Servicio de datos e Internet a ofertar Cláusulas de Ejemplo

Servicio de datos e Internet a ofertar. Para la red principal hay que dotar al menos de un acceso simétrico de 5Mb. La solución propuesta por el licitador, contendrá un acceso a Internet, como mínimo, de las siguientes características: (ver requisitos por sede en ANEXO IB). El adjudicatario proveerá circuitos o líneas de datos (RDSI, ADSL…) para uso específico, en cualquier punto del municipio donde el Ayuntamiento lo solicite. El adjudicatario del servicio xx xxxxx ancha debe ser un operador con título que le habilite para la prestación de servicios xx xxxxx ancha. Debe ser capaz de integrar su solución con la de otros operadores adjudicatarios. Durante la vigencia del acuerdo, el adjudicatario se compromete a ofertar los servicios futuros a los que pueda prestar servicio de mantenimiento, a un precio nunca superior al máximo que los ofrezca en el mercado. El adjudicatario presentará equipo técnico y comercial que ejerza funciones de interlocución con el Ayuntamiento de Abarán, además de un servicio de atención al cliente con atención 24 horas para recibir incidencias. El adjudicatario llevará a cabo la conexión de las sedes menores definidas más adelante y el enrutamiento entre las sedes a conectar será total, de tal modo, que cualquier sede podrá ver a cualquier otra, vía IP. El adjudicatario definirá las conexiones de las sedes remotas con arreglo a los perfiles mínimos establecidos en la siguiente tabla: Perfil 1 Hasta 2 6Mb/300k Perfil 2 3 a 6 12Mb/640k Perfil 3 Mayor de 6 20Mb/1Mb 4.2.1 Servicio de red de datos.
Servicio de datos e Internet a ofertar. La solución propuesta por la empresa licitadora, deberá de contemplar una VPN de datos para comunicar la sede principal, Polideportivo Xxxxx Xxxxxx localizado en el Paseo Xxxxx Xxxxxxxx s/n y la sede secundaria, Kabiezes Kirolgunea situado en la calle Axular s/n ambas en Santurtzi. En la sede principal hay tres servicios de datos ADSL. Uno para la unión entre las dos sedes, otro de acceso de los usuarios a internet y otro para proveer de WIFi a los usuarios. Uno de ellos tendrá una dirección IP fija. En la sede secundaria hay dos servicios de datos ADSL. Uno para la unión entre las dos sedes y acceso de los usuarios a internet y otro para proveer de WIFi a los usuarios. Estas líneas tendrán una velocidad mínima de 20Mb/s. La empresa adjudicataria proveerá de líneas de datos para uso específico, en cualquier punto del municipio donde el IMD lo solicite. Durante la vigencia del acuerdo, la empresa adjudicataria se compromete a ofertar los servicios futuros a los que pueda prestar servicio, a un precio nunca superior al máximo que los ofrezca en el mercado. La empresa adjudicataria presentará equipo técnico y comercial que ejerza funciones de interlocución con el IMD, además de un servicio de atención al cliente para recibir incidencias. La empresa adjudicataria llevará a cabo la conexión de las dos sedes y el enrutamiento entre las mismas será total, de tal modo, que cualquier sede podrá ver a cualquier otra, vía IP. Serán de cuenta de la empresa adjudicataria la instalación, mantenimiento, configuración, actualización y administración de todos los componentes de software y hardware de esta red de datos. La empresa adjudicataria instalará inicialmente los enlaces de acceso a la Red Pública en la sede principal.
Servicio de datos e Internet a ofertar. La solución propuesta por el licitador, contendrá un acceso a Internet, como mínimo, de un ancho xx xxxxx de 50 MB simétricos garantizado en el CPD corporativo sito en Plaza del Ayuntamiento nº 1. Se requiere una solución de Red Privada Corporativa de Datos, que permita conectar todas las sedes definidas anteriormente como mayores entre sí y de forma totalmente privada y estanca al resto de clientes del adjlooudicatario. Dicha solución deberá proporcionarse mediante una Red Privada Virtual sobre infraestructura de Red IP/MPLS del operador, de acuerdo al estándar RFC2547bis. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Tres Cantos - xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 28760IDOC24F53E05D7D616B4297 El adjudicatario conectará al Ayuntamiento de Tres Cantos (CPD) con las sedes mayores. El licitador proporcionará en su oferta la relación de tipologías de sede que contempla en su solución, especificando para cada una de ellas: • Tecnología y velocidad del acceso principal. • Caudal máximo que se puede cursar por el acceso principal, por clase de servicio. • Modelo de equipo asociado al acceso principal. Las sedes con terminales IP deberán disponer de caudal con calidad de servicio multimedia. El servicio de Red Privada Virtual de Datos cubrirá todas las necesidades actuales, incluyendo las líneas necesarias para interconectar las distintas sedes con los anchos xx xxxxx exigidos, todo el equipamiento necesario para la prestación del servicio, la instalación y configuración de todas las infraestructuras, y finalmente la gestión, administración y mantenimiento de toda la Red, durante la vigencia del contrato. La solución propuesta debe permitir el tratamiento diferenciado del tráfico de datos del Ayuntamiento de Tres Cantos mediante clases de servicio. Se debe poder contar al menos con tres clases de servicio distintas, para el tráfico de voz o multimedia, el tráfico de aplicaciones consideradas como críticas por el Ayuntamiento y el tráfico del resto de aplicaciones y acceso a Internet. Además se valorará que el adjudicatario pueda proporcionar al cliente vía web y en tiempo real informes del estado de los enlaces y equipos de la RPV. Estos informes deberán contener información sobre: - Tráfico Cursado, Porcentaje de Ancho xx Xxxxx ocupado por enlace, Porcentaje de errores por enlace, Retardos entre los EDCs (interfaz de datos), Tasa de Pérdida de Paquetes entre los EDCs (interfaz de datos), Jitter entre los EDCs (interfaz de datos), Porcentaj...

Related to Servicio de datos e Internet a ofertar

  • PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.

  • Tratamiento de datos de carácter personal Por tratamiento de datos de carácter personal se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo sexta de TRLCSP, y a las siguientes reglas: 1. La contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento. 2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada. 3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero. 4. La contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Este deber perdurará aún después de que el contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución. 5. La contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato: a) A este respecto, la empresa deberá entregar al órgano de contratación antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante el curso de la ejecución del contrato fuera necesario incorporar o dar de baja a personal, la empresa adjudicataria entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la empresa adjudicataria como todo el personal que figure en estas relaciones deberán comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.