SERVICIO XX XXXX Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO XX XXXX. En caso de accidente automovilístico o falla mecánica que no permita mover el vehículo que conducía el Asegurado, el Prestador proporcionará y cubrirá el costo de un servicio de grúas al taller mecánico más próximo dentro de la ciudad o estado de la República Mexicana en el que tenga lugar el evento hasta el límite de US$1,000 (Un Mil Dólares, Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos De América). Si el Asegurado quisiera remolcar el vehículo a otro lugar distinto del taller mecánico más cercano, el Prestador remolcará el vehículo al lugar indicado por el asegurado sin superar el límite máximo de traslado para esta cobertura de US$1000 (Un Mil Dólares, Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos de América). Cabe aclarar que, en caso de superar esta suma, el costo excedente será cubierto por el Asegurado. Este servicio se proporciona exclusivamente dentro de la República Mexicana. El servicio mencionado en el párrafo anterior se extenderá al remolque y sus contenidos, incluyendo, pero no limitado a botes, autos, cajas u objetos personales, aun cuando éstos no hayan sido declarados en la Póliza, dañados o averiados. La suma asegurada por el conjunto de unidades remolcadas no deberá superar el límite máximo estipulado en el párrafo anterior. En caso de Robo Total recuperado el Prestador cubrirá el costo de un servicio de grúas del corralón donde se encuentre el vehículo asegurado al lugar indicado por la Aseguradora. El límite máximo de esta cobertura será de US$1,000 (Un Mil Dólares, Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos de América). Este servicio se proporciona exclusivamente dentro de la República Mexicana. En caso de Pérdida Total declarada por la Aseguradora y a petición del Asegurado, si éste último quisiera trasladar el vehículo asegurado a otro lugar distinto del taller mecánico más cercano, el límite máximo de remolque en esta cobertura será de US$1,000 (Un Mil Dólares, Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos de América). Cabe aclarar que en caso de superar esta suma, el costo excedente será cubierto por el Asegurado. Este servicio se proporciona exclusivamente dentro de la República Mexicana. En todos los casos, el Asegurado deberá estar presente durante el remolque del vehículo. Los siguientes vehículos se excluyen expresamente del servicio xx xxxx: vehículos de 3.5 toneladas de peso o más, vehículos destinados al transporte público o de carga, tanto federal como local, taxis, microbuses, autobuses y vehículos rentados en la República ...
SERVICIO XX XXXX. En caso de avería, si el Vehículo Autorizado está inmovilizado, no puede continuar desplazándose por sus propios medios o no pueda ser reparado en el lugar de la avería, asolicitud del Asegurado, LA COMPAÑÍA organizará y tomará a su cargo, hasta el límite máximo de $300.00 US Dlls, por viaje y automóvil, sin límite de eventos, el remolque del vehículo al lugar más cercano para su reparación.
SERVICIO XX XXXX. Las autoridades de tránsito o de Policía o qien haga sus veces, podrán retirar con grúa o cualquier otro medio idóneo, los vehículos y motos que se encuentren estacionados en zonas prohibidas o abandonados en la vía pública o en zonas de uso público.
SERVICIO XX XXXX. Los precios deberán incluir el servicio xx xxxx para el auxilio de los vehículos del BCP, en cualquier punto del país.
SERVICIO XX XXXX. Prestación del servicio xx xxxx a un vehículo que se encuentre ubicado en el domicilio de la vivienda asegurada y cuya dirección se encuentra registrada en la carátula de la póliza. Es indispensable que se presente la tarjeta de propiedad del vehículo al momento de la prestación el servicio. Se establece un límite de un (1) servicio por vigencia y se cubre un (1) solo trayecto. Solo aplica para vehículos livianos de servicio particular. Solo se presta en ciudades capitales de departamentos. Prestación del servicio xx Xxxxx Taller a vehículos propiedad del asegurado en la póliza de Hogar que se encuentren en las ciudades capitales de departamento. Se establece un límite de un (1) servicio por vigencia. Solo aplica para vehículos livianos de servicio particular. Los servicios prestados son: • CERRAJERÍA: En caso de quedarsen las llaves dentro del vehículo asegurado. Se aclara que solo cubre apertura de la puerta. • LLANTA PINCHADA: El Asegurado debe tener el repuesto para poder prestar el servicio de desmontaje y montaje del repuesto. • PASO CORRIENTE: Se presta el servicio de Reinicio de Batería. • GASOLINA: Se presta el servicio de traslado de la gasolina, para este caso en el domicilio o dirección de la carátula de la póliza, el valor de la gasolina es asumido por el asegurado. Se aclara estos servicios no son acumulativos, es decir, que la prestación de uno de ellos, será considerada como un servicio de la cobertura y cubriría el límite de un (1) servicio por vigencia. Cuando las plantas de los jardines de la vivienda asegurada se vean afectadas a consecuencia de uno o cualquiera de los siguientes eventos: Incendio, rayo, explosión, anegación, impacto de caída de aeronaves o partes que se desprendan o caigan de ellas e impacto de vehículos terrestres, la compañía enviará un especialista para adelantar los trabajos de jardinería y rehabilitar la zona afectada. La cobertura a este servicio tendrá un límite xxxxxx xx xxxx (10) SMDLV por evento. De este servicio se excluyen elementos decorativos tales como materas, cascadas y otros objetos materiales que no sean las plantas del jardín. Prestación del servicio de soporte técnico telefónico o mediante conexión remota, revisión y/o instalación de consolas, videojuegos y/o equipos portátiles que se encuentren ubicados en el domicilio de la vivienda asegurada y cuya dirección se encuentra registrada en la carátula de la póliza. El asegurado acepta expresamente que sus derechos bajo esta cobertura se circunscribir...
SERVICIO XX XXXX. Disponer en todo momento de los medios materiales, humanos y de otro tipo ajustados a la adecuada y más eficiente gestión del servicio, identificando a los vehículos grúa y personal del servicio, con las leyendas, colores, uniformidad, etc..., que determine el Ayuntamiento de Durango. El Servicio se prestará bajo petición de la Policía Municipal o a iniciativa de la concesionaria, previa y preceptiva autorización de la Policía Municipal los 365 días del año, las 24 horas del día de la siguiente forma:
SERVICIO XX XXXX. Será de cuenta exclusiva del Ayuntamiento xx Xxxxx la disponibilidad de una grúa municipal para la retirada de los coches estacionados en los diferentes lugares descritos en los apartados anteriores o en la zona urbana por la que discurra la carretera.
SERVICIO XX XXXX. Cuando se requiere por cualquier causa el servicio xx xxxx se pagará por hora o fracción de hora dentro del área urbana, los siguientes derechos en (SMDLV):
SERVICIO XX XXXX. “Los prestadores de servicios” deberán contar con el servicio xx xxxx, tipo gancho, tijera o plataforma de acuerdo a las características del parque vehicular comprendidos en los apartados 1 y 2, dentro de la Ciudad de México, Área Metropolitana y el resto del Estado de México, las 24 horas del día durante la vigencia del contrato (incluyendo días inhábiles y días festivos), realizando el respectivo inventario de la unidad y entregar copia al usuario, así como el formato de reporte de atención del servicio (Ver Anexo 3 del Anexo Técnico), contando con un plazo máximo de dos horas a partir del reporte vía telefónica o correo electrónico para dar la atención.
SERVICIO XX XXXX. Comprende Ia inmoviIización de Ios vehícuIos con Ios instrumentos inmoviIizadores necesarios (coIocación y retirada de cepos), así como Ia retirada de vehícuIos de Ia vía púbIica, por orden de Ia PoIicía MunicipaI, así como su trasIado a otro Iugar que no moIeste o aI depósito municipaI. La grúa deberá acudir en menos de 30 minutos desde Ia IIamada de Ia PoIicía LocaI. No se podrá inmoviIizar ni retirar ningún vehícuIo si no es por orden de Ia PoIicía LocaI de PeñíscoIa, y debiendo permanecer siempre presente en eI momento de producirse Ia inmoviIización, Ia retirada deI instrumento inmoviIizador, eI enganche en Ia grúa, Ia retirada y eI despIazamiento deI vehícuIo, a otro Iugar que no moIeste o aI depósito municipaI. Retirados Ios vehícuIos Ia empresa deberá coIocar una pegatina indicando a donde XXxxxx y/o acudir para recuperar eI vehícuIo. La grúa deberá estar totaImente equipada, matricuIada y con rotuIación homoIogada por eI Ayuntamiento. INGRESOS DEL CONCESIONARIO Los ingresos deI concesionario serán: - Ias tarifas diarias de Ios usuarios - Ios importes de Ios abonos de Ios usuarios - Ias anuIaciones de Ias denuncias INGRESOS DEL AYUNTAMIENTO Los ingresos deI Ayuntamiento serán: - eI canon - Ia recaudación de Ias denuncias - Ias tasas por Ia prestación deI servicio de inmoviIización o retirada de vehícuIos de Ia vía púbIica y custodia de Ios mismos La retirada de vehícuIos, su trasIado aI depósito municipaI o Ia inmoviIización se hará siempre por orden de Ia PoIicía LocaI La empresa adjudicataria dispondrá deI personaI necesario para reaIización deI servicio en Ias condiciones exigidas en Ios pIiegos (controIadores, conductor xx xxxx, personaI administrativo), contando con eI número suficiente para cubrir Ias vacaciones, absentismos, bajas por enfermedad, etc. EI concesionario está obIigado aI cumpIimiento de Ias disposiciones vigentes en materia IaboraI, de seguridad sociaI, de seguridad y saIud en eI trabajo y de medio ambiente, por Io que vendrán obIigadas a disponer de Ias medidas exigibIes en estas materias por Ias disposiciones apIicabIes, siendo a su cargo eI gasto que eIIo origine. EI personaI adscrito por eI concesionario a Ia prestación objeto deI contrato no tendrá ninguna reIación jurídica, IaboraI o de cuaIquier otra índoIe con eI Ayuntamiento, ni durante Ia vigencia deI contrato ni aI término deI mismo, dependiendo excIusivamente deI concesionario, eI cuaI ostentará todos Ios derechos y deberes inherentes a su caIidad de empresario, sie...