno Nacional o de las Entidades Contratantes;
4. Las que tengan por objeto la prestación de servicios de asesoría y patrocinio en materia jurídica requeridas por el Gobierno Nacional o las Entidades Contratantes;
5. Aquellas cuyo objeto sea la ejecución de una obra artística literaria o científica;
6. Las de adquisición de repuestos o accesorios que se requieran para el mantenimiento de equipos y maquinarias a cargo de las Entidades Contratantes, siempre que los mismos no se encuentren incluidos en el Catálogo Electrónico del Portal de COMPRASPUBLICAS;
7. Los de transporte de correo internacional y los de transporte interno de correo, que se regirán por los convenios internacionales, o las disposiciones legales y reglamentarias dictadas para el efecto, según corresponda;
8. Los que celebren el Estado con entidades del sector público, éstas entre sí, o aquellos con empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta (50%) por ciento a entidades de derecho público o sus subsidiarias; así como también los contratos que se celebren entre las entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta (50%) por ciento a entidades de derecho público con empresas públicas de los Estados de la Comunidad Internacional; y,
9. Los que celebran las instituciones del sistema financiero y de seguros en las que el Estado o sus instituciones son accionistas únicos o mayoritarios; y, los que celebren las subsidiarias de derecho privado de las empresas estatales o públicas o de las sociedades mercantiles de derecho privado en las que el Estado o sus instituciones tengan participación accionaria o de capital superior al cincuenta (50%) por ciento, exclusivamente para actividades específicas en sectores estratégicos definido...
Régimen Especial. La SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA.- Modalidad de selección: INVITACIÓN PÚBLICA A COTIZAR; El Procedimiento de selección para la celebración de contratos, se tiene presente en aras de garantizar los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y atendiendo el objeto, las características de la contratación y la cuantía, será el establecido en el Estatuto Interno de Contratación de TELEPACIFICO, aprobado mediante Resolución No.196 de 2014, respetando los principios de la contratación estatal.
Régimen Especial. Convocado $2,246,177,764 APOYO LOGISTICO COMANDO EJERCITO ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ALOJAMIENTOS TIPO K-SPAN Y ENFERMERÍAS PARA EL EJÉRCITO NACIONAL Subasta Adjudicado $2,234,659,009 Teniendo en cuenta la información anteriormente expuesta, a continuación, se señalan los aspectos más importantes del estudio de demanda.
Régimen Especial. SERVICIO POSTAL PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS Y PAQUETES A NIVEL LOCAL, NACIONAL E INTERNACIONAL DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DESIERTO DESIERTO DESIERTO DESIERTO EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP. PETROECUADOR RÉGIMEN ESPECIAL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR USD 10,714.29 00 XX XXXXXXX XX 0000 XXXXX XXXXXXX XX 0000 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 XXXXXXXXXX XXXXXXX - ASISTENETE DE SERVICIOS INSTITUCIONALES EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR CDP. EP.
Régimen Especial. SERVICIO POSTAL PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS Y PAQUETES A NIVEL LOCAL, NACIONAL E INTERNACIONAL DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR USD 26.785,71 00 XX XXXXXXX XX 0000 XXXXX XXXXXXX XX 0000 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 XXXXXXX XXXX - ESPECIALISTA ADMINISTRATIVA XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX RÉGIMEN ESPECIAL DE COMUNICACIÓN REALIZACIÓN DEL EVENTO DE SOCIALIZACIÓN DE LA CREACIÓN DE LACOMISIÓN OCASIONAL DE EDUCACIÓN DEL CES Y DE DIFUSIÓN DE LAS NUEVAS ESTRATEGIAS DE ORGANIZACIÓN DEL CONOCIMIENTO Y PARADIGMAS DE APRENDIZAJE PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA OFERTA ACADÉMICA USD 23.375,00 00 XX XXXXXXX XX 0000 00 XXXX HABILES A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO XXXXXXX XXXXXXX- ASESORA DESIERTO CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA ESTUDIOS Y DIAGNÓSTICO SOBRE EL NIVEL DE FORMACIÓNACADÉMICA DE LOS DOCENTES DE POSTGRADOS (ESPECIALIZACIÓN Y MAESTRÍA) EN EL ECUADOR, Y PROPUESTA DE POLÍTICAS, PLANES Y PROGRAMAS PARA EL FORTALECIMIENTO ACADÉMICO, CON RELACIÓN AL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y MATRIZ PRODUCTIVA DESIERTO DESIERTO DESIERTO DESIERTO
Régimen Especial comunicación social del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública señala que, se utilizará este régimen exclusivamente para la contratación de actividades de pautaje en medios de comunicación social destinadas a difundir las acciones del gobierno nacional o de las entidades contratantes. Se efectuará de conformidad con el siguiente procedimiento: