Salarios mínimos Cláusulas de Ejemplo

Salarios mínimos. El personal comprendido en la presente Convención percibirá remuneraciones mensuales que correspondan a su clasificación de acuerdo a las escalas que se consignan a continuación:
Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría que se agregan por tabla adjunta que se considera parte integrante del presente documento.
Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos nominales por categoría para los trabajadores comprendidos en el sector, que tendrán vigencia desde el 1º de Julio de 2008 hasta el 31 de Diciembre del mismo año: CATEGORIA SALARIO MINIMO
Salarios mínimos. Establecer los siguientes salarios mínimos con vigencia a partir del 1° julio de 2005, según anexo.
Salarios mínimos. Para aquellos trabajadores que estén percibiendo el salario mínimo de su categoría, a partir del 1º de Enero de 2007 y 1º de Julio 2007, se acuerda un incremento en las remuneraciones, cada uno con vigencia semestral, componiéndose cada uno de la acumulación de los siguientes factores: A) Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos (Encuesta Selectiva) para cada semestre, tomando como base la proporción correspondiente de la tasa 6 Convenios Colectivos prevista para los siguientes 12 meses que se encuentre publicada en la página web del B. C. U. a la fecha de vigencia de cada ajuste. B) Por concepto de crecimiento: 3% para cada semestre
Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría: Categorías Importes Mínimos Nominales Julio 2006
Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría que surgen de la siguiente tabla: CATEGORIAS SUELDOS MINIMOS Junio 2006 SUELDOS MINIMOS Julio 2006
Salarios mínimos. El salario mínimo aplicable al sector será el siguiente:
Salarios mínimos. Establecer los siguientes salarios mí-
Salarios mínimos. Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría que se agregan por tabla adjunta que se considera parte integrante del presente documento vigentes al 1 de julio de 2006.